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Definen las condiciones para el uso de propaganda electoral

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Este jueves se firmó el decreto en el que se disponen la forma, características y condiciones para la fijación de carteles, pasacalles, afiches, pendones, y vallas asociadas a las campañas electorales en las que habrá candidatos a Alcaldía, Gobernación, Concejo, Asamblea y juntas administradoras locales.
Irma Ramírez, subsecretaria de Espacio Público, indicó que para garantizar la equidad, el lunes se dará a conocer a todos los partidos las normas que deben seguir: “una vez Registraduría nos pase el registro oficial de quiénes se inscribieron, el sábado, estaremos llamando a los representantes legales de cada uno de estos partidos y movimientos, para convocarlos a una reunión y hacer públicos estos puntos”.
La subsecretaria de Espacio Público explicó que por cada partido estarán permitidas 20 vallas, cinco en espacio público y 15 en privado. En el caso de los pasacalles y pendones, estarán permitidos diez por comuna y ocho por corregimiento.
Enfatizó en que no estará permitido poner afiches en los postes de energía y quien lo haga deberá pagar una sanción de seis salarios mínimos legales vigentes.
“No vamos a permitir afiches en los postes de energía, procederemos a sancionar el partido político que nos instale en los postes, los afiches están autorizados únicamente en las tómbolas o bolardos que hay para ese fin”, aseguró Ramírez.
La Subsecretaria advirtió que quienes incumplan con alguna de las normas deberán pagar una sanción entre seis y diez salarios mínimos, más los gastos de desmonte de la publicidad.
Toda la propaganda política debe ser desmontada, máximo, tres días después de las elecciones del 25 de octubre.

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