Corte Constitucional determinó, además, que la Superintendencia de Sociedades y la de Industria y Comercio no deberán realizar allanamientos sin autorización del juez.
El alto tribunal señaló que no se podrán realizar operativos donde se incauten teléfonos, computadores, entre otros, porque están protegidos bajo el derecho a la intimidad.
Para algunos sectores, la decisión les quita facultades a estas entidades, claves para poner al descubierto irregularidades y carteles empresariales.