El decreto que reglamenta el acceso a los Beneficios Económicos Periódicos (BEPS), fue firmado este martes por el presidente Juan Manuel Santos.
De acuerdo con la iniciativa, los BEPS, que serán administrados por Colpensiones, les permitirán a los colombianos beneficiarse hasta su muerte con el pago de una suma de dinero de hasta el 85 por ciento del salario mínimo mensual.
Dicho decreto establece que la suma que recibirán los beneficiarios de los BEPS dependerá del ahorro que éstos hayan alcanzado a acumular, así como de un subsidio del 20% que el Estado cubrirá como premio al esfuerzo del trabajador.
Al respecto, el Artículo 7 del citado Decreto explica que "por cada 100 pesos que una persona aporte en el respectivo año, le corresponderán 20 pesos adicionales considerados como el subsidio periódico que otorga el Estado".
Es así como las personas afiliadas al sistema general de pensiones podrán abrir una cuenta BEPS en Colpensiones, y ahorrar en ella en los momentos en que los ingresos no les permitan ahorrar en el sistema pensional. Es decir, que podrán ahorrar lo que puedan y cuándo puedan.
No podrán, sin embargo, cotizar a los dos sistemas en forma simultánea en un mismo mes, pero sí están autorizadas, según el citado decreto, para que el ahorro que logren en el mecanismo BEPS mejore su ingreso futuro o les permita completar los requisitos en el régimen pensional.
Updated: abril 02, 2013 06:01 p. m.