Pese a las implicaciones éticas y médicas, el tribunal argumentó que debe primar el derecho a la salud.
La Corte Constitucional debatía el tema desde octubre de 2018, tras una demanda presentada por dos miembros de la Clínica Jurídica del Medioambiente y Salud Pública de la Universidad de los Andes en la que se argumentaba que prohibir la donación de órganos o tejidos de "niños no nacidos abortados" afectaba la investigación biomédica en el país.
"Este parágrafo genera una violación al derecho a la salud por estar limitando la disponibilidad de órganos fundamentales para proteger la salud y avanzar en investigaciones científicas, que además también protegen la vida”, señala la coordinadora de la clínica, Daniela García.
En su decisión, la corte tuvo en cuenta puntos como la escasez de órganos y tejidos para trasplantes y usos terapéuticos, y que la norma que prohibía estos usos, según el tribunal, limitaba injustificadamente el análisis y estudio de estrategias para la prevención de enfermedades en mamás y bebés.
"Al prohibir esta donación, además, se está restringiendo la investigación científica y académica fundamental para avanzar en cosas como toxicidad de medicamentos de mujeres en embarazo, probar las vacunas y su efectividad”, agrega García.
Sectores de la comunidad científica respaldaron la decisión del alto tribunal. La Fundación Nacional de Trasplantes destacó el uso de tejidos fetales en el tratamiento del Parkinson y el mal de Huntington. Otros expertos aseguran que la decisión puede ayudar a salvar vidas.
Sin embargo, investigadores como Juana Jaramillo, experta en Bioética de la Universidad de La Sabana, se mostraron en desacuerdo: “me parece un exceso de parte de las cortes obligarnos a utilizar tejidos de bebés abortados”.
Deberá ser el Ministerio de Salud quien implemente la normatividad sobre el trasplante y usos terapéuticos de estos órganos de "niños no nacidos abortados".
Updated: junio 27, 2019 02:00 p. m.