Así lo determinó la Corte Constitucional en un fallo en el que asegura que no cubrir dicho servicio afecta a los pacientes.
Y es que para muchas personas que padecen obesidad mórbida, es decir, quienes tienen el doble del peso normal, se convierte en un drama asistir a los tratamientos médicos porque el servicio de transporte no hace parte como tal del tema de salud.
Ahora bien, la corte determinó que, siempre que se demuestre que un paciente que tiene esta obesidad no cuenta con los recursos para trasladarse al médico para sus tratamientos y que estos son esenciales, las EPS deben garantizar su transporte.
El pronunciamiento cobra importancia al conocerse el caso de Didier Silva, un joven de 22 años y un peso de 400 kilos que, después de una ardua lucha, logró su traslado para su tratamiento.
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El alto tribunal señala que, al negar el transporte a estos pacientes, las EPS violan derechos como el de la vida, salud y al mínimo vital.
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