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El pasado martes, 10 de diciembre de 2024, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) anunció cambios en el formulario que existe actualmente para quienes desean obtener la residencia permanente en ese país a través de la green card (tarjeta verde).
El organismo aseguró que se suprimieron algunos apartados del documento en la sección de preguntas e instrucciones para que el proceso sea más rápido.
“La revisión del formulario es parte de nuestra iniciativa de toda la agencia para reducir la carga sobre las personas que solicitan beneficios y servicios de inmigración”, se lee en un comunicado del USCIS.
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¿Cuáles son los cambios para sacar la green card?
En el proceso para acceder a la green card, los elegibles deben diligenciar en su totalidad el formulario I-485, solicitud de registro de residencia permanente o ajuste de estatus.
Sobre este documento, el USCIS manifestó que se aplicarán los siguientes ajustes:
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Con este cambio, la entidad espera que disminuya la confusión entre los solicitantes y optimizar la recopilación de información al consolidar y aclarar las instrucciones y los requisitos.
¿Desde cuándo se aplicarán estos cambios para solicitar la green card?
Los ajustes realizados por el USCIS ya se encuentran disponibles en la nueva edición del formulario I-485, con fecha del 24 de octubre de 2024.
Cabe mencionar que esta versión es la única válida por el USCIS para realizar la solicitud de la green card a partir del 10 de febrero de 2025. Mientras tanto, las personas pueden seguir presentando cualquiera de las dos ediciones anteriores a este formulario con fechas del 08/28/24 M y 08/28/24.
Así lo ratificó el USCIS: “A partir del 10 de febrero de 2025, solo aceptaremos la edición del formulario I-485 con fecha del 10/24/24 y rechazaremos las ediciones anteriores”.
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En el caso de los solicitantes que deben presentar el formulario I-693 (Informe de Examen Médico de Inmigración y Registro de Vacunación) u otro relacionado con vacunación parcial, este ya se encuentra vigente con las actualizaciones pertinentes. Es decir, que si usted va a hacer el proceso sin el formulario I-485 o el formulario I-693, el proceso puede ser negado por el organismo de control.
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