Todo ocurrió cuando Mourinho le metió el dedo en el ojo de Vilanova, quien respondió golpeando la nuca del portugués.
Ante ello, el juez de Competición de la Federación española, tras examinar las imágenes que le fueron remitidas, decidió iniciar un "procedimiento disciplinario extraordinario" a Mourinho y Vilanova, por "la realización de una conducta que, con carácter meramente indiciario, pudiera resultar infracción".
Concluida la tramitación del procedimiento y tras las alegaciones presentadas por uno y otro club, el juez instructor dictó las propuestas de imponer una suspensión de tres encuentros para Mourinho y de uno para Vilanova, por infracciones previstas en el artículo 123 del Código Disciplinario.
El juez de Competición, por su parte, en el caso de Mourinho ha considerado "la inexistencia de lesión o la falta de prueba concluyente en el ánimo de herir por parte de José Mourinho y, de conformidad con toda la doctrina recaída, no bastan meras conjeturas para apreciarlo".
Publicidad
En relación a Vilanova, el juez de Competición señala "compartir el criterio del instructor, al apreciar la concurrencia de atenuante de provocación" tras estimar que su acción fue "una respuesta inmediata, sin solución de continuidad, proporcionada y suficiente frente al acometimiento que sufre por parte del Sr. Mourinho".
Ante estas sanciones, que serán aplicables tan sólo en la misma competición, cabe interponer recurso ante el Comité de Apelación de la RFEF en el plazo de diez días.
Publicidad