Séptimo Día reveló las denuncias de ciudadanos en Bogotá que aseguran haber sido víctimas del hurto de sus vehículos o de sus pertenencias dentro de parqueaderos que consideraban seguros. Los testimonios expuestos en la investigación dan cuenta de presuntas fallas en los controles de seguridad y, en algunos casos, de cuestionamientos por las respuestas recibidas tras los hechos.El 16 de abril de 2026, el ingeniero Ángel Ignacio Arias ingresó a un centro comercial para comer después de permanecer cerca de dos horas y media en medio del trancón. Aproximadamente una hora después, regresó al parqueadero para continuar su camino, pero su camioneta ya no estaba.Al consultar con el personal de seguridad, le informaron que el vehículo había sido sacado minutos antes y que, aparentemente, los responsables habrían forzado la talanquera de salida.“Me fui a comer una hamburguesa y ya a las 7:20 más o menos, o sea, una hora después fui a buscar el carro para seguir mi camino y ya no estaba... El vigilante me dijo: ‘Hace 10 minutos sacaron una camioneta y forjaron la talanquera”, contó Arias.Estos hechos se extendieron a otros sectores de la capital colombiana. El profesor Héctor Gerardo Castro denunció el hurto de su camioneta, luego de dejarla en el parqueadero de un reconocido establecimiento mientras realizaba las compras del mercado. “Cuando baje, no encontré la camioneta en el sitio. Automáticamente supe que se la habían robado”, relató.En otro caso, ocurrido en un parqueadero público de Chapinero, al vendedor Walter David Romero le entregaron su camioneta a una mujer que, según su denuncia, se hizo pasar por su hija. Al reclamarle al encargado por qué había entregado las llaves del vehículo a una desconocida, el hombre le respondió que ella había asegurado ser su hija. Por ello, Walter le aclaró que no tenía hijas.Los casos de Ángel, Walter y Héctor ocurrieron en menos de cuatro meses en diferentes parqueaderos de una misma zona de Bogotá. Sin embargo, la comerciante Isabel Muñoz ya había denunciado una situación similar en mayo de 2022.En el parqueadero ubicado en la calle 175 en Bogotá, Isabel aseguró que dejó su camioneta mientras realizaba unas diligencias y, al regresar varias horas después, ya no la encontró. "Eso fue como a las 10 de la mañana y ya en la tarde que regresaba, pues ya no estaba el carro. Entonces yo le dije, 'Nos robaron el carro’”, recordó.El 22 de junio de 2021, la psicóloga Camila Silva Páez también afirmó haber sido víctima de hurto en el mismo parqueadero donde Ángel dejó su vehículo. Según su denuncia, delincuentes ingresaron a su carro y sacaron objetos de valor mientras ella realizaba una compra.Aunque se trataba de un parqueadero gratuito, Camila cuestionó las condiciones de seguridad del lugar: “No me parece que por ser un parqueadero gratis lo deban robar”.Por esa misma zona, la ingeniera informática Geraldine González denunció otro caso. En julio de 2026, aseguró que delincuentes ingresaron a su vehículo y se llevaron equipos y pertenencias de trabajo. “Me robaron todo mi trabajo, me dejaron sin nada porque pues en mi maleta estaba todas mis pertenencias y sacan todo el vehículo. Me robaron 23 millones”, aseguró.Experimento social con cámara oculta en parqueaderosEl equipo de Séptimo Día realizó un experimento en cuatro estacionamientos de Bogotá para comprobar qué tan rigurosos son los controles al momento de entregar los vehículos. Una productora del programa simuló haber olvidado el tiquete de ingreso e intentó retirar el carro ofreciendo dinero o dando diferentes explicaciones para justificar que no contaba con el comprobante.En el primer parqueadero, el encargado se negó a entregar el vehículo porque la mujer no tenía el comprobante de ingreso. Una situación similar se presentó en el cuarto establecimiento, donde también se mantuvieron los controles y no se permitió retirar el automóvil sin acreditar que correspondía a la persona autorizada.Sin embargo, en los otros dos parqueaderos las medidas de seguridad fueron diferentes. En el segundo establecimiento, el encargado permitió retirar el vehículo con solo presentar las llaves, mientras que en el tercero bastó con diligenciar un formato, sin una verificación rigurosa de la identidad.Tras ser confrontados por el equipo periodístico, ambos establecimientos reconocieron que se trató de un error y una falla en la seguridad.Cifras oficiales sobre estas