Aunque reiteró que los periodistas no pueden ser sancionados por la filtración de documentos reservados, sugirió que el Congreso sí puede imponer límites.
El fallo de la Corte Constitucional plantea, según Germán Ortiz, del Observatorio de Libertad de Prensa de la Universidad del Rosario, que el reportero “se hace responsable por lo que divulga, no por lo que a él le informan, no por lo que las fuentes le pasen”.
Esto, a juicio del director de El Espectador, Fidel Cano, es “apenas elemental”, ya que “los periodistas debemos tener la libertad de buscar la información, que no vivamos -como pretenden los poderosos- que solo digamos lo que dicen los comunicados oficiales”.
Sin embargo, la polémica en la sentencia surge cuando la Corte abre la posibilidad para que el Congreso regule este tema.
“Es claro que la libertad de información no es absoluta y muestra de ello es que el artículo 20 de la Constitución enfatiza en la responsabilidad social de quienes informan. Esto implica que el Legislador puede imponer limitaciones”, indica el fallo.
Para Cano, “por muy bien intencionada que sea esa línea, siempre se va corriendo y cada vez se va utilizando para cercenar la libertad de información”.
Pedro Vacca, director de la FLIP, dijo por su parte que “la libertad de prensa es un derecho que se garantiza más entre menos se regule. Es decir, todos gozamos de mayor diversidad, mayor pluralismo”.
La magistrada de la Corte Constitucional Diana Fajardo se mostró en contra de la intervención del Congreso, al señalar que el autocontrol y la promoción del debate libre y plural de todos los medios de comunicación es lo que garantiza acceder a mejor información en una sociedad abierta y democrática.
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Updated: junio 21, 2019 04:44 p. m.