En febrero pasado, el Ministerio de Transporte aclaró “que el uso del cinturón de seguridad es de carácter obligatorio desde el año 2004”.
Precisó que desde ese año, a “los vehículos fabricados, ensamblados o importados se les exigirá el uso de cinturones de seguridad en los asientos traseros, con las características técnicas de fijación y anclaje contempladas en el artículo 2° del presente acto administrativo”.
El hecho de que los pasajeros no lo utilicen amerita una sanción de quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes equivalente a $322.175 y no $450.000 como se ha especulado, indicó el Ministerio.
El Ministerio de Transporte aclaró a la opinión pública, en ese entonces, que la entidad no estaba imponiendo ultimátum ni plazos para su implementación.
Updated: marzo 19, 2015 02:51 p. m.