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Estas son las reglas del Distrito para el uso de bicicletas y patinetas eléctricas en Bogotá

La alcaldía tiene lista la resolución que obliga a usuarios y empresas dedicadas al alquiler a implementar mecanismos de seguridad.

Según el documento, el usuario no podrá exceder una velocidad de 20 km/h, además, el medio de transporte deberá tener freno, timbre, luces, pie de apoyo, GPS y número único de identificación visible.

Uno de los aspectos que ha generado mayor controversia y descontento entre algunos empresarios tiene que ver con que a partir de ahora las patinetas y bicicletas no podrán ser abordadas o dejadas en cualquier parte de la ciudad, sino que funcionarán a través de un sistema de estaciones.

“No queremos que un usuario tenga que caminar 2 o 3 km para encontrar una estación y utilizar el servicio, es lo que pasa con muchos de los sistemas actuales. Lo que queremos es que el usuario la encuentre muy fácil o la puedo dejar de forma muy fácil y cómoda en su destino”, señaló Carlos Agudelo, cofundador de Cosmic.

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Estos medios de transporte, según el Distrito, no podrán estacionarse en andenes, plazoletas, parques, puentes peatonales y todo espacio público. Para el caso de menores de edad, se exigirá pase.

“No se ha dicho específicamente si a los usuarios finales se les debe exigir licencia de conducción, actualmente no se hace, y no debería hacerse pues nuestros sistemas tienen etapas en las cuales los usuarios aprenden a usar las patinetas”, añade Agudelo.

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Esta resolución tendrá 8 días para ser objetada por ciudadanos y empresas dedicadas al alquiler de este tipo de medios de transporte.

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