“En este caso la responsabilidad que tiene TULIO ALBERTO GÓMEZ GIRALDO se concreta en indicar, por los mismos medios, que lo manifestado por él los días 3 y 4 de junio del presente año en las cadenas radiales, corresponde a su opinión personal y que no tiene ningún respaldo probatorio que amerite la lesión del buen nombre y la honra de la empresa”, escribieron de entrada.
Asamblea de la Dimayor decidió que en este 2020 no habrá descenso en el fútbol colombiano
Y es que el máximo accionista del América de Cali, en días pasados apuntó contra Acolfutpro y sus principales dirigentes Carlos González Puche y Luis Alberto García, algo que no cayó bien en la agremiación de futbolistas.
Además, el juzgado 23 penal del circuito informó que “ahora, en cuanto al término para el cumplimiento de la orden, el Decreto 2591 de 1991 también indica, en su artículo 27, que el cumplimiento del fallo debe hacerse “sin demora” o, en cualquier caso, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes. En ese sentido, es la Ley la que establece el plazo para atender la instrucción judicial y, asimismo, indica el procedimiento para que dicha obligación se haga exigible”.
Publicidad
Cabe recordar que González Puche fue el encargado de la tutela interpuesta, ante las palabras de Tulio Gómez contra Acolfutpro.
Andrés Ricaurte, contento y agradecido: “Lo que viví en Medellín lo disfruté mucho”