En Colombia, la entrega de apartamentos en obra gris ha impulsado a miles de ciudadanos a buscar empresas de remodelación con la esperanza de terminar su hogar ideal. Sin embargo, lo que para muchos comenzó como un proyecto de vida, terminó convirtiéndose en un calvario financiero y hasta emocional revelado en esta investigación de Séptimo Día."Te prometían entregarte el apartamento espectacular”, “Como que te venden la experiencia de que tú te desentiendes y pues te lo van a entregar superbonito", comentaron algunas de las afectadas. Son decenas de familias las que en Bogotá y el Valle del Cauca denuncian que recibieron sus casas en ruinas.¿Falsas promesas de diseño?En Bogotá, varios propietarios señalaron a la empresa Vivvidero (Vivi SAS), representada legalmente por Santiago Zúñiga Ramírez. Los afectados aseguran que, tras entregar millonarias sumas de dinero, las obras nunca avanzaron según lo pactado.Clara Liliana Gómez, quien contrató la remodelación de su apartamento en diciembre de 2025, relató su experiencia: "En el contrato me especificaban que me entregaban el apartamento el 26 de marzo... No me lo entregaron en esa fecha. Los pagos no estaban amarrados al avance de obra”.El patrón de incumplimiento parece repetirse con otros clientes. Juan Felipe Guzmán, quien pagó cerca de 23 millones de pesos, se encontró con una escena desoladora: "Cuando miré el apartamento sin nada, ni un avance, cosa que yo quedé super preocupado y dije ‘no puede ser’". Por su parte, Miguel Solanilla, quien afirma haber pagado el 99% de la obra, denunció la presión para realizar los pagos bajo amenazas de perder beneficios: "No movían un tornillo, pero a la par te decían ‘si usted no paga, le quitamos el descuento’". Al ser consultado, Santiago Zúñiga se limitó a decir: "Se puede estar hablando de más sin conocer el otro lado de la historia". Aunque inicialmente accedió a una entrevista, terminó cancelándola.Incendios y obras que "destruyeron" hogaresLa situación de los clientes de Celico, que está bajo la representación de Brandon Steven Ocampo Acevedo, también es dramática. Cristina Martínez denunció que, tras siete meses de espera, recibió su vivienda en condiciones deplorables: "Él lo que hizo fue comenzar a destruir la casa. Dejaron una colilla de cigarrillo dentro de todos los escombros y la casa se me incendió. Unas ruinas completas lo que ellos habían dejado en mi casa".Otros afectados, como la pareja conformada por Andrés Cristancho y Luz Mery Ruiz, invirtieron todos sus recursos sin ver resultados: "El dinero se perdió, los ahorros porque tanto él como yo sacamos absolutamente todos los recursos, ahorros, préstamos, tarjetas". Según la denuncia colectiva presentada por el abogado Sergio Urrea, las víctimas de esta empresa superan las 20 personas y el monto de la supuesta estafa ascendería a más de 400 millones de pesos.Ante los señalamientos, Brandon Ocampo admitió fallas administrativas: "La empresa colapsó. Nosotros tomamos malas decisiones administrativamente, porque yo no estaba ganando nada... Ellos no logran entender que la empresa quebró". Además, reconoció su falta de experiencia previa: "Yo cero conozco administración, bueno, no sabía nada de temas contables... Eso colapsó fue después".La pesadilla de un sueño en el Valle del CaucaEn Cali y municipios aledaños como Jamundí y Yumbo, la empresa Inmoacabados, representada por Diego Alejandro Muñoz Ibarra, de tan solo 20 años, enfrenta denuncias similares. Enrique Varón, quien ahorró durante 26 años trabajando en Estados Unidos con la esperanza de jubilarse en Colombia, vio su sueño estancarse: "Yo les di 28 millones y el avance de la obra era muy pequeño. Eso sí me llamaban, me recordaban y que si yo no pagaba tenía que pagar una multa".Wilson Rendón, otro afectado en Yumbo, denunció que, tras un año de haber firmado el contrato, sigue pagando arriendo porque su casa es inhabitable: "Hasta la fecha ha pasado un año y un mes... espero, pero nunca como tal cumplen con terminar lo que se contrató".El representante de la empresa, Diego Muñoz, reconoció que tiene "aproximadamente entre 30 a 35 clientes" en espera y admitió no tener el dinero para responderles en este momento. No obstante, negó ser un estafador: "Yo no soy ningún ladrón, ningún estafador... Si fuera una estafa, yo no les estaría dando la cara".Que no le pase: recomendaciones de expertosDe acuerdo con cifras de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), entre enero de 2022 y mayo de 2026 se han registrado 75 denuncias por incumplimiento en remodelaciones de vivienda en el país. Para evitar caer en estas situaciones, expertos sugieren pasos fundamentales antes de entregar cualquier adelanto.Fabiola Ortiz, de la Lonja de Propiedad Raíz en Cali, recomienda: "Verificar que estén debidamente registrados en un directorio de contratistas de gremio, que eso es una garantía".Asimismo, enfatiza la importancia de las pólizas de seguro de cumplimiento, las cuales garantizan que el contratista "va a atender lo que se compromete a hacer en el servicio, que lo va a terminar y que va a ser de una calidad específica".
A sus 23 años, Catherine Sánchez creyó haber logrado su sueño de ser reina cuando fue invitada a participar en el Reinado Nacional de Belleza de 1993 representado al Amazonas, pese a que había nacido en Caldas, Antioquia. Su paso por este concurso fue polémico y terminó hasta en una fuga de película la noche antes de la coronación. Más de 30 años después, Los Informantes habló con ella sobre lo ocurrido y lo que pasó en su vida luego del escándalo.En el año en que Colombia pasaba por uno de sus momentos más álgidos por la persecución a Pablo Escobar y al narcoterrorismo y la selección Colombia se jugaba las eliminatorias para el Mundial de Fútbol del 94, era furor el Reinado Nacional de la Belleza, al que Catherine Sánchez llegó a participar casada por la iglesia y con dos meses de embarazo, desafiando las estrictas reglas que tenía el concurso. Además, representaba a un departamento al que solo había ido un par de veces: el Amazonas. Sin embargo, uno de los jurados la daba como favorita y la expectativa era total.Catherine Sánchez se casó en 1992 con el piloto David Francisco Quiñonez en una gran ceremonia y tan enamorada que hasta dejó de lado sus estudios de Derecho para trasladarse a Bogotá. En la capital se inscribió a una escuela de modelaje y un día la invitaron a participar en el Reinado Nacional y ahí empezó lo que fue una verdadera travesía para cumplir su sueño de ser reina. Pese a que entró muy fácil al concurso, la noche anterior a la coronación pasó de todo y hasta se tuvo que fugar del hotel en el que se hospedaban todas las participantes.Los secretos salieron a la luzDías antes habían empezado los murmullos sobre su estado civil y los periodistas de la época investigaron hasta encontrar al cura que la había casado; fue él quien lo confirmó todo presionado por las preguntas de los reporteros. Entonces el escándalo estalló y el hotel se llenó de prensa que esperaba por sus declaraciones.“El hermano de la señorita Boyacá, la compañera de la habitación, me dijo ‘yo te ayudo’ y me tocó salir por detrás del Hilton, porque cómo salía normal. Se desdibujó lo que era el Reinado Nacional de Belleza y era Cathy Sánchez en una percusión”, recuerda la protagonista de esta historia casi de película. Salió el hotel como pudo rumbo al aeropuerto de Cartagena para salirle al paso a todos los seguidores y periodistas que la perseguían.Una avioneta la esperaba en el aeropuerto sin apagar sus motores y, según cuenta, “la gente se tiró a la plataforma, los periodistas corrían a coger el avión, que porque supuestamente yo me había ido de viaje a una isla escondida…puff, yo llegué a Bogotá, a Catam”, todo justo un día antes de la coronación en la que Carolina Gómez fue elegida reina.¿Qué ocurrió después del escándalo?Catherine Sánchez pasó de ser la favorita para coronarse como Miss Colombia a estar señalada por haber violado las reglas reales que imponía el concurso en aquellos años. Pasó por depresiones y tristezas profundas y hasta se dijo que los mafiosos de la época habían apostado por ella. Sin embargo, ella le salió al paso al escándalo, tuvo a su hija, luego a su hijo, se separó y hoy tiene cinco nietos y hace comidas para vuelos privados.“Me dedico a empresas de lujo, privadas, he trabajado con grandes artistas como J Balvin, Maluma, Karol G, futbolistas...”, contó.
