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¿Procuraduría puede investigar a funcionarios de elección popular? Esto dice Corte Constitucional

Los alcances de los fallos de la Procuraduría han sido tema de debate, en particular tras un fallo de la Corte IDH sobre Gustavo Petro. La Corte Constitucional puso fin a la discusión.

¿Procuraduría puede investigar a funcionarios de elección popular? Esto dice Corte Constitucional

La decisión de la Corte Constitucional le permite a la Procuraduría General mantener sus facultades para investigar y sancionar a los funcionarios de elección popular. Sin embargo, en su fallo, el alto tribunal decidió que, para hacer efectiva la sanción que imponga la Procuraduría, esta deberá ser revisada y avalada por el Consejo de Estado.

Con ponencia de los magistrados Juan Carlos Cortés y José Fernando Reyes, el alto tribunal decidió que “la Procuraduría General de la Nación es competente para investigar y juzgar disciplinariamente a los funcionarios públicos, incluidos los servidores de elección popular, salvo que gocen de fuero constitucional”.

“Por un lado, se respetan las facultades constitucionales de investigación y juzgamiento disciplinario del órgano del control y, por otro lado, se asegura la reserva judicial, debido a que la decisión final sobre la imposición de la sanción disciplinaria corresponde a un juez de la República”, enfatizó el alto Tribunal.

En su fallo, la Corte Constitucional también le pidió al Congreso que adopte un estatuto de servidores públicos de elección popular y un régimen especial para ellos.

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“La Procuraduría no seguirá emitiendo sentencias judiciales de procesos judiciales administrativos, como venía sucediendo desde antes. No pierde la Procuraduría la capacidad de investigar, instruir los procesos disciplinarios, aun de funcionarios elegidos popularmente”, explica Juan David Mesa, experto en Derecho Constitucional de la Universidad Católica.

La revisión de la sanción que imponga la Procuraduría será automática.

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“Este recurso extraordinario de revisión va a operar de manera automática y no como venía sucediendo con anterioridad, que era un recurso rogado, como suele suceder en lo contencioso administrativo”, agrega Mesa.

Dice la Corte Constitucional que es un fallo que pondera las facultades constitucionales de investigación y juzgamiento disciplinario de la Procuraduría, al dejar en manos de un juez administrativo la sanción final disciplinaria.

Así las cosas, quedan en firme, de los 63.211 procesos, las 7.749 investigaciones que existían en contra de funcionarios de elección popular.

Funciones de la Procuraduría, un tema polémico


El tema de las facultades de la Procuraduría ha sido debatido desde hace varios años, en parte por el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre la destitución del entonces alcalde de Bogotá y hoy presidente de Colombia, Gustavo Petro.

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En una sentencia de 2020, ordenó modificar el sistema de juzgamiento disciplinario de los elegidos. Consideró que para que un funcionario elegido en las urnas sea apartado de su cargo e inhabilitado debe haber una condena penal.

A raíz de este fallo, una demanda de la Comisión Colombiana de Juristas sostenía que el Estado no ha cumplido con esa sentencia.

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