Una orden de detención domiciliaria y la obligación de pagar una multa de 3 salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes sería la sanción impuesta por el Juzgado Promiscuo de San Carlos (Antioquia) contra Jorge Londoño de la Cuesta, gerente de Empresas Públicas de Medellín (EPM).
La historia comenzó con una tutela interpuesta por un ciudadano que pedía la instalación del servicio de energía eléctrica en su inmueble localizado en la vereda La Garrucha, corregimiento Puerto Garza, del municipio de San Carlos en la subregión del Oriente antioqueño.
Según EPM, la respuesta de la empresa fue que “no era posible hacer la instalación del servicio de energía eléctrica, debido a que por la ubicación de su vivienda no cumplía con lo establecido en la ley 1228 de 2008, que prohíbe la instalación de servicios públicos en inmuebles que, como en este caso, no cumplan con los retiros obligados a las vías y otras consideraciones ambientales”.
Y aunque, según EPM, el Juez visitó el predio en compañía de trabajadores de la empresa para verificar las condiciones de la solicitud, posteriormente “decidió imponer sanción al representante legal de EPM por desatender la orden impartida en el trámite de este proceso, consistente en dos días de arresto y multa de tres salarios mínimos legales mensuales vigentes”.
La decisión fue apelada y EPM está en espera de que la instancia superior la reverse.
Updated: octubre 06, 2016 10:03 a. m.