Para Nataly Torres, el acto de respirar, hablar o sentir la brisa en la cara no es un signo de vida, sino un dolor extremo. Esta mujer de Medellín vive atrapada en lo que los especialistas denominan un caso atípico de neuralgia del trigémino, una patología que históricamente se ha conocido como la “enfermedad del suicidio” debido a la intensidad insoportable de sus síntomas. Los Informantes conoció su testimonio.Su calvario comenzó en diciembre de 2023. Lo que parecía una jaqueca común se transformó en un dolor electrizante localizado en el lado derecho de su rostro que nunca más la abandonó. Antes de esto, Nataly era una mujer de 34 años, sociable, amante de la cocina y con 13 años de experiencia en servicio al cliente. Hoy, su realidad está en una especie de choques eléctricos que no cesan ni de día ni de noche.La medicina suele calificar el dolor en una escala del 1 al 10, pero para Nataly esas cifras se quedan cortas. "Es un dolor que pues a mí me ponen a calificarlo y yo simplemente respondo 11 por responder. Pues yo no puedo calificar el dolor en un porcentaje real porque el dolor es demasiado fuerte, es un dolor extremo. Un dolor que yo no le deseo a nadie", confiesa en Los Informantes.El impacto de la enfermedad ha sido devastador para su núcleo familiar. Su hijo de 11 años, diagnosticado con hiperactividad, tuvo que mudarse con su abuelo porque ella ya no puede brindarle los cuidados que requiere. "Incluso yo tengo por escrito la recomendación médica donde me dice que no puedo estar con los cuidados personales de mi hijo en el momento, hasta que yo no mejore y esté en condiciones", explica Nataly."El dolor es, yo lo llamo un dolor enloquecedor porque a mí se me olvida que soy madre, que soy esposa, que soy hija y me vuelvo egoísta, pienso en mí. Y hay momentos... por eso lo llaman la enfermedad del suicidio, porque hay momentos donde es tan fuerte el dolor que solamente uno quisiera terminar con él", relata sobre los episodios más fuertes de su crisis.¿Qué dicen los expertos?Para entender su sufrimiento, los médicos comparan el nervio trigémino con un cable eléctrico. El doctor Héctor Jaramillo, neurocirujano, explica que este nervio pierde su capa protectora, quedando como un "cable pelado" que, al entrar en contacto con otros tejidos o estímulos externos, genera descargas agudas e intensas.En el caso de Nataly, el diagnóstico es aún más complejo: neuralgia del trigémino del subtipo con dolor continúo asociado, lo que significa que, además de los "corrientazos", padece un dolor de fondo permanente. “Es como si yo me arrimara al alambre y me cogiera la luz. Se siente un corrientazo desde el oído, las tres ramas, la parte visual, la parte de la fosa nasal y mandibular", subraya.Medicamentos y cirugías fallidasEn su lucha por una vida normal tiene que consumir 16 medicamentos diarios, incluyendo hidromorfona, metadona, pregabalina y amitriptilina, pero este fuerte tratamiento le ha provocado efectos secundarios severos como amnesias temporales, movimientos involuntarios y un aumento de peso de 22 kilos. Sin embargo, incluso con esta carga química, el dolor apenas se estabiliza en un nivel 8 de 10.Nataly se ha sometido a múltiples procedimientos, desde bloqueos de ganglios hasta una craneotomía de alto riesgo. A pesar de los peligros de quedar cuadrapléjica o morir, ella aceptó la cirugía con una frase que resume su desesperación: "Yo tomo el riesgo porque es una posibilidad de no tener dolor".Lamentablemente, la intervención no solo no funcionó, sino que le provocó la pérdida total de la audición en su oído izquierdo y problemas de equilibrio.La sombra de la eutanasiaTras años de intentos fallidos y hospitalizaciones prolongadas —una de ellas de cinco meses y hasta pasó por cuidados intensivos—, la idea de la muerte digna ha cruzado su mente en repetidas ocasiones."En dos, tres ocasiones yo le decía a mi mamá, 'Yo quiero que me ayudes a gestionar la eutanasia, porque no quiero sentir más este dolor... Quiero vivir sin dolor'", admite Nataly.Recientemente, el uso de tecnología de punta como el CyberKnife (radiación focalizada) le ha brindado un alivio de apenas el 10% o 20%. Aunque es una mejora mínima, ha servido para alejar temporalmente las ideas suicidas. No obstante, ella es clara sobre su límite: "En una crisis como las que me han dado, fuertes, haría yo la gestión de la eutanasia sin decirle a nadie. Nadie me va a apoyar, pero no porque no quieran apoyarme, sino porque les duele apoyarme. Entonces, tendría que hacer yo esa gestión sola".Hoy, Nataly Torres sigue esperando un milagro médico o divino que la saque del dolor en el que vive encerrada hace más de dos años, anhelando simplemente volver a ser la mujer que alguna vez pudo abrazar a su hijo sin sentir que su rostro estallaba.
La comunicadora social y periodista Laura Camila Blanco murió la madrugada de 27 de julio de 2025 tras caer del noveno piso de su apartaestudio, ubicado en un conjunto residencial en el noroccidente de Bogotá, y, aunque las primeras hipótesis apuntaban a un suicidio, la evidencia forense dio un giro al caso y su entonces pareja, Óscar Santiago Gómez, de 28 años, fue capturada e imputada por el delito de feminicidio agravado.Debido a antecedentes de violencia por parte de Gómez, desde el inicio la familia de Laura Camila Blanco se rehusó a creer la versión del suicidio que había entregado Óscar Santiago y pidió celeridad en la investigación. Dos meses después de la muerte de la joven periodista, el examen forense realizado al cuerpo reveló que "Laura Camila fue estrangulada, fue asfixiada, luchó por su vida", confirmó Oswaldo Medina, abogado de la familia de la víctima, en una entrevista con Séptimo Día realizada a finales del 2025.Por ello, el 21 de agosto de 2025, capturaron a Óscar Santiago Gómez y la Fiscalía le imputó el delito de feminicidio agravado bajo la teoría de que aprovechó su "superioridad corporal" para estrangularla y sofocarla, y "cuando la víctima se encontraba en estado de debilidad defensiva, manteniendo la decisión consciente de causar su muerte, la lanzó por la ventana del noveno piso". El sujeto no aceptó los cargos imputados.Juez negó apelación de la defensaMientras avanza el proceso en su contra, el viernes 24 de julio de 2026, el Juzgado 53 Penal del Circuito de Bogotá negó una solicitud de la defensa de Óscar Santiago Gómez, que, según se conoció, buscaba obtener algunos elementos para incorporar en el proceso, entre esos, información del celular de Laura Camila Blanco, una inspección al apartamento y planos del inmueble, además de la historia laboral de la víctima.Sin embargo, el juez señaló que la defensa del presunto feminicida no sustentó de forma suficiente la necesidad de acceder a la información solicitada ni cuál sería su utilidad en el caso."La defensa no explicó la relación existente entre la historia laboral y el delito de feminicidio agravado, tampoco explicó cuál era la utilidad probatoria para conocer la historia laboral, y que la información pretendida carecía de pertinencia, y en este caso no se cumplía. Por esas razones, entonces, se impone la confirmación de la decisión tomada en primera instancia", indicó en la audiencia el juez.Tras esta decisión, se espera que a finales de agosto se realice una audiencia preparatoria en la que las partes presentarán las pruebas del caso.Vea también: ¿Gritos de auxilio de Laura Camila Blanco no fueron escuchados por 7 amigos que estaban en la sala?
En entrevista con Juan Roberto Vargas, director de Noticias Caracol, los magistrados de la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado hablaron sobre las expectativas que tiene sobre el gobierno de Abelardo de la Espriella y las tensiones que se han registrado con el gobierno saliente de Gustavo Petro.
