Para aquellos que tramitan una sustitución pensional o pensión de sobreviviente por la muerte de su compañero o compañera permanente, la Corte Suprema de Justicia sentenció que en este tipo de procesos las fotos no pueden ser las únicas pruebas para demostrar la convivencia.
“Las fotografías para un proceso de pensión de sobrevivientes o sustitución pensional en sí no demuestran este elemento importante de la convivencia que se debe demostrar durante los últimos 5 años, muestra una circunstancia de lugar, de una compañía, de que estuvo el causante en algún momento con la persona que pretende el derecho, pero no determina ni el modo, ni el tiempo”, explicó Carlos Valencia, experto laboralista.
Tales documentos solo registran la presencia de unas personas en un lugar y alguna celebración, pero entonces ¿cómo se puede probar la convivencia en pareja?
“La prueba que normalmente se utiliza es la testimonial, testimonios de amigos, vecinos familiares, estos familiares son bien importantes, ojalá familiares del mismo causante con los que se demuestra de manera efectiva, sin lugar a equívocos, con la certeza de vida que entre la causante y la cónyuge o la compañera permanente existió esa unión”, indicó el experto.
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Es el caso de una mujer que tramita la sustitución pensional de su fallecido esposo, quien guarda su identidad ante otros herederos que piden también ese derecho. Ella inició el proceso y entre las pruebas radicó fotos, pero ahora ya tiene testimonios con lo cual espera que ahora sí llegue la pensión y la respuesta a su favor de una demanda de alimentos.
“Sí, es un calvario, llevo nueve años luchando en esto y no ha sido posible. He luchado por una pensión de sobreviviente, se ha demandado, ha habido testigos, se ha dado bastantes pruebas de que yo conviví 30 años con este señor y no ha sido posible”, contó la mujer.
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Señala la Corte Suprema que las declaraciones extrajuicio y juramentadas deben estar acompañadas de más medios de prueba.