La Corte Constitucional le ordenó este miércoles, 24 de abril de 2024, al Congreso retomar el proceso para la elección de contralor general, tras la nulidad de la elección de Carlos Rodríguez.En contexto: Corte Constitucional ordenó suspender elección de contralor general que se adelanta en el CongresoEl alto tribunal, al fallar una tutela interpuesta por el excontralor, le ordena al Legislativo rehacer, a la mayor brevedad posible, el proceso de elección del contralor general de la República a partir de la elaboración de la lista de diez elegibles.Para cumplir con ese trámite, se debe tener en cuenta el listado de 20 habilitados entregado al Congreso de la República por la Universidad Industrial de Santander el 14 marzo de 2022 y las reglas de la convocatoria, en particular, los criterios de paridad de género y de mérito, de conformidad con la parte motiva de esta sentencia.En el fallo se descarta que Carlos Rodríguez pueda regresar a su cargo directamente, pero sí puede participar en el proceso de elección que se retomará a partir de la elaboración de la lista de diez elegibles, así que se mantiene la decisión del Consejo de Estado que anuló su elección por vicios de procedimiento en el Congreso.Otros hechos: Petro propone ahora subir umbral a 4 salarios mínimos para cotizar obligatoriamente en Colpensiones
Este martes, 16 de abril de 2024, la Corte Constitucional decidió que los 25 militares involucrados en la muerte de 11 personas en la vereda del Alto Remanso, Putumayo, quedarán en manos de la justicia ordinaria, por lo que la Fiscalía les imputará cargos.Abatido alias Chilingo, presunto cabecilla de las disidencias de las FARC, en CaquetáLos delitos por los que tendrán que responder los militares son los de homicidio en persona protegida y tentativa de homicidio en persona protegida, por las heridas causadas a una mujer en estado de embarazo.La masacre del Alto Remanso, Putumayo, se dio el 28 de marzo de 2022 durante la operación denominada Mahlon. Dentro de las 11 personas que murieron estaban una mujer embarazada, un menor de 16 años y un gobernador indígena.En días pasados, en el programa Los Informantes, la familia de Brayan Santiago, el adolescente de 16 años que perdió la vida en la masacre del Alto Remanso, pidió por justicia.Aunque las autoridades afirmaron que las víctimas eran guerrilleros, organizaciones de derechos humanos y la comunidad local aseguran que muchos de ellos eran civiles inocentes.El dolor de Rodolfo Pama, padre de Brayan, refleja el sufrimiento de una población que busca respuestas y consuelo en medio de la confusión y el dolor.Capítulo: Masacre en Alto Remanso, la exhumación de Tomás Carrasquilla y un viajero solitario
La decisión de la Corte Constitucional da mayores garantías para las disposiciones judiciales sobre el traslado de fondo de pensiones de algunos usuarios que entre 1994 y 2009 quisieron cambiarse y no pudieron hacerlo.Iván Name levantó sesión de reforma pensional en protesta por cuestionamientos del presidente PetroEl conjuez en este proceso asegura que no habrá nuevas condiciones, pues “no tiene un efecto restrictivo, sino, por el contrario, tiene una orientación flexible que facilita a los interesados esta transferencia”.¿Qué cambia en los procesos de traslado de fondos de pensiones con el fallo de la Corte?El cambio que trae este fallo se explica así, antes: El fondo de pensiones tenía que probar si había informado bien sobre el traslado al usuario.Las AFP tenían la carga de la prueba.Ahora:Las pruebas las pueden pedir todas las partes.El fondo pensional puede pedir y aportar diferentes pruebas.El juez debe valorar todo el expediente en conjunto.En este contexto, Andrés Felipe Izquierdo, experto en pensiones, señala que “ahora el demandante también tendrá la obligación de cara al proceso, de demostrar cuál fue la desinformación o presentar las pruebas que le permitan al juez concluir que, en efecto, esa persona fue mal asesorada o que sobre su caso particular se omitió información que hubiere sido vital para que la persona tomara una decisión consciente, informada y, por supuesto, responsable”.En cuanto al papel que ahora va a jugar el