Por primera vez, los presidentes de las tres más importantes cortes de Colombia -Corte Constitucional, Corte Suprema de Justicia y Consejo de Estado-, se sentaron al tiempo para hablar, sin tapujos, sobre la transición de gobierno que se avecina en el país. Los magistrados dialogaron francamente con el director de Noticias Caracol, Juan Roberto Vargas, sobre el estado en el que quedaron las relaciones de la rama judicial con el poder ejecutivo, tras cuatro años del gobierno de Gustavo Petro, y de las expectativas que tienen frente a la administración entrante con Abelardo de la Espriella. (Lea también: ¿Dónde queda el Palacio de San Carlos y cuál es su historia? Sería sede de De la Espriella en Bogotá)Mauricio Lenis, presidente de la Corte Suprema de Justicia, expresó que “esperaría con este nuevo Gobierno que haya un diálogo armónico, institucional, porque es mejor así para la ciudadanía, para que el Estado funcione y para la justicia misma que se haga posible esa colaboración armónica institucional. También que haya un respeto real por las instituciones y la justicia. (…) Esperamos que esa sea la dinámica durante estos cuatro años”.Por su parte, Paola Meneses, presidenta de la Corte Constitucional, reconoció que “siempre hay tensiones entre el Ejecutivo y la Rama Judicial, ese no es un tema de estos momentos, esto ocurre cuando hay que ejercer competencias donde se ejerce un control sobre las atribuciones dadas al Ejecutivo”, refiriéndose a los momentos en que deben declarar la inconstitucionalidad de algún decreto, por lo que subrayó que “respetamos las competencias ajenas con la misma vehemencia con que defendemos las propias”.Alberto Montaña, presidente del Consejo de Estado, agregó frente a lo dicho por su par que “es legítimo que se hagan críticas; sin embargo, una cosa en no estar de acuerdo con una decisión y otra cosa es no cumplir”, explicando que las decisiones “tienen que ser cumplidas” aunque “a veces no les gustan a los gobiernos, pero deben ser acatadas”.¿El Gobierno Petro respetó los límites de los poderes públicos?El magistrado Lenis, “los gobernantes deben comprender que deben gobernar con controles” y “ningún poder público puede ser ejercido sin límites y sin control”, por lo que instó a “los gobernantes a respetar las competencias de los otros poderes públicos”, asegurando que cuando se toma una “decisión frente a una acción de poder público, Ejecutivo o Legislativo, no se debe entender que es un obstáculo a la democracia. Por el contrario, también es para defender otros valores democráticos importantes”. Por otro lado, recordó el “hecho desafortunado” en que se bloqueó la salida de los magistrados cuando estaban eligiendo al fiscal que reemplazaría a Francisco Barbosa. Respecto al Gobierno actual, consideró que “no se facilitó ese diálogo institucional de manera armónica, eso fue tensionante”.La togada Meneses reiteró que siempre hay tensiones con los gobiernos, “pero acá lo importante es que cada uno de los integrantes de las ramas del poder público deben actuar conforme lo señala la Constitución y la ley. De manera que en estos cuatro años lo que ha quedado evidente es que tenemos una institucionalidad sólida y una justicia comprometida con respetar las garantías del Estado Social y democrático de Derecho”.El presidente del Consejo de Estado manifestó que “sería contraevidente decir que hubo unas relaciones armónicas por completo” porque “la rama judicial en general tuvo que hacer manifestaciones públicas llamando a la cordura y al respeto por las decisiones judiciales”. En el caso de su despacho, incluso “hubo una solicitud de audiencia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en la cual le pusimos de presente a la comisión esas reacciones del presidente”, ya que “decir que se está haciendo un golpe de Estado por parte de los jueces, hacer señalamientos que deslegitiman la autoridad judicial, como si nosotros nos debiéramos a un electorado y no a la Constitución y a la ley, en materia de designación, que el Consejo de Estado tome la decisión de anular la designación de alguien y a los pocos días se profiera un decreto cambiando los requisitos para que esa persona siga ahí, en mi opinión no son reacciones normales ni deseables”.¿Qué debe tener una reforma a la justicia?El presidente de la Corte Suprema recordó la propuesta del ministro de Justicia designado, Iván Cancino, “como eliminar algunas de las audiencias para tratar de que sea más celera y como funciona el procedimiento abreviado penal. Esa es una discusión que podemos dar. Pero no se trata de eliminar una audiencia sino de hacer una reforma a todo el procedimiento, porque esa audiencia está conectada con otras etapas y otras prerrogativas del proceso penal, eso implicará una reforma más integral”. Agregó que espera que “la justicia sea más cercana y más oportuna, y que los métodos alternativos de solución de conflictos sean más efectivos”.En el concepto del magistrado Montaña “debemos ser muy prudentes porque son reformas que tienen que ver con nosotros”, pero “también debemos ser participativos en los problemas y en lo estructural” como “la congestión, donde hay que tomar medidas”, refiriéndose a “los jueces individuales, que este año cumplen 20 años de creación, ellos sí se han congestionado más. Entonces nada hacemos si en la alta corte se genera una descongestión y abajo se está congestionando más”, señalando que hay jueces que tienen 5.000 procesos.La presidenta de la Corte Constitucional habló de las tutelas, indicando que reciben a diario, en promedio, 5.650. “Cada mes hay dos magistrados que se seleccionan aleatoriamente para hacer parte de una sala de selección y tenemos que revisar un rango que va aproximadamente entre 80.000 y 100.000 tutelas” al mes para decidir cuáles se van a seleccionar, explicó. Por ello acuden al Consejo Superior de la Judicatura y actualmente hay “226.000 tutelas pendientes por radicar para hacer la selección”, agregó. También se refirió al tema del derecho a la salud, el segundo que más tutelas tiene, el primero es de petición.¿Qué ha significado la JEP?“Significó un consenso nacional en esa búsqueda por lograr la paz”, expresó el magistrado Lenis, quien señaló que “la JEP tiene unos plazos y es prudente esperar que se cumplan esos plazos para que cumpla su misión”, considerando que “la JEP viene actuando, hay unos logros que se pueden mirar, pueden ser intangibles: han identificado cuerpos, se los han entregado a sus familiares; ha facilitado construcción de verdad en medio de las circunstancias del conflicto armado, ha facilitado la reconciliación”, reconociendo que “viene un poco lento”. Agregó: “Cuando se cumplan esos plazos, vamos a mirar si es momento de hacer la prórroga como lo establece la Constitución”.El magistrado Montaña indicó que “para terminarla, para acabarla, para reformarla, se van a necesitar reformas constitucionales, no bastará una reforma legal”, y manifestó que “la justicia transicional no es una política de Gobierno, es una política de Estado”, por lo que “es un compromiso de todos los órganos del poder público y no solamente del Ejecutivo”. (Lea también: JEP le respondió a Abelardo de la Espriella y lo invitó a una reunión para presentar resultados)NOTICIAS CARACOL
En un fallo que sienta un precedente histórico para el mundo laboral en Colombia, la Corte Suprema de Justicia ha dejado en claro que el retiro anticipado de las cesantías no es un cheque en blanco para el trabajador.Según la reciente providencia del alto tribunal, no demostrar que el dinero retirado se invirtió en los fines estrictamente permitidos por la ley constituye una falta grave, la cual otorga al empleador la facultad legal de terminar el contrato de trabajo con justa causa.Esta decisión surge ante la necesidad de proteger la naturaleza de las cesantías, que están concebidas como un ahorro para momentos de desempleo o para inversiones específicas que mejoren la calidad de vida del empleado en áreas críticas.