La Corte sentenció que cuando se presenten agresiones físicas y verbales, amenazas, retenciones y bloqueos las huelgas o paros serán declarados ilegales.
Así lo determinó el alto tribunal al estudiar la solicitud de ilegalidad de una huelga de la USO, en abril y mayo del 2012, en las instalaciones de Cartagena cuando parte de sus trabajadores bloquearon la refinería con barricadas, repartiendo panfletos amenazantes y actos vandálicos.
Dice la Corte que el cese de actividades se debe desarrollar de forma pacífica ya que por justos que sean los motivos que originaron el paro no se puede violar la ley mediante actos violentos
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La sentencia afirma que "esta clase de cese debe desarrollarse de manera pacífica, ya que por muy justos y legítimas que hayan sido los motivos para decretar la suspensión de actividades, su ejercicio no puede rebasar los linderos fijados por la ley, con la realización de actos que sobrepasen la finalidad jurídica de la huelga, o que impliquen violencia o el ejercicio de presiones más allá de lo razonable y legalmente permitido".
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