
El Aguardiente Amarillo Manzanares, propiedad de la Industria Licorera de Caldas (ILC), recibió el aval para venderse durante los próximos 10 años en Antioquia, junto con el Aguardiente Cristal, el mercado más grande de esta bebida en el país. Se trata de una de las decisiones más relevantes luego de que la Corte Constitucional puso fin al monopolio de aguardiente en Colombia, en febrero de este año, por ir en contra de "la libre competencia".
“Es la noticia más importante para nuestra empresa en los últimos años. Entrar al mercado de aguardiente más grande del país, con ventas de hasta 30 millones de unidades al año, es clave para nuestro futuro y sostenibilidad”, indicó Diego Angelillis Quiceno, gerente general de la ILC, según informó el periódico El Colombiano.
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La noticia también se dio a conocer por medio de sus redes sociales, donde Aguardiente Amarillo de Manzanares escribió: "Seguimos haciendo historia, desde hoy Antioquia Vive Sin Fronteras. El Pionero de los Aguardientes próximamente disponible en tierra paisa". Tras la decisión de la Corte, esta marca de aguardiente también había anunciado su comercialización en otros departamentos como Nariño y Caquetá.

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El año pasado, la ILC logró vender 13 millones de botellas de Aguardiente Amarillo en el país, consolidándose como una de las grandes marcas a nivel nacional. Aunque no se tiene certeza de cuáles son las metas para 2025, han mencionado que tras la decisión de la Corte planean seguir expandiéndose, incluso en mercados donde en meses anteriores les habían cerrado las puertas,como es el caso de Cundinamarca. Cabe resaltar que en Antioquia, según El Colombiano, los caldenses ya tienen presencia con el Ron Viejo de Caldas, que vendió 7 millones de unidades en ese territorio durante 2024.
“Aunque aún no tenemos un estimado del crecimiento en ventas, lo que sí es seguro es que contamos con la capacidad instalada en nuestra planta, disponibilidad de producto y el compromiso de nuestro equipo de colaboradores para responder a este reto. Adicionalmente, con el apoyo de nuestro distribuidor en Antioquia esperamos muy pronto estar en todos los canales de comercialización”, afirmó Angelillis Quiceno.
La decisión de la Corte sobre monopolio de aguardiente
En febrero de 2025 la Corte Constitucional declaró inexequibles los incisos primero y segundo del artículo 28 de la Ley 1816 del 2016, el cual se refiere a una protección especial al aguardiente colombiano. Estos incisos decían que "los departamentos que ejerzan el monopolio de la producción directamente, o por contrato, quedan facultados para suspender la expedición de permisos para la introducción de aguardiente, nacional o extranjero, en sus respectivas jurisdicciones".
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La norma indicaba que las autoridades de los departamentos podían prohibir el ingreso de marcas de aguardiente que no fueran de esa jurisdicción por hasta 6 años, si esto representaba una "amenaza de daño grave a la producción local, sustentado en la posibilidad de un incremento súbito e inesperado de productos similares, provenientes de fuera de su departamento a su territorio".
No obstante, la Corte indicó que estos incisos no impulsaban la libre competencia y la libertad de elección de los consumidores: "Las normas acusadas exceden y desbordan lo que señala la Constitución al permitir los monopolios como arbitrios rentísticos y restringen de manera arbitraria la libertad económica".
Con la decisión, que contó con la ponencia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez, los colombianos ahora están autorizados para consumir el aguardiente de su preferencia, independiente del lugar en donde sea producido. “La libertad de elegir qué tipo de aguardiente consumirán se reduce a las variedades que produzca la industria licorera departamental”, añadió la Corte Constitucional.
LAURA VALENTINA MERCADO
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