¿Cuál es el caso que sienta el precedente?De acuerdo con la Corte, el caso que sienta el precedente tiene que ver con un trabajador de una empresa tecnológica solicitó un retiro parcial de cesantía por 100 millones de pesos para compra de vivienda; con posterioridad, no hubo una legalización de la operación, entendida esta como una acreditación de la destinación del dinero a la compra efectiva de vivienda o a alguna otra de las transacciones autorizadas legalmente; el trabajador fue requerido para tal efecto en múltiples ocasiones y, ante el silencio, fue llamado a descargos, pero en ninguna de esas oportunidades demostró la debida utilización de los dineros.Marjorie Zúñiga, magistrada ponente de la sala laboral de la Corte Suprema de Justicia, explicó en Noticias Caracol que el organismo busca combatir es el uso fraudulento, definido como aquel escenario donde un trabajador solicita el pago parcial para un fin (como la compra de un inmueble), pero termina destinando el dinero a una situación distinta o, simplemente, no presenta los soportes que acrediten la inversión.Lo que debe tener en cuenta al retirar sus cesantíasPara evitar consecuencias legales que puedan poner en riesgo su estabilidad laboral, Zúñiga indicó los siguientes puntos clave que todo trabajador debe observar rigurosamente:Destinación única y exclusiva: la ley es taxativa en cuanto a los motivos para el retiro anticipado. Actualmente, solo se permite la solicitud de estos fondos para dos propósitos: vivienda (ya sea para compra de inmueble o para realizar mejoras y remodelaciones) y educación. Cualquier uso fuera de este espectro se considera una infracción a la normativa vigente.La obligación de informar y demostrar: no basta con obtener el dinero; el trabajador tiene la obligación legal de comunicar al empleador en qué invirtió los recursos una vez hecho uso de ellos. Es imperativo que el uso final corresponda exactamente con lo que se solicitó inicialmente a la empresa o al fondo.Carga de la prueba (soportes): el empleado es el responsable de aportar las pruebas documentales de la inversión. Entre los documentos válidos se encuentran los soportes de obra (en caso de remodelación), escrituras o contratos de compraventa y recibos de pago de matrícula de instituciones educativas debidamente reconocidas.Cuidado con las prácticas fraudulentas: Zúñiga reveló que es común encontrar casos donde los trabajadores presentan contratos de prestación de servicios falsos, por ejemplo, con maestros de obra para remodelaciones que nunca se llevan a cabo. Estas maniobras son detectables por los jueces y son el principal detonante de los despidos avalados por la Corte.Facultad de verificación del empleador: el fallo subraya que la empresa no es un ente pasivo en este proceso. El empleador tiene el derecho y la potestad de exigir toda la documentación necesaria para determinar si los recursos fueron invertidos correctamente o si, por el contrario, existió un engaño por parte del subordinado.La magistrada Zúñiga anotó que se trata de que quede clara la transparencia en las relaciones laborales y que los recursos de las cesantías deben ser utilizados exclusivamente para lo que la norma ha destinado.NOTICIAS CARACOL
La senadora Martha Peralta se pronunció tras salir de la audiencia de indagatoria relacionada con el caso de corrupción de la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo (UNGRD). El despacho de la magistrada Cristina Lombana suspendió la diligencia y la retomará el próximo lunes. Mientras tanto, la congresista permanecerá detenida en las instalaciones de la Dijín. "Esto que está pasando conmigo es un atropello, es totalmente injusto, me tienen aquí privada de libertad con fines de indagatoria cuando ustedes me vieron llegar aquí de manera voluntaria. Lo que han hecho es atentar contra mis derechos fundamentales y mis derechos políticos. Lo que querían era sacarme de la campaña que estaba haciendo en La Guajira, aquí lo que hay es persecución política", aseguró, e invitó a votar por el candidato del Pacto Histórico, Iván Cepeda. En mayo, la Corte Suprema anunció que investigaría a la senadora tras ser nombrada por Olmedo López y Sneyder Pinilla (exdirector y exsubdirector de la UNGRD), principales implicados en el caso de corrupción en medio de la compra de 40 camiones cisternas que llevarían agua hacia el departamento de La Guajira.De acuerdo con lo mencionado por la Fiscalía General de la Nación sobre la investigación, "en la ciudad de Bogotá, entre septiembre y octubre de 2023, en la Unidad Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres, los servidores públicos Olmedo de Jesús López Martínez, director general de la Unidad de Gestión de Riesgo de Desastres; Sneyder Augusto Pinilla Álvarez, subdirector de manejo de desastres; otros funcionarios de la unidad, la senadora de la República Martha Isabel Peralta Epieyu y los contratistas Francisco Vizcarra Lozano, representante legal, y Jorge Vizcarra, subgerente de Inversiones IRL SAS, se interesaron de forma indebida en provecho propio y de terceros de la siguiente orden de proveeduría tramitada en la subdirección de manejo de desastres". Luego de los señalamientos en su contra, la senadora Peralta habló con Noticias Caracol e indicó que hay una persecución en su contra: “Decirle a la gente que ha confiado en mí, a mi departamento, a mi pueblo Wayuu, que todo esto ha sido una persecución política y en medio de una campaña. Yo me encontraba haciendo campaña y apenas vieron activaron todo tipo de mentiras, de conjeturas, y esto es porque pertenezco a un proyecto político”.La senadora agregó que “aquí lo que se ha hecho es información por el trámite de la reforma pensional porque yo lideré esas reformas sociales. Pero decirles que confíen en mí, que mi actuar siempre ha sido transparente, honesto y eso lo que voy a demostrar. Aquí voy a estar siempre dando la cara y con la frente en alto”.LAURA VALENTINA MERCADONOTICIAS CARACOL DIGITAL
La Corte Suprema de Justicia decidió otorgarle la libertad condicional al exmagistrado de ese alto tribunal, Gustavo Malo, vinculado con el Cartel de la Toga.El extogado cumplía una condena de 9 años de prisión por los delitos de concierto para delinquir, cohecho propio y prevaricato por omisión.(Síganos en Google Discover y conéctese con las noticias más importantes de Colombia y el mundo)¿De qué acusaron a Gustavo Malo?Según el fallo de la Corte Suprema de Justicia, “por intermedio del abogado Luis Gustavo Moreno Rivera y del exmagistrado Francisco Javier Ricaurte Gómez, (Malo) negoció la función jurisdiccional a él deferida por la Constitución y la ley, recibiendo la contraprestación ilegal derivada del acto de corrupción”.Respecto al prevaricato por omisión, el alto tribunal señaló que el exmagistrado tomó “las medidas necesarias para retardar un acto propio de sus funciones, como lo era administrar justicia bajo los parámetros constitucionales y legales. En concreto, omitió tramitar de forma célere y eficiente las diligencias que se adelantaban contra el exsenador Musa Besaile, teniendo cabal capacidad de cumplir con su deber”.“El entonces magistrado se concertó con funcionarios públicos y con particulares para abordar a congresistas -como los exsenadores Musa Abraham Besaile Fayad y Álvaro Ashton- contra quienes cursaban indagaciones penales en única instancia en su despacho, a fin de adoptar decisiones contrarias a derecho y afectar el curso normal de las mismas. Ello a cambio de coimas y dádivas”, indicó la Corte Suprema.Agregó que los abogados Luis Gustavo Moreno Rivera y Leonardo Pinilla Gómez eran los encargados de los acercamientos con los parlamentarios y, para ello, Gustavo Malo, por intermedio de Ricaurte, “suministraba datos al grupo para que fueran utilizados al abordar a los citados congresistas”.Con dichos aforados se acordó dilatar la apertura de investigación formal a Musa Besaile por presuntos vínculos con grupos paramilitares a cambio de 2.000 millones de pesos, y a cambio de 1.200 millones de pesos se acordó que se lograra archivar la indagación preliminar contra Ashton Giraldo, “originada en sus probables relaciones con el Bloque Norte de las autodefensas”. (Lea también: Condenan a José Leonidas Bustos, expresidente de la Corte Suprema, por el cartel de la toga)NOTICIAS CARACOL
Santiago Uribe, hermano del expresidente Álvaro Uribe (2002-2010), se entregó este martes a la Policía para cumplir su condena de 28 años y 3 meses de cárcel por crear y financiar el grupo paramilitar Los 12 Apóstoles, según el fallo judicial."Santiago Uribe, mi hermano, llegó por sus medios a una comisaría de Policía para cumplir con la orden de captura", escribió el expresidente en un escueto mensaje publicado en su cuenta de X en el que no dio más detalles.(Síganos en Google Discover y conéctese con las noticias más importantes de Colombia y el mundo)¿De qué acusan a Santiago Uribe?La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó el pasado 4 de junio la condena de 28 años y 3 meses de prisión contra el ganadero.El alto tribunal ratificó que Santiago Uribe cometió los delitos de concierto para delinquir y homicidio, ambos agravados, al participar en la conformación de Los 12 apóstoles, un grupo paramilitar que nació en el municipio de Yarumal, departamento de Antioquia, y también de estar implicado en el asesinato de Camilo Barrientos, cometido en 1994 en esa población.La Sala Plena confirmó "la sentencia proferida el 25 de noviembre de 2025 por el Tribunal Superior de Antioquia mediante la cual condenó a Santiago Uribe Vélez como coautor penalmente responsable de concierto para delinquir agravado y homicidio agravado, como concurso de delitos de lesa humanidad", decisión contra la que "no procede recurso alguno".La defensa del ganadero Uribe estuvo encabezada por el abogado Jaime Granados, quien es también el representante legal del exmandatario en sus casos judiciales y dijo en varias oportunidades que en el proceso hubo falsos testigos e incluso manipulación mediática."Las decisiones judiciales deben ser respetadas y acatadas. Sin embargo, a través de los mecanismos jurídicos consagrados en el ordenamiento jurídico, seguiremos defendiendo la inocencia de Santiago, pues los 16 años de conocimiento de este caso nos permiten advertir que está siendo injustamente condenado", expresó en su momento el abogado Granados en un comunicado.Allí agregó que él y su equipo estudiarán "el contenido completo de la decisión y de los salvamentos de voto", tras lo cual se pronunciarán "con mayores detalles".El expresidente Uribe, entre tanto, ha sido denunciado por sus presuntos vínculos con los paramilitares en sus años como gobernador de Antioquia (1995-1997), incluida una que lo relaciona indirectamente con la masacre de El Aro, en la que fueron asesinados 17 campesinos en octubre de 1997.AGENCIA EFEEDITADO POR SANDRA SORIANO SORIANOCOORDINADORA DIGITAL NOTICIAS CARACOL
