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Suspenden servicios de hospitalización y cirugía de Saludcoop de la 80

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Como medida sanitaria, la Secretaría Seccional de Salud y Protección Social de Antioquia —SSSA— decidió suspender temporalmente algunos de los servicios prestados por la Clínica Saludcoop de la 80, en Medellín.
La determinación se dio tras una visita realizada, la semana anterior, por un equipo de profesionales de la Secretaría para la verificación del cumplimiento de las condiciones del Sistema Único de Habilitación.
Dicho Sistema establece las condiciones mínimas que deben cumplir los prestadores para habilitar sus servicios, es decir, los parámetros de calidad establecidos por la legislación para garantizar una correcta atención a los usuarios.
Los hallazgos encontrados en la Clínica Saludcoop de la 80 dan cuenta de la falta de recurso humano necesario para la prestación de los servicios, la necesidad de mejoras en los procesos de atención y manejo de medicamentos, y el mantenimiento a la infraestructura física y equipos médicos.
Las áreas sobre las cuales se tomaron medidas sanitarias son:
1.    Hospitalización adultos - Internación (piso 4): De las 260 camas con que cuenta la Clínica, 62 camas de adultos fueron cerradas. No aplica la medida para camas pediátricas ni camas de la Unidad de Cuidados Intensivos – UCI.
2.    Servicios Quirúrgicos: De los 14 servicios quirúrgicos que ofrece la Clínica Saludcoop de la 80, se aplica suspensión a:

-        Cx cardiovascular
-        Cx maxilofacial
-        Cx otorrinolaringológica
-        Cx plástica y estética
-        Cx vascular y angiológica
-        Cx mastológica
-        Trasplante de tejido osteomuscular
-        Trasplante de tejido cardiovascular.
 3.    Servicios ambulatorios: Ginecobstetricia

 La suspensión de los servicios de la Clínica Saludcoop de la 80 es de carácter temporal. De la capacidad de gestión para superar las irregularidades por las que se dio esta suspensión, depende la reapertura de los servicios.

 En tanto, la SSSA dará acompañamiento y ofrecerá una asesoría permanente para que la IPS, en el menor tiempo posible, pueda superar esta situación y garantizar una prestación del servicio en las condiciones óptimas establecidas por la ley.

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