El componente encontrado en el futbolista fue Norandrosterona - metabolito de nandrolona - del grupo de los Agentes Anabolizantes (S.1) sustancia prohibida no específica, la cual no está permitida para los deportistas.
La muestra tomada por la Organización Nacional Antidopaje, evidenció la presencia del componente prohibido, el cual está incluido dentro de la Lista de la AMA (Agencia Mundial Antidopaje).
Según los artículos 14 del Reglamento Antidopaje de la FIFA y 116 literal a) del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol, la suspensión impuesta por el uso de Norandrosterona - metabolito de nandrolona - será de 2 años, a menos que el implicado exponga razones suficientes y veraces para disminuir su responsabilidad.
La imposición de sanciones en materia de dopaje, responde a los postulados universales de Fair Play y a los objetivos trazados por la FIFA, los cuales están orientados a preservar y defender la ética deportiva, proteger la integridad física y psíquica de los jugadores, y ofrecer igualdad de oportunidades a todos los competidores.
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El jugador inscrito con el club América de Cali, Jhon Stiven Rivera Murillo, todavía cuenta con la posibilidad de interponer recursos.