¿Quiénes pueden votar con acompañante?

Algunos ciudadanos, por su condición de salud, pueden ir a las urnas con una persona de confianza.

Los ciudadanos con limitaciones o dolencias físicas que les impida valerse por sí mismos, los mayores de 80 años o quienes tengan problemas avanzados de visión, podrán llegar alpuesto de votación en compañía de una persona de confianza. Además, esta población tendrá prelación en las respectivas filas.

Por otro lado, no podrán ser acompañantes los jurados, los testigos electorales, la Fuerza Pública o algún funcionario de la Registraduría.

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