Las autoridades deben reconocer el derecho a la educación de los niños con capacidades o talentos excepcionales, así lo determinó la Corte, por lo que se impone un tratamiento con necesidades de apoyos especializados que deben suministrarse de manera adecuada para garantizar el principio de igualdad.
Por lo antes dispuesto, la Corte ordenó que la Secretaría de Educación del Distrito que "en el término de 48 horas, contadas a partir de la notificación de esta sentencia, haga inscribir al niño Luis Hartmann Cardona como beneficiario de los programas de subsidios o becas existentes del Icetex y lo incorpore en el plan de cubrimiento gradual para la adecuada atención educativa de las personas con capacidades o talentos excepcionales diseñado por esa mida Secretaría".
Asimismo, se debe garantizar "el derecho a la educación especial, procediendo, además, de manera consecuente con las dificultades económicas evidenciadas por la señora Claudia Cardona Londoño, madre y soporte del niño amparado, por lo cual se les permitirá también acceder a los programas de ayudas educativas previstos para personas de escasos recursos económicos".
Updated: septiembre 24, 2013 04:22 p. m.