A menos de dos semanas de la segunda vuelta presidencial del 21 de junio, distintos organismos del Estado, autoridades electorales y presidentes de las altas cortes coincidieron en un mensaje común: respetar los resultados que arrojen las urnas y fortalecer la confianza en las instituciones democráticas.(Síganos en Google Discover y conéctese con las noticias más importantes de Colombia y el mundo)El llamado se produjo durante una cumbre internacional sobre instituciones y controles, convocada por la Procuraduría General de la Nación, en la que participaron representantes de las altas cortes, organismos de control y autoridades electorales. Durante el encuentro, los voceros insistieron en la necesidad de preservar la institucionalidad y acatar las decisiones adoptadas por las autoridades competentes en materia electoral.Altas cortes se sumaron al llamadoUno de los pronunciamientos más contundentes fue el del presidente de la Corte Suprema de Justicia, Iván Mauricio Lenis, quien subrayó que el respeto por los resultados electorales constituye una garantía para la democracia y para la ciudadanía.“Es fundamental el respeto de los resultados porque eso es un respeto a la ciudadanía, es un respeto a las reglas democráticas y eso fortalece la convivencia democrática”, afirmó.El magistrado agregó que la expectativa es que tanto los candidatos como los diferentes actores sociales acaten los resultados una vez sean informados oficialmente por la Registraduría Nacional y luego del escrutinio correspondiente.La presidenta de la Corte Constitucional, Paola Meneses, también se refirió a la relación entre el poder judicial y quien resulte elegido presidente de la República.“Lo primero, sin duda, es respetar, acatar las decisiones judiciales y segundo la garantía de los principios y valores constitucionales, en especial lo que tiene que ver con la defensa y el respeto de los derechos fundamentales”, manifestó.Por su parte, el presidente del Consejo de Estado, Alberto Montaña, recordó que el Gobierno puede discrepar de las decisiones judiciales, pero está obligado a cumplirlas.“Constitucionalmente el presidente de la República y el gobierno no tiene el deber de estar de acuerdo con las decisiones, pero sí tiene el deber de acatarlas”, señaló.Además, advirtió sobre la diferencia entre expresar desacuerdos y desafiar la institucionalidad. Según indicó, la legitimidad de las decisiones judiciales se fundamenta en el respeto a la Constitución y a la ley.La desinformación fue otros de los temas discutidosEl registrador nacional, Hernán Penagos, enfocó su intervención en los riesgos que representa la circulación de información falsa o sesgada sobre el proceso electoral.“Difundir información sesgada, falsa o difamar no golpea la autoridad electoral, golpea la democracia en su conjunto, golpea la nación que somos todos y todas”, afirmó.Penagos recordó que las autoridades competentes ya adoptaron decisiones y certificaron los resultados de la primera vuelta presidencial mediante los procedimientos establecidos.“Ya las autoridades, jueces y Consejo Nacional Electoral, porque son las competentes, decidieron, entregaron los resultados y los acreditaron en una resolución”, expresó.En ese contexto, sostuvo que corresponde a ciudadanos y servidores públicos aceptar los resultados emitidos por las instituciones electorales, al considerar que forman parte de las reglas propias del sistema democrático.Organismos de control insisten en reducir la polarizaciónEl contralor general, Carlos Hernán Rodríguez, hizo un llamado a disminuir el nivel de confrontación política y pidió dar ejemplo desde las instituciones.Durante su intervención dirigió una invitación al presidente de la República para que contribuya a reducir la tensión alrededor del debate electoral.“Yo sí le haría una invitación muy cordial y respetuosa al señor presidente de la República para que lo hiciera y me parece que ese sería un gesto importante más allá de la polarización tan grave que hoy en día tenemos”, señaló.Rodríguez manifestó además su preocupación por posibles descalificaciones hacia los organismos de control y pidió moderar el tono de las discusiones públicas.A su turno, el procurador general, Gregorio Eljach Pacheco, aseguró que las autoridades electorales son las únicas competentes para pronunciarse sobre los resultados y enfatizó que el presidente de la República no tiene facultades para modificarlos o desconocerlos.“Yo no le tengo que pedir nada al presidente, él conoce sus obligaciones”, afirmó.El procurador agregó que el jefe de Estado no tiene atribuciones para proclamar, negar o alterar un resultado electoral ya definido por las autoridades competentes. En ese sentido, sostuvo que el proceso electoral ha seguido su curso institucional y que los resultados corresponden a decisiones adoptadas por los organismos facultados para ello.Además, varios de los participantes respaldaron los llamados realizados por la Iglesia Católica para reducir la confrontación política y promover un ambiente de respeto durante la recta final de la campaña presidencial.Con el país a pocos días de acudir nuevamente a las urnas, las instituciones reiteraron que la confianza en el sistema democrático depende del reconocimiento de las reglas electorales y del respeto por las decisiones adoptadas por las autoridades competentes.HEIDY ALEJANDRA CARREÑO BELTRANNOTICIAS CARACOLHcarrenb@caracoltv.com.co
La Corte Suprema de Justicia ratificó este jueves la condena de 28 años y tres meses de cárcel contra Santiago Uribe, hermano del expresidente Álvaro Uribe, por los delitos de concierto para delinquir y homicidio agravado. La Sala Penal del alto tribunal confirmó así la decisión del Tribunal Superior de Antioquia, que en segunda instancia determinó que Santiago Uribe fue el líder y dirigente del grupo paramilitar Los 12 Apóstoles, al cual se le atribuyen varios homicidios, entre ellos los de Camilo Barrientos, conductor de una chiva en Yarumal, en Antioquia, y Jorge Yubán Ceballos.El caso contra el hermano del expresidente Uribe llegó a la Corte Suprema el 27 de marzo y tuvo como ponente al magistrado Gerson Chaverra."El Dr. Jaime Granados (abogado de la familia Uribe) me comunica que la información periodística le hace saber que la Corte Suprema confirma la condena contra mi hermano Santiago. Tema devastador para mi familia", expresó el exmandatario en un mensaje publicado en X.La Sala Plena confirmó "la sentencia proferida el 25 de noviembre de 2025 por el Tribunal Superior de Antioquia mediante la cual condenó a Santiago Uribe Vélez como coautor penalmente responsable de concierto para delinquir agravado y homicidio agravado, como concurso de delitos de lesa humanidad", decisión contra la que "no procede recurso alguno".La defensa del ganadero Uribe estuvo encabezada por el abogado Jaime Granados, quien es también el letrado del exmandatario en sus casos judiciales y dijo en varias oportunidades que en el proceso hubo falsos testigos e incluso manipulación mediática.El expresidente Uribe, entre tanto, ha sido denunciado por sus presuntos vínculos con los paramilitares en sus años como gobernador de Antioquia (1995-1997), incluida una que lo relaciona indirectamente con la masacre de El Aro, en la que fueron asesinados 17 campesinos en octubre de 1997.NOTICIAS CARACOL Y EFE
La Corte Suprema de Justicia absolvió a una mujer que había sido condenada por extorsión en grado de tentativa tras solicitar dinero a cambio de devolver un celular que encontró en una estación de TransMilenio en Bogotá. La decisión fue adoptada por la Sala de Casación Penal al resolver un recurso extraordinario de casación presentado por la defensa de Wendy Camila Flórez Rodríguez, quien había sido sentenciada en primera y segunda instancia por exigir 200.000 pesos para entregar un teléfono móvil extraviado por su propietaria.Tras revisar el caso, la Corte concluyó que los hechos demostrados durante el proceso no encajan en la conducta descrita por el delito de extorsión contemplado en el artículo 244 del Código Penal. El alto tribunal determinó que "no alcanza a configurar el espectro comportamental de una amenaza extorsiva", puesto que en tales hechos no existió una amenaza ni una presión capaz de afectar la libertad de decisión de la propietaria del equipo.