Esto significa un alivio para las personas vinculadas por prestación de servicios, ya que no tendrán que buscar la manera de pagar anticipadamente.
A partir de ahora, los independientes y contratistas podrán cancelar el valor de la seguridad social al terminal cada mes.
“Eso significa que esta semana lo que va a tener que pagar es salud, pensión y riesgos laborales del mes pasado, de septiembre, porque ante la normativa decía que tocaba pagar mes anticipado”, explica Roció Niño, docente de Derecho Laboral de la Universidad Libre.
Los trabajadores independientes deben pagar sus aportes a la seguridad social sobre el 40% de los honorarios mensuales.
Publicidad
Por ejemplo, si su salario es de $5.000.000, su ingreso base de cotización será de $2.000.000 que corresponde al 40 % del total de sus ingresos. Sobre este valor, el contratista tendrá que descontar 12,5 % para salud, es decir, $250.000; 16 % para pensión ($320.000), y para ARL, dependiendo del nivel de riesgo.
Pero si usted está ejecutando varios contratos a la vez, tendrá que cumplir con los aportes por cada contrato de manera independiente.
Publicidad
“Si usted paga cada uno, cuando llegue el momento que sea reconocida su pensión va a tener como ingreso base de liquidación todas y cada una de sus cotizaciones”, añade.
La norma también establece que a partir de junio de 2019 las empresas con trabajadores bajo contrato por prestación de servicios tendrán la obligación de efectuar la retención y el giro de los aportes a la seguridad social.