Se presume que el accionar del escolta de Alan Ramírez contra los tres ladrones
que intentaron robar a la mamá del artista fue un caso de legítima defensa. Sin embargo, será la Justicia quien determine lo anterior.
¿Qué hizo el escolta de Alan Ramírez?
Tres sujetos abordaron a la mamá de Alan Ramírez con la intención de robar la camioneta en la que la señora se transportaba. Sin embargo, la reacción del escolta impidió que los ladrones lograran su cometido, pues solo se llevaron el celular de mujer. El guardaespaldas persiguió a los asaltantes e hizo que se estrellaran contra el muro de un colegio. Los malandros decidieron seguir su huida a pie.
Empecinado en alcanzarlos, el escolta se subió a una cicloruta, embistió a uno de los sujetos y chocó con un árbol. Al sitio llegaron ambulancias para atender al ladrón herido, que fue remitido hasta la clínica Santa Juliana. Allí lo ingresaron a la unidad de cuidados intensivos, debido a que su estado de salud es crítico.
La Policía de la localidad de Rafael Uribe Uribe trabaja para dar con otro de los delincuentes que participó en el hurto a la mamá de Alan Ramírez. Al parecer también resultó herido y es muy probable que haya llegado a algún centro asistencial para conseguir ayuda.
Marlon Díaz, abogado penalista, dio su punto de vista respecto a la reacción del escolta de Alan Ramírez. El experto explicó la proporcionalidad entre la legítima defensa y la agresión.
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"Esa proporcionalidad es uno de los requisitos que exige la causal de ausencia de responsabilidad que se denomina legítima defensa. Debe existir proporcionalidad entre los bienes jurídicos que se encuentran en conflicto, entre los medios usados para repeler un ataque que es injusto y, por supuesto, en la medida que se use la reacción frente a una agresión que se está recibiendo por parte de un ciudadano", señaló el abogado.
Díaz considera que la reacción del guardaespaldas de Alan Ramírez sí fue un caso de legítima defensa: "Aquí tal vez la discusión, más que en la proporcionalidad, podría estar en la actualidad e inminencia del riesgo a un bien jurídico, en este caso la afectación es al bien jurídico del patrimonio económico de la víctima".
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"Creo que por los hechos y por la inmediatez de los mismos es una reacción que sería legítima que, por supuesto, tiene que valorar un juez al momento en que solicite la Fiscalía General de la Nación una preclusión por tratarse de una conducta que se denomina justificada", agregó.
Legítima defensa y justicia por mano propia
La legítima defensa es una causa de ausencia de responsabilidad penal cuando una persona actúa por la necesidad de defender un derecho propio o ajeno contra una agresión injusta, actual o inminente, siempre que la defensa sea proporcionada a la agresión.
Esto significa que no se castigará a quien cometa un delito para protegerse a sí mismo o a otro de un ataque ilegítimo que ponga en peligro su vida, su integridad, su libertad o su patrimonio, siempre que no exceda los límites razonables de la defensa. La legítima defensa está consagrada en el artículo 32 del Código Penal.
La justicia por mano propia es una forma de hacer justicia sin acudir a las autoridades competentes, mediante el uso de la violencia o la coacción contra quien se considera culpable de un delito. Esto implica que se castigará a quien cometa un delito para vengarse o castigar a otro por un hecho anterior o posterior, sin tener en cuenta las circunstancias ni las pruebas del caso.
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La justicia por mano propia está prohibida y sancionada por el Código Penal, según el tipo y la gravedad del delito cometido.
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