juez en este tipo de procesos, “debe decretar y valorar todas las pruebas en igualdad de condiciones. Procurar de manera oficiosa la obtención de pruebas de acuerdo con las enlistadas en el Código General del Proceso, valorar las pruebas decretadas y debidamente practicadas con su inmediación de manera individual y en conjunto con las demás”, indicó Gina García, abogada laboralista.De otra parte, las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) siguen teniendo la obligación de demostrar que cumplieron con sus deberes y de la asesoría e información brindada a los afiliados.El fallo se emitió al resolver 25 acciones de tutela por la ineficacia de traslados de fondos pensionales.¿Qué han dicho los involucrados?En Cartagena, donde se realiza el Congreso de los Fondos Privados de Pensiones, hubo reacciones apoyando esta decisión de la Corte Constitucional.El fallo fue uno de los temas principales debatidos en dicho congreso, donde los asistentes señalaron que esto no implica nuevas cargas para quienes quieren hacer esos traslados. Lo que sí consideran es que se podría afectar el negocio de muchas empresas de abogados que trabajan en el sector pensional.Debate por la reforma pensional caldeó los ánimos en el Congreso de la República“Lo que va a haber es un debate probatorio, significa que los abogados que están montando este negocio de traslados tienen que trabajar y hacer mejores demandas, con más pruebas. Eso es lo que significa”, puntualizó Clara Elena Reales, vicepresidenta jurídica de Asofondos.Se vuelve a hablar de la reforma pensionalEl otro tema crucial debatido en el mencionado evento en Cartagena es la reforma pensional que cursa con percances en el Congreso de la República.“Trabajemos o le pedimos al Congreso, a los senadores, trabajar muchísimo en estos días. Si hay necesidad de volver a poner cifras sobre la mesa, pues los académicos, los gremios, todos estamos dispuestos a hacerlo, para para hacer un esfuerzo muy grande y sacar una buena reforma pensional”, comentó Santiago Montenegro, presidente de la Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantía, Asofondos.Para Asofondos, la reforma pensional debe cambiarse y cumplir con lo siguiente:El umbral que hoy está en tres salarios mínimos a solo un salario mínimo para las personas que obligatoriamente deben estar en Colpensiones. El ahorro pensional se debe estimular y durar en el tiempo, que no se gaste en otras cosas, por ejemplo, en subsidios estatales.Debe permitir que la gente pueda ver sus recursos bien administrados. Por lo que deben ser dirigidos por una entidad que sea independiente (diferentes a las AFP actuales), para que los recursos de los colombianos estén a salvo.¿A qué edad es recomendable empezar a cotizar pensión? Ojo a esta información
La Corte Constitucional ordenó al presidente del Senado someter a votación el articulado conciliado de la ley del Plan Nacional de Desarrollo, para subsanar el vicio por la no publicación en tiempo del informe de conciliación.Iván Name levantó sesión de reforma pensional en protesta por cuestionamientos del presidente Petro“La no publicación el día anterior a la aprobación en el Senado del articulado conciliado en la ley del Plan Nacional de Desarrollo es un vicio en el trámite legislativo que, bajo estrictos criterios, puede subsanarse en aplicación del parágrafo del artículo 241 de la Constitución”, detalló el alto tribunal.Esta decisión la adoptó la Corte Constitucional al conocer una demanda por vicios de procedimiento.La Corte Constitucional advirtió que, hasta tanto no se profiera decisión sobre la constitucionalidad de la ley demandada, esta seguirá vigente y surtirá efectos una vez regrese del Senado al alto tribunal.Los artículos conciliados son los contenidos en el informe de conciliación publicado en la Gaceta 427 de 2023 y son los siguientes: 3, 8, 9, 14, 17, 25, 29, 34, 36, 45, 49, 87, 91, 108, 152, 153, 159, 174, 184, 187, 191, 199, 207, 245, 263, 267, 281, 301, 316, 338, 356, 361, 370, 371 y 373.También están el artículo nuevo sobre Consejo Nacional Electoral, artículo nuevo extinción de obligaciones EIS Cúcuta, artículo nuevo control tráfico de fauna, artículo nuevo explotación estratégica de cobre, artículo nuevo educación para el trabajo, artículo nuevo regiones autonómicas, artículo nuevo personal de las comisarías de familia, artículo nuevo bingo electrónico, artículo nuevo beneficio auditoria, artículo nuevo estrategia de lucha nacional contra la corrupción.Mininterior invitó en el Congreso a un acuerdo nacional para construir una ley de reconciliación
