Corte Suprema aceptó tutela de la madre del joven y anuló la decisión del Consejo Superior de la Judicatura.
El alto tribunal le ordenó a la Sala Disciplinaria volver a dirimir el conflicto de competencias con la Fiscalía y tener en cuenta no solo la versión del Esmad, sino también la del grupo de testigos civiles y delegados del Distrito, que es contraria a la de los uniformados.
@CorteSupremaJ ordena a Sala Disciplinaria volver a dirimir competencia entre justicias penal militar y ordinaria en proceso por muerte de #DilanCruz, evaluando también entrevistas rendidas a @FiscaliaCol por activistas de #DDHH y delegados de @Bogota Ver https://t.co/62q9F8TJhb
— Corte Suprema de Justicia (@CorteSupremaJ) April 23, 2020
La decisión se toma tras evaluar una tutela presentada por Yenny Alejandra Medina Pulido, madre de Dilan Cruz, en la que alegaba que no se respetaron los derechos al debido proceso.
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En el mes de diciembre del año pasado, el Consejo Superior de la Judicatura le había quitado competencia a la justicia ordinaria, al estimar que el hecho sucedió cuando el agente del Esmad Manuel Cubillos Rodríguez estaba en servicio.
“La competencia le asistía a la jurisdicción penal militar, toda vez que los hechos en los que resultó lesionado el joven Dilan Mauricio Cruz Medina se dieron en el marco de un acto del servicio que cumplía el agente del Esmad involucrado en los mismos”, decía la providencia del Consejo Superior de la Judicatura.
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Dilan Cruz fue impactado con un beam bag por un capitán del Esmad, el 23 de noviembre de 2019, cuando se manifestaba en marco del paro nacional. Tres días después murió en el Hospital San Ignacio de Bogotá, debido a la gravedad de las heridas.
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