denunciasEntre 2025 y lo que va de 2026, la Fiscalía investiga cerca de 1.500 denuncias relacionadas con esta modalidad de hurto en Bogotá, alrededor de 500 casos en Cali y poco más de 300 en Medellín. En Bogotá y Medellín, ocho ciudadanos denunciaron ante Séptimo Día que fueron víctimas de robos dentro de parqueaderos donde confiaban en que sus vehículos y pertenencias estarían seguros.Sobre la normatividad, Fernando Dueñas, vocero de los parqueaderos en Colombia, explicó que este servicio implica un contrato de depósito, que establece una obligación de custodia sobre el vehículo y contempla una póliza de responsabilidad civil. Sin embargo, aclaró que esta responsabilidad no se extiende automáticamente a los objetos personales que se encuentren dentro del automóvil."No se responde porque no hay una constancia de su preexistencia, se hace un inventario escrito para que de esa misma manera me responda si le llega a suceder algo”, precisó Dueñas.Por su parte, el vicepresidente del Instituto Colombiano de Derecho al Consumo, Juan Pablo López, indicó que abstenerse de entregar tiquete o carecer de seguridad constituye una “culpa grave”.Quena Ribadeneira, consejala de Bogotá advirtió que: “Siete de cada 10 parqueaderos en Bogotá están operando de manera informal...Nos comprometemos desde ya a hacerle este control a la Alcaldía local y a la Secretaría de Gobierno”, dijo.Estas denuncias y el experimentos social evidenciaron una situación preocupante. Las autoridades avanzan en las investigaciones de estos casos, mientras también se fortalece los controles de seguridad para evitar que los parqueaderos, considerados por los usuarios como lugares seguros, terminen convirtiéndose en escenarios donde sus vehículos y pertenencias quedan expuestos al hurto.
El odontólogo Javier Cely volvió a hablar sobre el proceso judicial que enfrentó durante años por el caso de la fuga de la excongresista Aída Merlano. Tras una lucha incansable, finalmente fue absuelto por la justicia colombiana en 2022.María Elvira Arango, directora de Los Informantes, habló con él sobre un proceso que, según relata, terminó afectando profundamente su vida.El día de la fuga de la excongresistaHace siete años, el 1 de octubre de 2019, Javier Cely atendió a la entonces exsenadora Aída Merlano en el tercer piso del Centro Médico de La Sabana, en Bogotá, para realizarle un procedimiento de rehabilitación oral. Minutos después, la excongresista escapó por una ventana, descolgándose con una cuerda roja.El hecho llevó a que el odontólogo fuera señalado como presunto cómplice y tuviera que afrontar un proceso penal que contemplaba una pena de hasta 15 años de prisión. Cely relató los detalles de lo ocurrido durante aquella consulta y habló sobre la posterior batalla legal que terminó con la ratificación de su inocencia.“Yo me despido y me voy. A los 15 minutos me entra una llamada y me dicen: ‘Javier, su paciente se tiró por la ventana’”, recordó Javier Cely sobre el momento en que se enteró de la fuga de Aída Merlano.Así fue el origen de la consultaSu vínculo con el caso comenzó cuando un colega lo contactó para solicitarle una valoración a la excongresista, quien no estaba satisfecha con dos diseños de sonrisa previos. Según explicó el especialista, la llamada inicial se desarrolló en estos términos: "Necesito pedirle un favor. Tengo una paciente que le han realizado dos diseños de sonrisa en mi clínica y no le han gustado. Entonces, no sé si usted me pueda dar una mano y me puede ayudar a cambiarle el diseño".Al indagar por la identidad de la paciente, su colega le confirmó que se trataba de la exsenadora Aída Merlano. Aunque aseguró que la conocía por las noticias, mas no personalmente, Cely aceptó atenderla y era consciente de que la mujer se encontraba privada de la libertad.La atención estaba sujeta a la disponibilidad del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, por lo que el profesional aclaró que la programación de la cita no dependía de él. “Me avisan en la noche que si puedo ir al otro día. Como yo ya manejaba mi tiempo, yo le dije que no tengo ningún inconveniente", dijo.Lo que ocurrió dentro del consultorio el día de la fugaLa primera cita fue de valoración y diagnóstico. En esa consulta, acordaron volver a encontrarse una vez estuvieran listas las carillas dentales. La segunda cita se realizó el 1 de octubre de 2019 a las 10 de la mañana.Durante la atención, la