Este miércoles, 10 de abril de 2024, la Corte Constitucional emitió un fallo sobre una de las causales de divorcio y cómo debe aplicarse. Señaló que se debe aplicar un condicionamiento si una pareja se divorcia porque alguno de los cónyuges consume sustancias alucinógenas.¿Cuál es la mejor diferencia de edad entre una pareja? Esto dice la cienciaEn Colombia, el divorcio es legal por seis causales: el abandono o incumplimiento, el consumo habitual de sustancias alucinógenas o estupefacientes, embriaguez habitual, separación de cuerpos, las relaciones sexuales extramatrimoniales y los ultrajes, trato cruel y maltratamiento de obra.En este contexto, la Corte Constitucional señaló que el consumo habitual de sustancias alucinógenas o estupefacientes va a permanecer como una causal legal para solicitar el divorcio e Colombia. Pero hay una condición: el cónyuge que no consume estas sustancias no podrá pedir ningún tipo de solicitud. Esto quiere decir que no tendría derecho a una cuota alimentaria, entre otros.La decisión fue tomada por la Corte Constitucional al considerar que, si bien es cierto que hay una persona que consume drogas, este cónyuge lo puede hacer amparado en el derecho al libre desarrollo de la personalidad. Pero la otra persona que no consume tiene derecho a separarse y a no soportar esta situación, dejando en claro que de por medio no habrá ninguna obligación económica, ya que se respetaría el derecho de cada uno de los cónyuges.Sobre este fallo, Harold Hernández, abogado especialista en Derecho Civil, señala que “la novedad en este pronunciamiento radica en que, si esa causal de divorcio prospera, el cónyuge que es consumidor habitual de estupefacientes no será condenado al pago de alimentos como sucedía antes. De esta forma, la Corte Constitucional reconoce el derecho al libre desarrollo de la personalidad por parte del cónyuge consumidor de estupefacientes y le respeta el derecho al otro cónyuge a solicitar la terminación del matrimonio”.Cabe mencionar que la Corte Constitucional aclara que no será una causal de divorcio cuando el cónyuge consuma sustancias psicoactivas o estupefacientes por prescripción médica.Sofía Vergara y Joe Manganiello llegan al final de su divorcio: así repartieron sus fortunas
La Corte Constitucional realizó una audiencia para evaluar el cumplimiento del sistema de salud a los pacientes. Durante la diligencia, el presidente del alto tribunal hizo un fuerte llamado a la Superintendencia Nacional de Salud.Compensar le dice a Petro que "siempre quisimos ser gestores y no llegamos a un acuerdo"José Fernando Reyes cuestionó al Gobierno, incluida la Superintendencia de Salud, pues señala que no hay un diagnóstico serio, que a veces se les piden unas cifras y las entregan incompletas, lo que provoca que se agrave aún más la situación y que se creen políticas públicas para toda la crisis.No obstante, también les jaló las orejas a los organismos de control, argumentando que no se sabe qué agenda están siguiendo en este momento, teniendo en cuenta que no hay imputaciones respecto a los hechos de corrupción que se ejecutan en materia de salud. "La Superintendencia nos dice que no tiene problema sobre la calidad de la información, esa es una de sus funciones, tenía que haber siquiera una indagación, señor representante de la Superintendencia. Muy mala calidad de la información. No nos contestan y nos quedamos con las manos cruzadas. ¿Para qué es el poder punitivo?, ¿y el del fiscal?, ¿y el suyo, señor delegado de la Superintendencia? Creo que es muy grave. Quisiera que ustedes aquí, en esta sesión técnica, nos digan de verdad qué clase de agendas tienen en la persecución de la corrupción, pero, además, de la mala calidad de la información que al