"Se repone parcialmente la decisión y se reduce la sanción deportiva de quince (15) fechas a once (11) fechas de suspensión manteniéndose la multa de un millón doscientos veintisiete mil ochocientos cincuenta pesos ($1.227.850,oo)", estipula la resolución 053 de 2012, expedida por el Comité Disciplinario de la Dimayor sobre el caso de Bedoya.
En el documento, la Comisión explica que Bedoya solicitó "que reconsidere la decisión y tome en consideración las circunstancias atenuantes de la responsabilidad previstas en el artículo 62 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol".
El compromiso incluirá "un cronograma de actividades orientadas al desagravio, la sensibilización y la excusa pública, reservándose el Comité la facultad de evaluar y determinar si el compromiso atiende las expectativas pedagógicas trazadas".
Frente a esto, dice el documento, "el Comité encuentra razonable entrar a revisar la dosificación de la pena, en consonancia con lo expresado en la providencia recurrida, estableciendo una reducción de 15 a 11 fechas de suspensión, teniendo en cuenta además, que la finalidad de la sanción es reorientar la conducta del disciplinado y propiciarle una toma de conciencia sobre actitudes positivas en sus comportamientos futuros".