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Los pecados del pastor Álvaro Gámez

El Gaula llegó hasta donde se encontraba el pastor Álvaro Gámez en Honduras, luego de realizar labores de búsqueda por varios países de Latinoamérica.

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Un grupo del Gaula llegó hasta donde se encontraba el pastor Álvaro Gámez en Honduras, luego de realizar labores de búsqueda por varios países de América Latina. El hombre se encontraba en una lujosa mansión ubicada en Tegucigalpa. Las autoridades pudieron establecer que estaba desde hacía cuatro meses en la capital de Honduras y que además le gustaba frecuentar restaurantes de comida colombiana, dato que facilitó su captura.

Gámez es acusado de abusar sexualmente de 23 mujeres y 4 menores de edad, miembros de la comunidad religiosa Salem.

Luego de la detención, el pastor fue recluido en una cárcel de la ciudad mientras que se adelanta su deportación a Colombia. El operativo fue dirigido por el general Humberto Guatibonza, quien manifestó que el capturado pretendía establecer una sede de su iglesia en Honduras.

El año pasado, el programa Séptimo Día presentó reveladores testimonios de víctimas pertenecientes a la iglesia Salem. Después de la denuncia, el pastor fue requerido por las autoridades, pero quedó en libertad por decisión de un juez de la República que no lo consideró peligro para la sociedad.

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Posteriormente la decisión fue apelada y se ordenó de nuevo la captura. Cuando las autoridades fueron en busca del guía espiritual, no se encontraba en Colombia.

Según la defensa de las victimas, Álvaro Gámez aprovechó su posición para adoctrinar las mujeres y luego acceder a ellas sexualmente, por lo que podría recibir una condena de 30 años de prisión. Los feligreses de la iglesia Salem en Pasto no se han querido pronunciar sobre la captura de su líder.

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Actualización: el señor ÁLVARO JAVIER GÁMEZ TORRES  mediante sentencia del 10 de diciembre de 2015 proferida por el Juzgado Tercero Penal del Circuito de Pasto fue absuelto por estos hechos, ya que el juzgado en mención estimó la falta de certeza acerca de la existencia del tipo penal de acceso carnal o acto sexual en persona puesta en incapacidad de resistir , pues si bien encontró demostrado que el señor ÁLVARO JAVIER GÁMEZ TORRES  aprovechó su condición de líder espiritual de la iglesia SALEM , a través de una interpretación acomodada de los textos bíblicos para inducir a las jóvenes feligresas a sostener relaciones sexuales, no se logró acreditar que esos actos se llevaron a cabo cuando éstas se hallaban en incapacidad de resistir por un estado de inferioridad síquica que les hubiere impedido comprender la naturaleza de la relación sexual y/o dar su consentimiento. A consideración de este juzgado las pruebas permitieron demostrar que las presuntas víctimas fueron inducidas a sostener diversos tipos de relaciones sexuales con el señor ÁLVARO JAVIER GÁMEZ TORRES, más no puestas en incapacidad de resistir en los términos previstos por el legislador, motivo por el que al no haberse acreditado la conducta típica reprochada, se dispuso su absolución. Esta sentencia fue confirmada por el Tribunal Superior de Pasto el día 07 de junio de 2018. Finalmente, el 05 de diciembre de 2018 la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia inadmitió la demanda de casación presentada por la Fiscalía General de la Nación en el proceso que condujo a la absolución del señor ÁLVARO JAVIER GÁMEZ TORRES, por cuanto no observó en el trámite del proceso o lo consignado en los fallos, violación de garantías que reclamaran su intervención oficiosa. 

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