final frustra las políticas públicas", reclamó el presidente de la Corte.Compensar EPS "presenta pérdidas por 300 mil millones de pesos" a diciembre de 2023Ministro de Salud habló de crisis en CompensarA esta audiencia también fue citado el ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, quien señaló que ellos están cumpliéndoles a las EPS, que no les están quitando dinero, pero también habló sobre la situación en Compensar y señaló que estudiarán el tema.Jaramillo dijo que se reunirá con los representantes de esta EPS para buscar alguna salida, pero que toda esta situación le da la razón al Gobierno. El jefe de la cartera mencionó que, mientras la reforma estuvo en el Congreso de la República, muchas EPS les informaron que estaban interesados en liquidarse."Muchas EPS ya nos habían dicho a nosotros que querían transformarse y estaban esperando que se pudiera tramitar la ley. Hoy están en una situación supremamente compleja y vean ustedes cómo Compensar ha tomado una determinación, y seguramente no es solo Compensar, sino que puede ser cualquier otra. Entonces tenemos que buscar alternativas y soluciones que no están dentro de ese marco, porque para eso hay que cambiar la ley", recalcó el ministro de Salud.Otros de los citados a esta audiencia fueron los pacientes, quienes han señalado que ante la solicitud de liquidación de Compensar, ellos creen que otras EPS tomarían el mismo camino. También denuncian que no son escuchados.¿A quién pertenece la Nueva EPS, que fue intervenida por el Gobierno nacional?"Creemos que la tendencia va hacia allá porque la sostenibilidad del sistema no aguanta más. Todo el mundo está perdiendo plata y, si no hay plata, nadie va a atender a los pacientes y hoy se está poniendo en peligro la estabilidad de muchas organizaciones y la vida de los pacientes", expresó Denis Silva, paciente."El señor ministro no nos recibe a los pacientes, recibe a los que piensan como ellos, a los del mismo grupo político. Y la salud no tiene color político ni tiene ninguna condición, la salud es para todos los colombianos", agregó María Inés Delgado, vocera de pacientes renales.La Corte Constitucional evaluará dichas declaraciones y la respuesta que el Gobierno le está dando a todas las órdenes para que se les cumpla a los pacientes que no tienen servicio de salud.
El cambio de nombre de la Fuerza Aérea Colombiana por Fuerza Aeroespacial Colombiana fue declarado inexequible por la Corte Constitucional.Embajada rusa, sobre helicópteros MI-17 varados: "Mindefensa no mostró interés en solucionar""La Sala encontró que dicha norma legal es incompatible con lo previsto en los artículos 4 y 217 de la Constitución, en la medida en que por medio de una ley ordinaria no se puede modificar la denominación dada por la Carta Política a la Fuerza Aérea", señaló la Corte Constitucional. De acuerdo con la sentencia del alto tribunal, el Congreso de la República no puede cambiar, mediante una ley ordinaria, una decisión que está dentro de la Constitución.¿Qué dice la Corte Suprema sobre la cercanía de Luz Adriana Camargo con el mindefensa?“En este caso, en el artículo 217, la Constitución contempla y denomina a la Fuerza Aérea como parte de las Fuerzas Militares. Por lo tanto, la Corte concluyó que el legislador no tiene margen de configuración para modificar lo anterior y, de hacerlo, como ocurrió en este caso, transgrede lo previsto en el antedicho artículo y, además, el principio de supremacía de la Constitución, previsto en el artículo 4”, indicó.Así las cosas, como el fallo es de público conocimiento, no puede seguir llamándosele Fuerza Aeroespacial Colombiana a la Fuerza Aérea Colombiana.La Sala Plena de la Corte Constitucional tomó esta decisión tras analizar una acción ciudadana que señalaba que los congresistas no podían cambiar el nombre de una institución.Fueron los ciudadanos Andrés Felipe Cano, Laura Inés Toro y Catalina Arce Cano quienes interpusieron una acción de inconstitucionalidad en contra del artículo 5 la ley 2302 de 2023 “por medio de la cual se adoptan medidas para garantizar la defensa e integridad territorial en el ámbito espacial y se dictan otras disposiciones”.
