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Si no sabe que pasó con un carro o una moto que estaba a su nombre haga traspaso

Por un año  se amplió el periodo para realizar el traspaso a persona indeterminada. Así lo anunció el Ministerio de Transporte, mediante la Resolución 3123 del 17 de octubre.

El traspaso a persona indeterminada puede solicitarse ante el organismo de tránsito donde se encuentre registrado el vehículo, el último propietario inscrito (personalmente o por intermedio de un apoderado) que demuestre que han transcurrido al menos tres años contados desde el momento en que dejó de ser poseedor del vehículo, sin haber realizado el respectivo trámite.

Además del requisito anterior para realizar el trámite se necesita: Estar a paz y salvo por concepto de multas, comparendos y obligaciones tributarias que graven el vehículo; demostrar que no se cuenta con el contrato de compraventa para efectuar el trámite de traspaso y diligenciar el formulario que se entrega en el organismo de tránsito.

Después de realizar el trámite el propietario inscrito salva su responsabilidad con relación al vehículo objeto del traspaso. Luego de transcurridos tres años de la inscripción del trámite,  el organismo de tránsito está facultado para la cancelación de la licencia o matricula de tránsito de dicho vehículo. 

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