Tampoco ve con buenos ojos que autoridades puedan ingresar a las viviendas sin orden judicial o la definición de aglomeración.
La Procuraduría emitió su concepto ante el Alto Tribunal sobre la reglamentación que entró en vigencia el 30 de enero: “La Constitución dispone la inviolabilidad del domicilio impidiendo una intromisión ilegítima del Estado”, argumenta el órgano de control.
Otra petición es revisar lo que se emitió sobre los vendedores ambulantes, pues serán multados por ocupar el espacio público y si son reincidentes les quita la mercancía.
La procuraduría dice que esto es desproporcionado: "Esta jefatura considera que le asiste la razón a la accionante cuando advierte que las sanciones represivas acusadas son desproporcionadas”.
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Asevera qué en lugar de remediar el problema social de la ocupación del espacio público, con ocasión del comercio informal, lo exacerba. Carga de la prueba por parte del infractor, el derecho de manifestación y la definición de aglomeración. Otras normas condicionadas son los traslados por procedimientos y el cumplimiento inmediato de las órdenes de Policía