Antes de este fallo de la Corte Constitucional, era necesario iniciar otro procedimiento para conseguir la indemnización económica.
Ahora los jueces de familia van a tener la facultad de ordenar este tipo de reparación a uno de los miembros de la pareja que pueda comprobar -dentro del proceso de divorcio- que fue víctima de violencia intrafamiliar.
“Si una pareja que se divorcia querría alegar daños en contra de uno ellos, tendría que ir a un proceso separado de responsabilidad civil. Eso es una revictimización”, explicó el magistrado José Reyes Cuartas.
En el mismo fallo, la Corte Constitucional exhortó al Congreso a legislar sobre la materia.
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Adicionalmente los jueces de familia serán capacitados sobre esta nueva regla que se puede aplicar. Previamente, lo único que operaba era reconocimiento de alimentos y el ejercicio de la custodia.
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