Un fallo de la Corte Constitucional ordenó a Westcol, creador de contenido, proteger los derechos de la población LGBTIQ+ y evitar los mensajes de odio a la comunidad diversa. ¿Cuáles son los alcances de esta decisión?Corte Constitucional emitió fallo contra Westcol por mensajes de odio hacia comunidad LGBTIQ+Los comentarios de Westcol generaron un fallo sin antecedentes por parte de la Corte Constitucional. Para el alto tribunal, el influenciador afectó los derechos de la población diversa en Colombia.“La publicación realizada por Westcol constituyó un discurso discriminatorio y de odio contra la población LGBTIQ+, especialmente contra la población transgénero”, manifestó el fallo.La Corte Constitucional ordenó al influenciador 3 acciones de estricto cumplimiento: “Realizar una publicación que informe a su audiencia sobre los impactos negativos que tienen las publicaciones con discursos discriminatorios. Que participe en una jornada de capacitación y formación de las personas LGBTIQ+”.¿Qué dicen los expertos?“Lo que para él es un chiste se convierte en violencia específica y estamos hablando de un empalamiento. Esta es la forma en la que se ha justificado históricamente la violencia contra la comunidad”, aseveró David Alonzo, director de Diversidad de la Alcaldía de Bogotá.Abogados constitucionalistas, como Juan Sebastián Duque, dicen que esta decisión no coarta el derecho a la libre expresión: “Los contenidos generados por los influenciadores deben estar a tono con la Constitución, la ley y la protección de derechos fundamentales”.Aída Victoria Merlano afirma que se casará con Westcol este año: "Queremos un bebé ya"
Este viernes, 8 de marzo de 2024, la Corte Constitucional ordenó al influenciador Luis Villa, mejor conocido como Westcol, a realizar una publicación en sus redes sociales que informe sobre los impactos negativos de los discursos discriminatorios y de odio contra la población LGTBIQ+.En un boletín de prensa, el alto tribunal informó que la decisión obedece al análisis de una tutela presentada por un activista de la comunidad LGTBIQ+, quien manifestó que, a través de la plataforma de videos YouTube, el creador de contenido Westcol envió mensajes inapropiados a sus seguidores. El accionante dejó en claro que “le preocupa que un influencer en redes sociales normalice el homicidio con dolo, la discriminación y la violencia sexual contra esa comunidad sin ningún tipo de restricción”.La Corte Constitucional también determinó que al denunciante “no se le garantizó por parte de la plataforma digital YouTube un mecanismo oportuno y eficaz para tramitar sus reclamos frente a ese tipo de publicaciones".Asimismo, encontró que, "a pesar de que el accionado se disculpó en su momento por la publicación, dicho actuar no fue suficiente para proteger, promover y reivindicar los derechos de la población LGBTIQ+ y transgénero”."Respecto del derecho a la libertad de expresión, la Corte recordó que si bien este es fundamental y de alcance amplio, no es ilimitado, pues tanto el derecho internacional de derechos humanos como la jurisprudencia constitucional han identificado cuáles son los límites para su ejercicio. Indicó que su uso indiscriminado puede vulnerar los derechos de otras personas, especialmente los derechos a la honra, el buen nombre, la dignidad humana, al libre desarrollo de la personalidad y a la no discriminación, entre otros. De igual forma, la Corte enfatizó que los discursos discriminatorios, de odio y que incitan a la violencia contra determinada población son discursos prohibidos y no están amparados por el derecho fundamental a la libertad de expresión", se lee en el artículo de prensa del altro tribunal.Por orden de la Corte, Westcol también deberá participar en una jornada de capacitación y formación en derechos de las personas LGBTIQ+, conforme los programas ofertados por el Ministerio de Justicia y del Derecho.Trascendió también que el fallo de la Corte Constitucional previno a Google LLC para que garantice, al interior de la plataforma YouTube y en sus procedimientos, “un trámite oportuno para las denuncias sobre discursos de odio o cualquier otro prohibido por la Constitución y el derecho internacional de los derechos humanos y por los lineamientos o normas de la comunidad establecidos por el mismo intermediario de internet”.
