Una pelea entre hermanos, que trascendió al terreno de la agresión física, llevó a la Corte Suprema de Justicia a definir los límites de este delito.
Según el alto tribunal, las rencillas entre allegados no constituyen violencia intrafamiliar si no se comprueba “que exista un riesgo de que cotidianamente se vuelva presentar esa situación y un riesgo de dependencia”, explicó Álvaro Garzón, penalista de la Universidad del Rosario.
Sin embargo, cuando las agresiones se presentan entre exparejas sí se podría incurrir en ese delito.
En algunos casos hay lesiones personales, pero cuando hay violencia intrafamiliar este delito es castigado con penas de entre 4 y 8 años de cárcel.
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