El 20% de las parejas en Colombia tiene problemas para concebir y muchos no pueden pagar un tratamiento, pero fallo de la Corte Constitucional los beneficiará.
El alto tribunal amparó los derechos fundamentales de mujeres con infertilidad y ordenó que, en casos excepcionales, las EPS asuman parte de los costos en los tratamientos de fertilización in vitro, mientras que los usuarios harán un aporte mínimo para el mismo.
Las condiciones para acceder a este beneficio son:
- Que la pareja esté en el rango de edad para buscar un embarazo.
- Que tengan prescripción médica de un especialista de la EPS.
- Demostrar que carecen de capacidad económica para pagar el tratamiento de fecundación in vitro.
- Que no hayan tenido hijos.
- No haber acudido a la fecundación in vitro antes.
- Demostrar que la ausencia del procedimiento de fertilización in vitro vulnera o pone en inminente riesgo la vida de la mujer.
- Solo se financiarán tres intentos para la fecundación.
La Corte Constitucional subrayó que la ausencia de regulación no puede implicar que se mantenga indefinidamente el déficit de protección que afecta a las personas con problemas de fertilidad.
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Según la OMS, la infertilidad en una enfermedad.
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