Según el ente regulador, Comcel S.A. (Claro) activó "el roaming internacional sin solicitud previa y expresa de los usuarios".
Es decir, "sin que los usuarios lo requieran previa y expresamente a través de los mecanismos de atención, es decir, se comprobó que el operador activaba este servicio con la suscripción del contrato", explicó la Superindustria.
Para la entidad, "esta conducta es reprochable porque vulnera los derechos de los usuarios, quienes deben: (i) estar plenamente informados de las reglas que aplican para la activación y prestación del roaming internacional para que al viajar fuera del país, pueda hacer uso de dicho servicio con total conocimiento de las condiciones que le aplican; (ii) elegir el tiempo que quiere que dicho servicio se encuentre activado (bien sea a termino indefinido o por un periodo determinado); y, (iii) que el proveedor no puede imponer servicios que no hayan sido aceptados expresamente por el usuario que celebró el contrato".
Además de la sanción económica, la Superindustria "estableció la exoneración del cobro a estos denunciantes, y en caso de que alguno ya haya efectuado el pago de su factura, ordenó la devolución de las sumas canceladas por concepto de cobro del servicio de roaming internacional", indicó a través de un comunicado.
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