(Síganos en Google Discover y conéctese con las noticias más importantes de Colombia y el mundo)¿Qué hechos originaron el proceso judicial en el que una mujer fue condenada por extorsión?El caso se remonta al 29 de agosto de 2018, cuando una mujer perdió su teléfono celular Samsung S7 Edge mientras se movilizaba en un articulado de TransMilenio con destino al Portal 80. Al percatarse de la pérdida, intentó comunicarse con el dispositivo sin éxito. Al día siguiente bloqueó tanto la tarjeta SIM como el equipo. Sin embargo, comenzó a recibir llamadas desde un número desconocido. Posteriormente escuchó un mensaje en el que una persona afirmaba tener el celular y le pedía que se comunicara. Cuando devolvió la llamada, una mujer le manifestó que había encontrado el aparato en la estación Avenida 68. Según la investigación, durante esa conversación le indicó que debía entregarle 200.000 pesos para recuperar el teléfono, argumentando que ese era el costo para desbloquearlo.Las partes acordaron encontrarse en un centro comercial de Bogotá para realizar la entrega. Antes de acudir al lugar, la propietaria del celular informó lo sucedido a su padre. Ambos decidieron asistir a la cita, pero sin intención de entregar dinero. También acordaron solicitar apoyo de la Policía en caso de que la devolución del equipo dependiera del pago exigido. Cuando se produjo el encuentro, la mujer reiteró que no entregaría el celular sin recibir primero el dinero. Ante esa situación, la víctima contactó a las autoridades.Minutos después llegaron uniformados de la Policía Nacional, quienes verificaron lo ocurrido. Durante el procedimiento, la mujer reconoció que estaba solicitando una suma de dinero a cambio de devolver el teléfono. También señaló que el aparato no estaba en su poder, por lo que llamó a otra persona que posteriormente llegó al sitio con el celular.Los dos fueron capturados y posteriormente procesados por la Fiscalía General de la Nación. Wendy Camila Flórez Rodríguez fue condenada el 28 de septiembre de 2020 como autora del delito de "extorsión en grado de tentativa a 9 meses de prisión, multa de 37.5 salarios mínimos legales mensuales vigentes (smlmv), e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo lapso de la pena principal".Y al hombre que llegó al lugar con el celular, Diego Andrés Castellanos Najar, se le consideró como cómplice del delito de "extorsión simple tentada a la pena principal de 4 meses y 15 días de prisión, multa de 18.75 smlmv, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo lapso de la pena principal", se lee en la sentencia. Además, se les negó la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria.¿Por qué la Corte consideró que no hubo extorsión?Según explicó el alto tribunal, para que exista extorsión no basta con que una persona pretenda obtener un beneficio económico indebido. También es necesario que utilice mecanismos capaces de doblegar la voluntad de la víctima, obligándola a actuar en contra de su libertad de decisión. La Sala precisó que el simple hecho de pedir dinero para devolver un bien ajeno no constituye automáticamente una conducta extorsiva. "A su juicio, eso no configuraba el constreñimiento consagrado dentro del tipo penal 244 de la Ley 599 de 2000, por lo que la conducta imputada a la procesada resultaba atípica.En este caso, los magistrados concluyeron que no existieron amenazas, intimidaciones, represalias ni otros medios de presión que pudieran considerarse suficientes para afectar la autonomía de la propietaria del celular. De acuerdo con la sentencia, la mujer mantuvo en todo momento la posibilidad de decidir cómo actuar frente a la exigencia económica. De hecho, optó por acudir a las autoridades en lugar de entregar el dinero solicitado."A partir de lo que se viene de ver, la exigencia del pago de dinero a cambio de la entrega de cosa ajena, en este caso el aparato celular de la reconocida como víctima, no constituye, por sí sola, un constreñimiento penalmente relevante configurativo del tipo penal de extorsión. Tampoco significó, según los hechos declarados en las sentencias, coerción grave ni medio capaz de doblegar la voluntad de su legítima propietaria. En efecto, ese comportamiento no alcanza el umbral típico exigido para la configuración del punible de extorsión", se lee en la sentencia.La Corte señaló que la conducta analizada puede resultar contraria a principios de convivencia y solidaridad social, en la medida en que quien encuentra un bien ajeno no debería condicionar su devolución a una recompensa económica. "Ciertamente, condicionar la devolución de un bien ajeno al pago de una suma dineraria resulta un acto censurable en una sociedad fundada en el principio de solidaridad". No obstante, aclaró que ese comportamiento, por sí solo, no alcanza el nivel de reproche penal requerido para configurar una extorsión.La absolución también benefició al segundo procesadoLa decisión de la Corte no solo favoreció a Wendy Camila Flórez Rodríguez. El fallo también fue extendido a Diego Andrés Castellanos Najar, quien había sido condenado como cómplice dentro del mismo proceso. Aunque este último no presentó recurso de casación, la Sala aplicó el principio de extensión de los efectos favorables de la sentencia, al considerar que los hechos atribuidos a ambos eran los mismos y que la conducta resultaba atípica desde el punto de vista penal.En consecuencia, el alto tribunal dejó sin efectos las condenas impuestas por los jueces de instancia y absolvió a los dos procesados. "En tal sentido, la Sala ve la necesidad de ampliar los efectos de esta decisión a Diego Andrés Castellanos Najar. Como arriba se vio, este ciudadano también fue procesado por estos mismos hechos (...) Quien también queda absuelto por los cargos formulados en su contra", resolvió el ente.VALENTINA GÓMEZ GÓMEZNOTICIAS CARACOLvgomezgo@caracoltv.com.co
La Sala Penal de la Corte Constitucional revocó una sanción impuesta a un menor que había sido acusado en su momento por el delito de acceso carnal abusivo con menor de 14 años. De esta manera, el señalado fue absuelto con la decisión que tomó la alta corte.(Síganos en Google Discover y conéctese con las noticias más importantes de Colombia y el mundo)En el momento de los hechos, la menor tenía 12 años y él, 15. La Sala consideró como injusto y desacertado exigir al joven que supiera que ese delito aplicaba para él un menor de edad, que “estaba explorando por primera vez la sexualidad y el amor, con una niña a quién no forzó”. Añadió que la responsabilidad de explicar a los menores esa situación era de los adultos que en este caso fallaron.La sentencia detalla que el caso se remonta entre mediados de abril y el 6 de mayo de 2017, cuando los dos menores eran compañeros de colegio y tenían una relación sentimental pública. En ese entonces, tuvieron relaciones sexuales en dos ocasiones en la residencia del adolescente en Medellín, Antioquia. Los padres de la menor denunciaron al joven ante la Fiscalía General de la Nación.Más adelante, se formuló la imputación contra el adolescente por el delito de acceso carnal abusivo con menor de 14 años. Los cargos no fueron aceptados.Este caso tuvo dos instancias: la primera en un juzgadoo Penal para Adolescentes con Función de Conocimiento, donde se leyó la sentencia de primer grado, y luego en la Sala de Asuntos Penales para Adolescentes del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, que emitió un fallo absolutorio en le que se condenó al menor al año de libertad vigilada. Esta sentencia vino acompañada con la ondición de someterse a supervisión, asistencia y orientación de un programa de atención especializada, al encontrarlo como responsable en ese entonces.La Corte Suprema entonces concluyó que el adolescente actuó bajo un error de prohibición invencible. Argumenta que, dada la minoría de edad de él, el contexto de deficiente educación sexual en el colegio y el desconocimiento de la ilicitud por parte de los adultos que lo rodeaban, no era razonable exigirle que conociera las implicaciones jurídico-penales de su comportamiento.Así las cosas, la corté exhortó al Ministerio de Educación, a las entidades territoriales y a las instituciones educativas del país a incluir, dentro de los programas y políticas de educación sexual, contenidos que permitan a niños, niñas y adolescentes comprender las implicaciones legales y penales relacionadas con la sexualidad.MARÍA PAULA RODRÍGUEZ ROZONOTICIAS CARACOL
La expectativa entre miles de colombianos vuelve a encenderse con la realización de una nueva jornada de Baloto y Revancha, uno de los juegos de suerte y azar más emblemáticos del país. A continuación, la sección económica de Noticias Caracol le presenta el reporte actualizado de las combinaciones seleccionadas y los acumulados oficiales para este juego de azar.