Por medio de un oficio, Carlos González Puche, director ejecutivo del gremio de futbolistas ACOLFUTPRO, solicitó al Ministerio del Deporte suspender el reconocimiento deportivo al Cali, debido a las deudas salariales que tiene con los jugadores de la plantilla profesional.
Cuando el conjunto 'azucarero' se encuentra cerrando la vinculación de su próximo director técnico, que sería Alberto Gamero, los problemas administrativos y economicos parecen no tener fin. El samario podría ser el reemplazo de Alfredo Arias.
Hay que indicar que el Cali viene arrastrando inconvenientes de flujo de caja en el último tiempo y por eso, la semana pasada hasta se manifestaron los hinchas, que llegaron hasta la sede administrativa con el fin de pedir la salvación de la institución.
Es evidente igualmente que al interior de los asociados existen divisiones, que no han permitido que salga a flote un plan que permita la llegada de inversionistas y hasta que se tome la vía de la venta del club.
Aquí el comunicado
"CARLOS F. GONZÁLEZ PUCHE, identificado con cédula de ciudadanía número 79.143.673, en mi calidad de Director Ejecutivo de la Asociación Colombiana de Futbolistas Profesionales - ACOLFUTPRO, sindicato que agremia los futbolistas profesionales de Colombia, con Registro Sindical No. I-007, del Ministerio de Trabajo y conforme a las facultades de Inspección Vigilancia y Control otorgadas al Ministerio del Deporte por el Artículo 61 numeral 8 de la ley 181 de 1995, los artículos 18, 34 y 36 del Decreto Ley 1228 de 1995 en especial el Art 37 de dicho decreto con relación a las funciones y atribuciones del MINISTERIO DEL DEPORTE en concordancia con el Art 10 de la Ley 1445 de 2011, me permito informarle que el Club Asociación Deportivo Cali, club con Deportistas Profesionales, organismo deportivo afiliado a la Federación Colombiana de Futbol, adeuda a los futbolistas profesionales el pago de 15 días del mes de abril, el salario del mes de mayo y 15 días del mes de junio".
"Con fundamento en lo anteriormente expuesto, su despacho podría establecer de manera sumaria, que este club con deportistas profesionales presenta obligaciones laborales con una mora superior a los 60 días y el incumplimiento de estas obligaciones da lugar a la suspensión del reconocimiento deportivo, de acuerdo a lo establecido en el Art. 8 Ley 1445 de 2011".
"En virtud de lo anteriormente expuesto le solicito muy respetuosamente que ordene a quien corresponda adelantar la correspondiente actuación administrativa para efectos de verificar los incumplimientos de las obligaciones laborales antes relacionadas y que se impongan las sanciones correspondientes".