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Inquilinos de locales afectados por cuarentena podrán cancelar unilateralmente sus contratos

Tienen la posibilidad de hacerlo si no han llegado a un acuerdo con el arrendador, pero cumpliendo ciertos requisitos. Vea quiénes se benefician con el decreto.

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La norma busca mitigar los problemas de miles de arrendatarios que siguen con sus negocios cerrados por la cuarentena.

Para cancelar el contrato deben estar al día en el pago de los cánones de arrendamiento y de los servicios públicos y pagar al dueño del inmueble la tercera parte de la penalidad que se había acordado como sanción por incumplimiento de lo firmado.

Los beneficiados con la norma que rige desde el primero de junio son: bares, discotecas, billares, casinos, bingos, terminales de juegos de video, gimnasios, piscinas, spa, saunas, turcos, balnearios, canchas deportivas, parques de atracciones mecánicas, parques infantiles, cines y teatros, servicios religiosos que impliquen aglomeraciones, alojamiento y servicios de comida, eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas.

No existirá ninguna otra penalidad, multa o indemnización a cancelar.

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Además, el decreto deja claro que para que el arrendatario pueda terminar unilateralmente el contrato, deberá estar al día con el pago de los cánones de arrendamiento y los servicios públicos causados, así como las demás obligaciones pecuniarias a su cargo hasta la fecha de terminación del contrato.

La norma estará vigente hasta el 31 de agosto.

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