La resolución de la Dimayor enfatizó los siguientes puntos:
"El Independiente Medellín informó o ratificó ante la Dimayor la inscripción del jugador Luis Fernando Mosquera Alomia, razón por la cual no era necesaria ni exigible, una nueva inscripción."
"No es cierto que el convenio deportivo celebrado entre Santa Fe e Independiente Medellín hubiere finalizado, como se evidencia en copia de convenio deportivo que se encuentra vigente hasta el 31 de diciembre de 2011."
"no es cierto que el jugador Luis Fernando Mosquera Alomia pues entre Independiente Medellín y el jugador existe y se encuentra vigente, sin solución de continuidad un contrato de trabajo a término fijo que se extiende hasta el 31 de diciembre de 2011, debidamente registrado en Dimayor."
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Itagüí podrá hacer uso del recurso de reposición ante esta Comisión y el de apelación ante la Comisión Disciplinaria de la Dimayor dentro de los términos previstos en el Código Disciplinario Único Colfútbol.