Actualizado: hace 4 minutos
5:19 PM - 3 de Febrero de 2012
Por: Noticiascaracol.com
En dicho preacuerdo, el exfuncionario aceptó los cargos por los delitos de celebración de contratos sin el cumplimiento de los requisitos legales, en calidad de interviniente.
El criterio que tuvo el Ministerio Público para objetar la sentencia es que el juez desconoció los términos del acuerdo entre la Fiscalía y el acusado, evidenciándose que éste da por cierto que el procesado había aceptado los cargos formulados.
Por ello el ente asegura que hay desconocimiento por parte del juez de los términos del preacuerdo por lo que hay razón a la apelación, ya que la sentencia los desbordó al considerar contrario a lo expresamente firmado por el acusado en el acta respectiva.
Más adelante la Procuraduría señala que en cuanto a la sanción por peculado por apropiación a favor de terceros se cometieron errores.
"Por un lado, si bien se admite que en el preacuerdo se modificó la tipicidad subjetiva de dolo a culpa; por otro, también se aplica la agravante ya citada, es decir, exige el acuerdo de voluntades, pues lo que se reprocha en el delito culposo es la violación del deber objetivo de cuidado y no el querer producir un resultado lesivo".
Bogotá
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Mayo 23 de 2012
Mayo 23 de 2012
08:37 PM
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3 Febrero 2012 - 9:49pm