¿Qué números cayeron en Baloto y Revancha?El sorteo de esta noche define el destino de un multimillonario acumulado que atrae a apostadores en todas las regiones del territorio nacional. La transmisión oficial determina cuáles son los números ganadores tanto para la categoría principal como para la opción adicional.Resultados oficiales de BalotoNúmeros ganadores: 01-14-08-07-24Superbalota: 05Resultados oficiales de RevanchaNúmeros ganadores: 38-33-39-29-27Superbalota: 16¿Cómo verificar si su tiquete de Baloto y Revancha es ganador?Para corroborar la validez de un boleto, los jugadores deben comparar cada uno de los números impresos en su comprobante físico o digital con los resultados emitidos por el operador oficial del juego.Existen diferentes formas de obtener un premio en esta modalidad. Los aciertos van desde la combinación completa de las cinco balotas principales más la Superbalota, hasta aciertos menores como únicamente la Superbalota o combinaciones de dos o más números principales.Revisión minuciosa: Verifique siempre la fecha exacta impresa en la parte superior del boleto para asegurarse de que corresponde al día de la jugada.Canales oficiales: Consulte los terminales autorizados de venta o la plataforma web oficial de la concesión habilitada para operar el juego.Estado del boleto: Si conserva un comprobante físico, manténgalo en un lugar seco y protegido. El tiquete es el único documento legal al portador que acredita la propiedad del premio.Guía y requisitos para reclamar un premio de Baloto y RevanchaEl procedimiento de cobro varía de forma directa según el monto obtenido por el apostador. Para garantizar la seguridad de los usuarios y la transparencia en las transacciones, el operador autorizado establece canales diferenciados según la cuantía.Cobro de premios de cuantía menorLos aciertos que representan montos inferiores a determinado tope legal fijado por la empresa concesionaria se pueden cobrar de forma inmediata en los puntos de venta autorizados a nivel nacional.Presentar el tiquete original en óptimas condiciones de legibilidad, sin tachaduras ni enmendaduras.Presentar la cédula de ciudadanía original del titular o tenedor del boleto.Firmar el reverso del tiquete e incluir el número de documento de identidad y número telefónico de contacto.Cobro de premios de gran cuantía o pozo mayorCuando la suma ganada corresponde al acumulado principal de Baloto o Revancha, o supera los topes estipulados para cobro directo en punto de venta, el procedimiento se realiza en las oficinas fiduciarias o bancarias estipuladas por la entidad administradora.Solicitar la cita de validación en la entidad fiduciaria encargada de la administración de los recursos del juego.Presentar la cédula de ciudadanía original junto con una fotocopia ampliada al 150 %.Entregar el tiquete original debidamente diligenciado en su parte posterior con los datos del beneficiario.Suministrar la información bancaria certificada para efectuar la transferencia electrónica de los fondos, evitando el manejo de dinero en efectivo por razones de seguridad.Retención de ley e impuestos sobre ganancias ocasionalesEs indispensable que todo jugador conozca el marco legal y tributario vigente en Colombia respecto a los premios obtenidos en juegos de suerte y azar. La normativa estipula que las sumas obtenidas mediante loterías, chances o sorteos multimillonarios están sujetas a descuentos por concepto de impuestos nacionales.De acuerdo con el Estatuto Tributario colombiano, los premios que superen el valor equivalente a 48 Unidades de Valor Tributario (UVT) sufren una retención en la fuente por concepto de ganancias ocasionales.Tarifa de retención: El porcentaje aplicado por ley a la ganancia ocasional es del 20 % sobre el valor total del premio asignado.Descuento automático: La retención en la fuente no requiere que el ganador realice un pago previo de su bolsillo. La entidad administradora aplica la deducción sobre el valor bruto del premio antes de efectuar el desembolso final o la transferencia bancaria.Declaración de renta: Quien recibe un premio multimillonario debe incluir este ingreso en su declaración de renta correspondiente al año gravable en el que percibió el dinero, respaldándolo con el certificado de retención expedido por el operador del juego.Importancia de jugar de manera legal y consultar ColjuegosApostar en mecanismos regulados garantiza que los recursos generados por la venta de boletos tengan una destinación específica en beneficio de la sociedad colombiana. En el país, la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar (Coljuegos) es la entidad encargada de supervisar, regular y autorizar las operaciones de los juegos novedosos.Aportes a la salud: Una porción significativa de los ingresos brutos generados por la venta de Baloto y Revancha se destina de manera directa al financiamiento del sistema de salud pública en Colombia, apoyando la atención médica de la población más vulnerable.Garantía de pago: Los operadores respaldados por Coljuegos cuentan con pólizas de garantía y fideicomisos estrictos que aseguran que el dinero del pozo acumulado esté efectivamente disponible y custodiado para su entrega inmediata al ganador legítimo.Prevención del fraude: Comprar boletos en sitios no autorizados o a través de plataformas no certificadas expone al ciudadano a estafas o a la imposibilidad legal de exigir la entrega de los recursos ganados.Se aconseja a la ciudadanía mantener la prudencia en las expectativas de juego, asumir la actividad como una forma de entretenimiento responsable y verificar con frecuencia las plataformas oficiales para mantenerse al tanto de las novedades de cada sorteo.Este texto fue realizado con colaboración de un asistente de IA y editado por un periodista que utilizó las fuentes idóneas y verificó en su totalidad los datos. Cuenta con información y reportería propia de Noticias Caracol.MATEO MEDINA ESCOBARNOTICIAS CARACOL
Miles de apostadores en toda Colombia permanecen a la expectativa por la realización del sorteo oficial de la Lotería del Cauca, uno de los juegos de azar más codiciados del país por su millonario plan de premios. Los participantes buscan verificar la combinación afortunada de esta noche para conocer si se convierten en los nuevos poseedores del gran acumulado de la jornada.¿Qué número cayó en la Lotería del Cauca?El sorteo principal de la Lotería del Cauca ofrece bolsas millonarias en juego y distribuye sus premios según el billete o fracción adquirida. Las cifras oficiales confirmadas corresponden a la siguiente combinación:Premio Mayor: 1378Serie: 178Proceso para reclamar los premios de la Lotería del Cauca Los ciudadanos que resulten afortunados en el sorteo deben seguir una serie de pasos indispensables para hacer efectivo su cobro de manera legal y segura. En primer lugar, es obligatorio conservar el billete original de la lotería o la fracción física en perfecto estado. El documento no debe presentar tachaduras, enmendaduras, rasgaduras ni alteración alguna que ponga en duda su autenticidad.Para montos menores, el cobro puede realizarse directamente en las agencias distribuidoras autorizadas o en los puntos de venta de la red comercial oficial. Cuando el valor del premio supera los topes estipulados por la entidad ejecutora, el ganador debe acercarse directamente a la sede principal de la empresa o a las entidades bancarias con las cuales se mantenga convenio vigente. Para proceder con la entrega de dinero, se solicitará la presentación del documento de identidad original junto con una fotografía del mismo y el boleto diligenciado al respaldo con los datos personales del titular.Impuestos y retenciones sobre los premios en ColombiaEs esencial que los apostadores tengan en cuenta que todo premio obtenido mediante juegos de suerte y azar en Colombia está sujeto a las disposiciones tributarias fijadas por la ley. De acuerdo con el Estatuto Tributario vigente, a los premios mayores y secos de gran valor se les aplica una retención en la fuente por concepto de ganancias ocasionales.Esta retención equivale al 20% sobre el valor bruto del premio obtenido. Adicionalmente, se aplica el descuento correspondiente al impuesto del 4x1.000 (Gravamen a los Movimientos Financieros) sobre las transferencias o pagos que realice la entidad encargada al momento de desembolsar el dinero. Por tal motivo, el valor neto que recibe el apostador en su cuenta de ahorros o mediante cheque de gerencia es inferior a la cifra total anunciada en el plan de premios.La importancia de apostar legal y la vigilancia de ColjuegosAdquirir lotería legal no solo garantiza el pago transparente de los premios, sino que representa un aporte fundamental para el financiamiento de la salud pública en los departamentos del país. La comercialización de juegos de suerte y azar legales está regulada por Coljuegos, la empresa industrial y comercial del Estado encargada de administrar y fiscalizar el sector en Colombia.Jugar a través de puntos no autorizados o rifas clandestinas expone al comprador al riesgo de estafas, pérdida de la inversión y falta de garantías legales al momento de exigir un premio. Se recomienda a la ciudadanía realizar sus apuestas exclusivamente con loteros de confianza que cuenten con su carné vigente o en plataformas digitales y puntos de venta debidamente avalados.Para confirmar la veracidad de los números o resolver inquietudes sobre el cobro de incentivos, los usuarios pueden dirigirse a la red de atención al cliente de la Lotería del Cauca o consultar sus canales de comunicación institucional.Este texto fue realizado con colaboración de un asistente de IA y editado por un periodista que utilizó las fuentes idóneas y verificó en su totalidad los datos. Cuenta con información y reportería propia de Noticias Caracol.MATEO MEDINA ESCOBARNOTICIAS CARACOL
