Un fallo de la Corte Constitucional busca salvaguardar los derechos de personas que necesitan hacer largos recorridos para recibir tratamientos médicos.
El algo tribunal señaló en qué casos procede esta obligación de las entidades:
- Si el servicio médico fue autorizado directamente por las EPS.
- Si el paciente no tiene capacidad económica para esos traslados.
- Si se demuestra que la salud del paciente depende de ese traslado.
La financiación del alojamiento dependerá de que la atención médica en el lugar de remisión exija más de un día de duración.