Competición ha desestimado las alegaciones presentadas por el Barcelona contra la expulsión del internacional, que se produjo en el minuto 46 por "derribar a un adversario impidiendo una manifiesta ocasión de gol", según el acta del colegiado madrileño Velasco Carballo.
El Comité señala en su resolución que el acta arbitral goza de una presunción de veracidad que sólo puede cuestionarse si quien la impugna puede probar que el colegiado "incurre en un error material manifiesto, sin que sea suficiente cualquier otra valoración o interpretación del lance del juego determinante de la decisión arbitral, aunque pudiera llegar a ser verosímil o posible.
Competición concluye que no concurren los requisitos exigidos para invalidar la decisión del colegiado, ya que la adoptó "dentro del ámbito de su competencia exclusiva dado el carácter técnico de la misma".
Por ello el Comité impone un partido de sanción a Piqué con un partido por infracción de las Reglas de Juego determinante de expulsión, con multa accesoria en cuantía de 90€ al Barcelona y de 600 € al futbolista, en aplicación de los artículos 111.1.j), en relación con el 114, y 52 del Código Disciplinario de la RFEF.
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Contra esta resolución cabe interponer recurso ante el Comité de Apelación en el plazo de diez días hábiles.
Al margen de la sanción por la expulsión, el Comité de Competición acordó dar traslado al futbolista, para que presente alegaciones, de la denuncia formulada por el Comité Técnico de Árbitros (CTA) tras las declaraciones del defensa azulgrana al término del partido, en las que dijo que el árbitro le mostró la tarjeta roja de forma premeditada, según confirmó la RFEF.
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