Una nueva jornada de juegos de azar moviliza la ilusión de miles de colombianos con la realización de los principales sorteos del fin de semana. La Lotería de Boyacá, la Lotería del Cauca, Baloto y Revancha ponen en juego millonarios planes de premios y grandes acumulados que pueden transformar la vida de los apostadores en todo el territorio nacional.¿Qué números cayeron en la Lotería de Boyacá, Cauca, Baloto y Revancha? Los resultados correspondientes a la más reciente jornada de sorteos se encuentran en proceso de verificación por parte de las autoridades delegadas de Coljuegos y las respectivas entidades territoriales. Una vez concluidas las transmisiones oficiales en televisión nacional y plataformas digitales, las cifras ganadoras se estructuran de la siguiente manera:Lotería de BoyacáPremio Mayor: 9244Serie: 386Lotería del CaucaPremio Mayor: 1378Serie: 178BalotoNúmeros ganadores: 01-14-08-07-24Superbalota: 05RevanchaNúmeros ganadores: 38-33-39-29-27Superbalota: 16Resultados completos de las loterías y del chance en ColombiaLas cadenas de juego en Colombia operan bajo la estricta vigilancia de las administraciones de cada departamento y la regulación central. Para cada una de estas modalidades, el proceso de validación garantiza que las balotas seleccionadas al azar coincidan exactamente con el tiquete impreso o electrónico comercializado en los puntos autorizados del país.En el caso de las loterías tradicionales como la de Boyacá y el Cauca, la obtención del premio mayor requiere acertar las cuatro cifras principales más el número de serie correspondiente. Por su parte, en el sistema de Baloto y Revancha, los participantes deben coincidir en cinco números elegidos entre el 1 y el 43, sumado al acierto de la Superbalota en un rango del 1 al 16.¿Cómo cobrar un premio mayor o un seco de lotería? Si el tiquete registrado resulta favorecido en la Lotería de Boyacá, Lotería del Cauca, Baloto o Revancha, la persona ganadora debe seguir una serie de pasos formales para realizar la reclamación de forma segura y legal.Requisitos para premios menores Para montos inferiores a 182 Unidades de Valor Tributario (UVT), el cobro puede realizarse directamente en las agencias distribuidoras, puntos Paga Todo, Gana, SuRed o redes autorizadas a nivel nacional. Se debe presentar el billete físico en perfecto estado de conservación, sin tachaduras ni enmendaduras, acompañado de la cédula de ciudadanía original.Requisitos para premios mayores Cuando la cifra supera las 182 UVT, el trámite debe efectuarse de manera presencial en las sedes administrativas de cada lotería o en la red fiduciaria encargada para el caso de Baloto y Revancha. Los documentos requeridos incluyen:Tiquete o billete original: Firmado en el reverso con el nombre, cédula, dirección y teléfono del titular.Documento de identidad: Fotocopia ampliada al 150 % de la cédula de ciudadanía o extranjería.Formulario de reclamación: Diligenciamiento de las planillas relativas al Control de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (SIPLAFT).Certificación bancaria: Documento expedido por una entidad financiera con fecha no mayor a 30 días para realizar la transferencia de los fondos de manera segura.Retenciones de ley y descuento por ganancias ocasionalesEs indispensable que todo jugador comprenda el marco tributario que rige las apuestas en el país. Todo premio obtenido en la Lotería de Boyacá, la Lotería del Cauca, Baloto o Revancha está sujeto al impuesto por ganancias ocasionales contemplado en el Estatuto Tributario colombiano.Conforme a la normativa vigente, se aplica una retención en la fuente del 20 % sobre el valor bruto del premio obtenido cuando este supere los topes fijados por la ley. Adicionalmente, sobre el pago neto puede aplicar el Gravamen a los Movimientos Financieros (conocido como el 4x1000) al momento de girar o transferir los recursos a la cuenta bancaria del beneficiario.Por esta razón, el dinero efectivamente entregado por las entidades administradoras de los juegos de suerte y azar descuenta de forma automática estas obligaciones fiscales antes de realizar la consignación final al apostador.La importancia de jugar legal y respaldar la salud públicaApostar en puntos legalmente establecidos o mediante plataformas web oficiales es la única garantía para el cobro efectivo de cualquier premio. En Colombia, Coljuegos es la empresa industrial y comercial del Estado encargada de administrar y regular los juegos de suerte y azar.Adquirir tiquetes de la Lotería de Boyacá, Lotería del Cauca o apuestas de Baloto en sitios autorizados no solo protege la inversión del usuario frente a posibles fraudes, sino que genera aportes directos al sistema de salud pública de las regiones. Un porcentaje significativo de cada billete o fracción vendida se destina a subsidiar la atención médica de miles de colombianos en el régimen subsidiado.Para verificar si un vendedor o plataforma digital cuenta con la debida concesión, los ciudadanos pueden ingresar al portal institucional de Coljuegos o verificar los sellos de seguridad impresos en la papelería oficial de cada sorteo.Este texto fue realizado con colaboración de un asistente de IA y editado por un periodista que utilizó las fuentes idóneas y verificó en su totalidad los datos. Cuenta con información y reportería propia de Noticias Caracol.MATEO MEDINA ESCOBARNOTICIAS CARACOL
Al menos tres personas murieron y varias resultaron heridas en un tiroteo ocurrido este sábado en una zona comercial muy concurrida en Twin Falls, Idaho (Estados Unidos). El jefe de policía de Twin Falls, Matthew Hicks, afirmó este sábado que el presunto autor de los disparos había muerto y que "la amenaza para la comunidad ha terminado".Por el momento no han trascendido ni la identidad del sospechoso ni el posible móvil que le llevó a realizar el ataque, ya que la investigación continúa abierta. "Hoy ha sido un día muy difícil aquí en Twin Falls", señaló el jefe de policía a los medios.El tiroteo tuvo lugar en una zona del norte de la ciudad en la que hay numerosos hoteles y restaurantes y es un importante centro de reunión para residentes y turistas. Las autoridades se inclinan por creer que solo había un atacante, pero tratan de averiguar si hubo más personas "que podrían haber estado involucradas", según explicó Josh Palmer, el portavoz de la ciudad, a CNN.Las autoridades pidieron a los ciudadanos que no se acercaran a la zona durante las horas más críticas, en las que intentaban reducir al agresor. Tras la preocupación inicial, fueron muchas las muestras de agradecimiento a las autoridades y los servicios médicos por la resolución de la crisis. "Agradezco la rápida respuesta de los servicios de emergencia de Idaho", escribió el senador del estado, Mike Crapo, en su cuenta de X.AGENCIA EFEEDITADO POR MATEO MEDINA ESCOBARNOTICIAS CARACOL
Ante un escenario totalmente vestido de rojo y blanco; Junior se llevó un 'batacazo' frente a Millonarios, que le ganó por 0-1 con un tanto en el tiempo adicional, este sábado, por el duelo correspondiente a la segunda jornada de la Liga BetPlay II-2026.El único gol del compromiso, en el estadio Romelio Martínez, lo anotó Rodrigo Contreras, a los 90+1'.En la primera mitad, el cuadro 'azul y blanco' no sufrió tanto el compromiso; esto, debido a que el balón pasaba más por el centro del campo, donde ambos equipos pelearon el encuentro y la posesión. Sin embargo, desde lo físico y futbolístico, se vio a dos equipos que se están poniendo a punto hasta ahora.Para el complemento, tanto Junior como Millonarios trataron de ser más propositivos, al punto de generar una que otra opción en campo contrario. Pero desde el juego a ambos les costó generar peligro desde el ataque.Y es que, a pesar de las varias intervenciones e intenciones ofensivas de ambos equipos, que protagonizaron, en su mayor parte, un partido impreciso y sin muchas ideas en el último cuarto de cancha; al final del encuentro, el delantero argentino apareció con un gran remate cruzado, que se hizo inatajable para Silveira.De esta manera, el equipo capitalino venció por la mínima diferencia, sobre el final, al conjunto barranquillero, que nada que levanta en este inicio de Liga.Con este resultado, Junior sigue sin sumar ninguna unidad, después de haber iniciado con pie izquierdo este segundo semestre en el fútbol colombiano. Por su parte, Millonarios, que en la primera jornada cayó por la mínima diferencia frente a Atlético Bucaramanga; ahora sumó sus primeros tres puntos, para empezar a escalar en la tabla de posiciones.Hay que apuntar que los de Fabián Bustos hicieron una acertada presentación en la capital del Atlántico y tuvieron varias oportunidades de anotar frente al arco de Santiago Silvera.El siguiente compromiso del cuadro barranquillero será el lunes 10 de agosto, enfrentando a Deportivo Pereira. Mientras tanto, loes ‘embajadores’ volverán a la acción el 4 de este mismo mes, recibiendo a Deportivo Pasto en el estadio Nemesio Camacho El Campín, por la segunda fecha del torneo local.Ficha técnica:Junior de Barranquilla (0): Mauro Silveira, Yeison Suárez, Daniel Rivera, Jermein Peña, Edwin Herrera, Juan David Ríos (60’ Fabián Ángel), Guillermo Celis (80’ Dilan Villarreal), Bryan Castrillón (73’ Kevin Pérez), Cristian Barrios (60’ Joel Canchimbo), Luis Fernando Muriel, Francisco Fydriszewski (60’ Guillermo Paiva).DT: Alfredo Arias.Tarjetas amarillas: Juan David Ríos (21’) y Jermein Peña (24’).Millonarios (1): Javier Burrai, Jhomier Guerrero, Sergio Mosquera, Jorge Arias, Sebastián Valencia (67’ Andrey Estupiñán), Andrés Llinás (86’ Stiven Barreiro), Rodrigo Ureña, Daniel Ruiz (67’ Leonardo Castro), Mateo García (78’ Sebastián del Castillo), Francisco Chaverra (77’ Danovis Banguero) y Rodrigo Contreras.Entrenador: Fabián Bustos.Gol: Rodrigo Contreras (90+1’).Amonestados: Jhomier Guerrero (22’) y Leonardo Castro (70’).Juez Central: Jhon Ospina.Estadio: Romelio Martínez de Barranquilla.