Fallo de la Corte Constitucional levantó ampolla entre padres y docentes. Mientras unos avalan la sanción, otros abogan por soluciones educativas.
“Para el Tribunal, no se viola el derecho a la educación cuando un colegio sanciona con expulsión, previa intervención y análisis del Comité de Convivencia Escolar, a un estudiante por la utilización indebida de redes sociales”, señala la sentencia del alto tribunal.
El fallo de la Corte tiene que ver con un estudiante que divulgó “las fotos íntimas de una menor de edad (…) El Comité de Convivencia escuchó al adolescente y posteriormente fue sancionado con expulsión definitiva del plantel”.
“Más allá del caso concreto, los colegios, dentro del ámbito de su autonomía, están facultados para aplicar el manual de convivencia cuando los estudiantes afecten la dignidad de otro estudiante por medios digitales, garantizando, en todo caso, el derecho al debido proceso. Una fotografía intima compartida en un chat, por ejemplo, puede llegar a tener impactos inesperadamente sobredimensionados, mucho más allá de lo que pudieron inicialmente querer o pretender los involucrados”, advierte la sentencia.
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