El Ministerio de Salud y Protección Social manifestó que “respeta y acata la decisión adoptada por el Juzgado Veintiocho Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá, en relación con la tutela presentada por la paciente Sandy Camila Abuabara Franco”.
Según el fallo, “procede la protección de los derechos fundamentales de Camila Abuabara con la finalidad de que sea trasladada a Colombia para recibir el trasplante que necesita en las condiciones definidas por el médico tratante”.
Asimismo, ordenó a la EPS Sanitas brindar “la prestación del servicio logístico a ella, su acompañante y su donante que es el hermano, como también tratamiento médico especializado y asistencial que se requiera, conforme a historia clínica y ordenes de los médicos tratantes”
Subrayó que “de conformidad con la evidencia científica no existe diferencia en los resultados que pueden esperarse del procedimiento en Estados Unidos o Colombia, pues en el país hay capacidad médica para realizar el trasplante solicitado”.
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Concluyó que el Ministerio de Salud “a la fecha no ha violado ni puesto en peligro la salud y vida” de la paciente.