Servicios que sean suministrados a través de internet como música, videos, películas y juegos deberán declaración ante la DIAN y pagar bimestralmente.
Aunque desde el pasado mes de julio se dio inicio al recaudo, que quedó establecido en la reforma tributaria de 2016, hasta ahora la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales explicó mediante resolución los pasos para la declaración y pago de este tributo.
Estas plataformas deben inscribirse en el Registro Único tributario (RUT) a través de la página web de la entidad www.dian.gov.co .
Deberán presentar la declaración del IVA y pagar el impuesto de manera bimestral utilizando el formulario que la DIAN prescribirá para tal fin.
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Estará disponible con versiones en español e inglés y será de uso exclusivo para este tipo de contribuyentes.
"El ejercicio de esta responsabilidad incluye a muchos actores nacionales e internacionales del sector financiero y las tiendas que, en un momento dado, puedan ser gravadas que este en el exterior o aquellas plataformas que están prestando servicios en el país", explica Victoria Virviescas, presidenta de la Cámara de Comercio Electrónico.
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