Tribunal falló en contra de una mujer de 28 años que se había casado con un hombre de 95 para reclamar un seguro de vida y anuló esta unión.
La sala de casación civil estudió la tutela que la demandante presentó y en la que alegaba violación al debido proceso y a la igualdad, tras un fallo a favor de la compañía Seguros de Vida Suramericana S.A.
Esta se negaba a reconocerle un seguro al considerar que era un matrimonio ficticio y que se había realizado con el único fin de que la mujer se beneficiara.
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Tras estudiar el caso, el alto tribunal consideró que el matrimonio no cumplía con los requisitos que exige la ley colombiana para que sea válido el contrato.
“Un matrimonio puede ser fingido en la medida en que los contrayentes declaran públicamente querer contraer nupcias, con todos los derechos y obligaciones connaturales. Sin embargo, su intención real es otra totalmente diferente, estando así ante una discrepancia entre la voluntad y su revelación”, indicó la corte en el fallo.
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Por esta razón, el tribunal consideró que dichos matrimonios pueden ser declarados nulos. Esta nulidad puede ser pedida por los contrayentes, herederos o terceros que tengan un interés. En este caso, la aseguradora que se veía perjudicada por la falsedad del matrimonio.
Vea aquí el fallo completo de la Corte Suprema:
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