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Registraduría deja convocatoria de consulta popular en manos de las altas cortes

Hernán Penagos explicó que espera decisiones jurídicas de las altas cortes para tomar determinaciones sobre la convocatoria. Ministro Benedetti respondió.

Registrador Hernán Penagos se pronuncia sobre decreto de la consulta popular.
Registrador Hernán Penagos se pronuncia sobre decreto de la consulta popular.
Colprensa / Redes sociales

El registrador nacional, Hernán Penagos, explicó el camino que va a tomar la consulta popular luego que el presidente Gustavo Petro firmara el decreto para convocar a la ciudadanía a votación. En una rueda de prensa, este funcionario dijo que se hizo un estudio muy juicioso y de carácter autónomo, llegando a la conclusión de que hasta no se tenga claridad jurídica no se adelantará, por ahora, este proceso y esta decisión debe quedar en poder de las altas cortes.

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Penagos explicó las demandas al decretode la consulta popular por considerarla inconstitucional, las cuales espera que se resuelvan para tomar una determinación sobre la convocatoria. "Es clara la controversia jurídica entre el ejecutivo y legislativo", dijo. No obstante, se comprometió a cuatro acciones que se adelantarán para resolver la discusión, como solicitar concepto de la sala de consulta y servicio del Consejo de Estado, remitir una copia a la agencia Nacional de defensa jurídica del Estado, copia también a la Procuraduría y la solicitud a las altas cortes para que se pronuncien sobre las demandas que cursan contra la consulta.

Antes de explicar la decisión, Penagos se refirió a las demandas contra el decreto de la consulta. Entre estas destacó las 11 demandas de inconstitucionalidad en la Corte Constitucional. Además, en el Consejo de Estado hay 10 accidentes de nulidad simple, 34 acciones de nulidad por inconstitucionalidad y 97 tutelas.

¿Cómo sería una eventual consulta popular?

Una vez las altas cortes definan si es válido el decreto, la Registraduría -explicó Penagos- necesitaría tres meses para organizar la logística y llevar a cabo las votaciones. Para ese proceso, dijo, se tendría que capacitar a cerca de 650.000 jurados en Colombia, que es un trámite dispendioso para que el proceso se adelante de manera impecable. En tanto, si no hay lugar al proceso no se adelantará.

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"En el caso de la consulta popular se tienen dos momentos: verificar el umbral de participación y verificar, una a una, las preguntas que se ponen a disposición", añadió.

"Está en juego el principio de separación de poderes"

Luego de la decisión, elministro del Interior, Armando Benedetti, respondió de inmediato y dijo que Penagos "es un simple operador logístico que no está acatando las órdenes de un decreto”. A lo manifestado por el jefe de la cartera política, el registrador también le respondió manifestando que "la Registraduría es una autoridad electoral y hay que leer la Constitución". Añadió que el proceso de logística requiere unos tiempos pertinentes y recordó la decisión del Senado con la nulidad de la consulta popular es un acto administrativo y "definitivo", por lo que el Consejo de Estado tendrá que decidir "si fue constitucional o no la votación".

"Hay que entender que así como puede gozar del principio de presunción de legalidad, la decisión del Gobierno Nacional también puede gozar del mismo. Estamos antes una controversia o tensión de poderes que no tiene precedentes en Colombia. Está en juego el principio de separación de poderes y la Registraduría no puede, simplemente, aceptar el pronunciamiento de una de las partes y dejar a un lado el de la otra", explicó Penagos en la rueda de prensa.

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Ante esta situación, el registrador insistió que la diferencia debe ser resuelta por las altas cortes y, una vez se conozca su decisión, la entidad que tiene a su cargo puede actuar adelantando o no la convocatoria.

CRISTIAN ÁVILA JIMÉNEZ
NOTICIAS CARACOL