Los conductores de vehículos particulares que se movilicen por Villavicencio entre el lunes 24 y el lunes 31 de agosto de 2026 deberán tener en cuenta la rotación del pico y placa establecida para este año. La medida se aplica de lunes a viernes y restringe la circulación de acuerdo con el último dígito de la placa.
La regulación fue establecida mediante el Decreto 015 de 2026, expedido por la Alcaldía de Villavicencio, y permanecerá vigente hasta el 22 de diciembre. El decreto conserva el mismo polígono de restricción definido durante 2025.
Así funcionará el pico y placa en Villavicencio
Para los vehículos particulares, la restricción opera en dos franjas horarias durante los días establecidos: de 6:30 a.m. a 9:30 a.m. y de 5:00 p.m. a 8:00 p.m.
Para la semana comprendida entre el 24 y el 31 de agosto, la programación queda así:
- Lunes 24 de agosto: restricción para placas terminadas en 5 y 6.
- Martes 25 de agosto: restricción para placas terminadas en 7 y 8.
- Miércoles 26 de agosto: restricción para placas terminadas en 9 y 0.
- Jueves 27 de agosto: restricción para placas terminadas en 1 y 2.
- Viernes 28 de agosto: restricción para placas terminadas en 3 y 4.
- Sábado 29 de agosto: no aplica la medida para vehículos particulares.
- Domingo 30 de agosto: no aplica la medida para vehículos particulares.
- Lunes 31 de agosto: nuevamente tendrán restricción las placas terminadas en 5 y 6.
Además, los vehículos que tengan pico y placa pueden circular por las vías que delimitan el polígono de restricción, siempre y cuando no ingresen a la zona restringida.
Por eso, conocer los límites del área donde opera la medida también resulta importante para los conductores que necesiten desplazarse por la ciudad.
¿Cuál es la multa por incumplir el pico y placa?
El incumplimiento de la restricción puede generar un comparendo C14, equivalente a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, además de la inmovilización del vehículo.
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La Secretaría de Movilidad de Villavicencio advirtió que esta sanción se aplica a quienes incumplan la medida e ingresen al polígono donde opera la restricción.
Ante esto, los conductores pueden consultar previamente el último dígito de su placa y organizar sus desplazamientos de acuerdo con el calendario establecido.
¿Qué pasa con los taxis?
La regulación también contempla una medida diferente para los vehículos de servicio público individual tipo taxi. En este caso, la restricción funciona de lunes a domingo, entre las 6:00 de la mañana y la medianoche, de acuerdo con el último dígito de la placa nacional.
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El decreto establece, además, que los taxis pueden movilizarse en determinados horarios exclusivamente para realizar labores de mantenimiento: de 6:30 a 8:30 de la mañana, de 1:00 a 2:00 de la tarde y de 3:00 a 5:00 de la tarde.
Para hacerlo, deben llevar un aviso visible en los vidrios delantero y trasero con la frase “Fuera de servicio” y no pueden transportar pasajeros durante estos desplazamientos.
Este texto fue realizado con colaboración de un asistente de IA y editado por un periodista que utilizó las fuentes idóneas y verificó en su totalidad los datos. Cuenta con información y reportería propia de Noticias Caracol.
HEIDY ALEJANDRA CARREÑO BELTRAN
NOTICIAS CARACOL
Hcarrenb@caracoltv.com.co