La Sala Plena de la Corte Constitucional ordenó suspender la elección de contralor general que se adelanta en el Congreso de la República.Álvaro Leyva seguirá fuera de la Cancillería: Procuraduría reafirma suspensión provisionalLa orden fue emitida dentro del proceso de tutela interpuesta por el excontralor Carlos Hernán Rodríguez, con la que pretende regresar a su cargo.El alto tribunal tomó la determinación, ya que el fallo de tutela podría modificar el proceso de elección que se adelanta en la actualidad.Al respecto, el presidente de la Cámara de Representantes, Andrés Calle, señaló que acogen y respaldan la decisión de la Corte Constitucional.“Acogemos y respaldamos la decisión de la honorable Corte Constitucional de suspender temporalmente el trámite de elección de contralor general, que avanzaba en el Congreso de la República, hasta tanto se resuelva la tutela interpuesta por el Dr. Carlos Hernán Rodríguez”, indicó.Puntualizó también que “continuar con el trámite podía significar disponer de manera incierta de gran cantidad de recursos públicos. Además, supondría una grave incertidumbre institucional, dado el caso, el juez falle en favor del Dr. Rodríguez, el Estado colombiano no podría quedar con dos contralores”.En otras noticias que puede leer:¿Ley de punto final puede ser interpretada como tribunal de cierre? Senador Julián Gallo respondeNorma Hurtado dice que “no sería responsable” votar la reforma a la salud sin saber el costo fiscalNo se firmará contrato de pasaportes con Thomas Greg & Sons: canciller Luis Gilberto Murillo
Acondicionados para ser lanzados desde un dron, las Fuerzas Militares encontraron un material explosivo que pertenecería a las disidencias de las FARC en el departamento del Cauca, más exactamente en el municipio de Piamonte.>>> Si disidentes “hubiesen cumplido lo pactado, no estarían en esta situación”: general MejíaLos 197 artefactos explosivos estaban enterrados. Según el Ejército Nacional, las disidencias de las FARC pretendían atacar a la fuerza pública.“Ubicaron y destruyeron el depósito ilegal, al parecer, de la estructura criminal de la Segunda Marquetalia en la vereda El Vergel de Piamonte, Cauca. Los artefactos estaban acondicionados para ser lanzados desde un dron”, manifestó el coronel José Ángel Albino, comandante encargado de la Brigada 27 del Ejército Nacional.>>> Video de ataque con artillería en Cauca: disidentes fueron sorprendidos cuando almorzabanCon este hallazgo, según el coronel, las autoridades contrarrestaron el accionar de los grupos criminales: “De acuerdo con información suministrada por los organismos de inteligencia, este material sería utilizado para afectar a la infraestructura del Estado y la población civil en Putumayo”.El Ejército Nacional indicó que en la zona continúan tropas adelantando operativos para evitar el accionar de esos grupos al margen de la ley, que siembran el pánico entre las comunidades.>>> ¿Por qué operativo contra disidencias de las FARC en Cauca se hizo con artillería liviana?
La muerte de tres menores de 5 años por enfermedad diarreica aguda conmocionó a la ciudadanía de Santander. En lo corrido del año este departamento ha tenido un notable incremento en casos confirmados de este mal. >> ¿Existe una epidemia de diarrea en Bogotá? Esto dice la Secretaría de SaludSegún el Instituto Nacional de Salud, en el último año se ha conocido un incremento del 25% en dicha enfermedad, hace un año se registraban un total de 22.100 casos confirmados, a hoy, se conoce que 27.533 personas tienen este mal.Según Blu Radio, las tres muertes confirmadas por la enfermedad son de niños menores de 5 años. La situación e integridad de los menores de la región prende las alarmas de la ciudadanía. Otros dos casos de personas fallecidas están en estudio.“A la semana de vigilancia epidemiológica número 15 en Santander, lamentablemente se registraron seis fallecimientos relacionados con enfermedad diarreica aguda, de los cuales tres han sido confirmados y uno descartado como no asociado a dicha enfermedad. Dos casos están aún pendientes de confirmación”, afirmó Edwin Ramírez, secretario de Salud de Santander.El funcionario dijo que se encuentran en alerta máxima por el incremento de la enfermedad y temen que siga cobrando vidas. Habló sobre las posibles causas de contrarrestarla y la importancia de una rápida acción de los padres.“Este preocupante aumento tiene múltiples causas. Por un lado, la calidad del agua potable en algunas zonas no es adecuada para el consumo humano, lo que expone a los niños a riesgos innecesarios. Además, muchos padres desconocen los signos y síntomas de alerta de la enfermedad diarreica, lo que retrasa la atención médica oportuna y la hidratación adecuada”, señaló el funcionario.Ramírez, en representación de la secretaría, pide a los diferentes programas de salud pública que unifiquen esfuerzos para construir campañas sobre el cuidado y prevención.¿Cuáles son los síntomas de alarma?Diarrea que no mejora después de 24 horas.No mojar el pañal en tres horas o más.Fiebre de más de 39 grados.Heces con sangre o negras.Boca o lengua seca o llanto sin lágrimas.Somnolencia, falta de respuesta o irritabilidad inusual.Aspecto hundido del abdomen, los ojos o las mejillas.Piel que no se aplana al pellizcarla y soltarla.Algunas recomendaciones para evitar contraer la enfermedad es un adecuado lavado de manos de forma regular, consumir agua potable de fuentes confiables y consumir productos en buen estado, cocinarlos bien y siempre estar atento a las fechas de vencimiento. >> Carolina Cruz reveló que sus hijos estaban presentando quebrantos de salud: ¿qué tenían?
Al menos 10 personas murieron y otras ocho quedaron heridas como consecuencia de un incendio que destruyó este viernes una pensión en el centro de la ciudad brasileña de Porto Alegre, la capital más meridional de Brasil, informaron los bomberos.Trump se defiende en Nueva York mientras se le complica otro proceso judicial en WashingtonLos cuerpos de rescate aún buscaban desaparecidos a primeras horas de hoy, pero no informaron de cuántos, ya que el establecimiento, que ofrecía albergue a personas vulnerables que duermen en las calles, no tenía un registro de sus huéspedes.El incendio de grandes proporciones, cuyas causas se desconocen por ahora, destruyó por completo los tres pisos del establecimiento, que funcionaba como posada y pensión de forma irregular, ya que no contaba con licencias ni plan de seguridad ni autorización de los bomberos.De acuerdo con el Cuerpo de Bomberos de Río Grande do Sul, estado del sur de Brasil fronterizo con Argentina y Uruguay, los diez cuerpos fueron encontrados carbonizados durante la inspección hecha por los equipos de rescate luego de que controlaron las llamas.Dos de las víctimas fueron encontradas en el primer piso de la pensión, otras cinco en el segundo y las restantes tres en el tercero.Los bomberos rescataron con vida a once personas, de las cuales ocho tuvieron que ser conducidas a hospitales debido a que sufrieron quemaduras de diferentes grados.Según la Secretaría Municipal de Salud de Porto Alegre, el estado de dos de los heridos es grave, así como la situación de un tercero que sufrió quemaduras en el 20 % de su cuerpo.En un mensaje en sus redes sociales, el gobernador de Río Grande do Sul, Eduardo Leite, lamentó una tragedia que "consterna profundamente".Indigna actitud de Stefan Andrés Correa en audiencia de EE. UU. por abusar niñas en Medellín
Cali Pachanguero cumple 40 años, la exquisitez de un tema escrito en 1984 por el maestro Jairo Varela Martínez, que se convirtió en insignia de los caleños y un infaltable para los colombianos en cualquier lugar del mundo.Ventino, grupo colombiano de pop, lanza Inevitables, su emotivo álbum de despedidaEs un cumpleaños especial que merecía una fiesta grande, por lo que el Grupo Niche hizo una nueva versión y un nuevo video que celebra por lo alto el orgullo de un tema que nació siendo grande.Luis Araque, vocalista del Grupo Niche, aseguró que Cali Pachanguero “es un tema que se ha vuelto el himno popular del Valle del Cauca y de la ciudad de Cali, que arropó y adoptó al Grupo Niche como su hijo. Todos crecimos escuchando Cali Pachanguero. A las primeras dos notas la gente sabe que es Cali Pachanguero”.Por su parte, otro de los vocalistas del Grupo Niche como lo es Fito Echeverría expresó lo que significa para él cantar una de las canciones insignia de Colombia en otro lugar del mundo: “Es la identidad que tiene esta salsa y este grupo. Este grupo con esta canción marca una historia, porque creo que esta canción está entre las mejores salsa a nivel mundial”.El tema Cali Pachanguero es el número 7 en el top 15 de las mejores canciones de salsa de la historia, según Billboard.La canción es compuesta por el maestro Jairo Varela, que hizo el tema en un hotel de Nueva York, tras sentir la ausencia de la ciudad de Cali. Por eso, la pieza describe en pleno a la capital del Valle, narrada por alguien que está lejos y quiere volver a casa.“Al principio era muy local, pero fue metiéndose en diferentes rincones del mundo. Vemos gente que se pone a llorar, gente que se abraza con sus familiares en un rincón de Europa, en un rincón de Estados Unidos, ya que llevan muchísimos años sin regresar, sin ver a sus familiares”, cuenta Alejandro Íñigo, vocalista del Grupo Niche.Hoy, 40 años después, el maestro José Aguirre, director del Grupo Niche desde 1992, trató el tema con especial cuidado para hacer una versión muy respetuosa de la original. Ahora, inyectándole un mambo.“Es un clásico que tocarlo es muy complicado, porque la gente ya lo conoce así. Digamos que en la estructura yo solo cambié una cosa: hicimos un mambo y volvimos a la otra parte; es decir, la gente va a pensar cuando lo escuche la primera vez que se anularon unos sonidos, como el de Barranquilla puerta de oro y eso, pero no, en la segunda parte viene”, explica Aguirre.La canción ahora tiene dos versiones y, como novedad, también está grabada en inglés.“Primero, la versión que hace Moncho Santana en 1984, que fue un éxito de la Feria de Cali, en el álbum No Hay Quinto Malo. Luego, lo hacen en la película Salsa, en inglés”, recuerda Óscar Jaime Cardozo, director del Museo Planeta Salsa.Cali Pachanguero es una canción que en estos 40 años se ha ganado el sentido de pertenencia, orgullo e infinita lealtad de su público.El Grupo Niche tiene dos Latin Grammy y un Grammy Americano, hoy nos entrega una nueva versión de la canción que dejó de ser caleña para volverse del mundo, reafirmando que el Grupo Niche es de todos, patrimonio de la música de Colombia y que… "Cali es Cali, señores, lo demás es loma".Shakira y su nueva opinión sobre el amor: "La monogamia es una utopía"
Beba, integrante del equipo Alpha del Desafío XX, incumplió con uno de los castigos impuestos, por lo cual debió abandonar la competencia. Tras su expulsión, los usuarios de redes sociales reaccionaron con todo tipo de memes. Aquí los mejores.Le recomendamos: Los mejores memes del lanzamiento de Las mujeres ya no lloran, el nuevo álbum de Shakira¿Por qué Beba fue expulsada del Desafío XX?Valerie de la Cruz Millán, conocida en el Desafío XX como Beba, fue eliminada de la competencia tras incumplir un castigo impuesto a su equipo. En medio de la noche, la concursante decidió quitarse unos guantes de boxeo que debía usar durante 24 horas y abandonar Playa Baja, pasando la noche en la casa Alpha."Yo no quiero estar aquí. Yo nunca me sentí en un equipo. Me siento feliz y dichosa de que me expulsen", expresó Beba ante sus compañeros.En otras noticias: Campanita, participante del Desafío XX, cautivó a los colombianos y estos lo evidenciaron con memes