exsenadora le pidió a Cely un espacio para poder hablar con sus hijos, Aída Victoria y Esteban, quien en ese momento era menor de edad. "Yo la saludo, entro y ella me dice que si yo le puedo ayudar y le dejo hablar con sus hijos dentro del consultorio. Yo le dije: 'Sí, claro, yo no tengo ningún inconveniente'...Empiezan a llorar, a mi me da pena y me salgo un momento del consultorio”, contó.Al reanudar el procedimiento odontológico, Javier Cely solicitó al personal de custodia que ingresara al consultorio. Sin embargo, los guardias le dijeron que permanecerían afuera.Sobre los constantes desplazamientos que realizó fuera del consultorio y que quedaron registrados en las cámaras de seguridad, el odontólogo explicó: “Yo salgo y entro del consultorio porque como donde yo la estaba atendiendo no era mi consultorio. Entonces, en esa clínica no tenían todo lo que yo necesitaba dentro del consultorio y yo tenía que salir a pedir materiales o cosas que necesitaban”.Al finalizar el tratamiento, Aída Merlano se despidió del odontólogo, como quedó registrado en las cámaras de seguridad. Luego, Cely abandonó el edificio para dirigirse a otra cita que tenía programada. Minutos después, recibió una llamada en la que le informaron que su paciente había escapado por una ventana.Imputación de cargos y detenciónLos hechos ocurridos durante la consulta quedaron registrados en videos que rápidamente se hicieron públicos. Al enterarse de la fuga, Cely regresó al centro médico y rindió voluntariamente su declaración inicial ante las autoridades, mientras el paradero de Aída Merlano aún era un misterio. Sin embargo, la exposición mediática del caso llevó a que fuera vinculado como presunto cómplice de la fuga.La Fiscalía le imputó los delitos de ayuda a la fuga de presos e instrumentalización de menores de edad, cargos por los que, de haber sido declarado culpable, habría enfrentado una pena superior a los 10 anos prisión.El odontólogo permaneció privado de la libertad durante cinco noches. Según contó, durante las primeras horas no tenía colchoneta ni elementos básicos, hasta que uno de sus hermanos logró hacerle llegar algunos suministros y una carta de su hijo mayor, que, según él, le devolvió el aliento. “Él (su hijo) me dice que conoce la clase de papá que tiene y que sabe que todo lo que está pasando, yo no tengo absolutamente nada que ver en eso”.El proceso judicial se extendió durante tres años. En ese tiempo, el odontólogo atravesó episodios de depresión y ansiedad y recibió acompañamiento psiquiátrico. “Me juzgaron, me atacaron, la prensa me dio durísimo. Nunca escucharon mi versión, sino simplemente lo que veían o lo que escuchaban”, dijo.Según su testimonio, durante esos años perdió buena parte de su patrimonio, su práctica profesional y la tranquilidad, mientras se dedicaba a defenderse de unos delitos que asegura no cometió.Absolución de cargos y el intento de reconstruir su vidaDurante el proceso judicial, Aída Merlano se refirió públicamente en dos oportunidades a la inocencia del odontólogo. En una de sus declaraciones, afirmó: "Es un hombre totalmente inocente, que me duele y si me está viendo en este momento le digo: 'Doctor, perdóneme por haberlo involucrado de alguna manera en esto'".El 6 de septiembre de 2022, un juez penal de Bogotá absolvió a Javier Cely de los dos cargos que enfrentaba, tras determinar que no tenía responsabilidad penal en la fuga de Aída Merlano.“Una de las cosas que aprendí fue a no juzgar, porque todo el mundo me juzgó”, afirmó. Javier Cely también reiteró que desconocía los elementos utilizados durante la fuga: “Yo no la vi. Ella saltó con una cuerda. No tengo ni idea cómo llegó. Saltó y parece que se golpeó duro. La estaba esperando una moto y empezó mi calvario".Tras el fallo absolutorio, Javier Cely retomó poco a poco su ejercicio profesional en el consultorio de su hermano y continúa con acompañamiento psiquiátrico. "Quiero que la gente sepa que fui absuelto, que no tuve absolutamente nada que ver... No tengo absolutamente ninguna deuda con la justicia", puntualizó el odontólogo.Mientras tanto, Aída Merlano continúa privada de la libertad y cumple condenas por delitos relacionados con corrupción electoral y por su fuga de la cárcel. En el caso de corrupción al sufragante y compra de votos, recibió una condena de 15 años de prisión; además, enfrenta una pena por violación de topes electorales y otra relacionada con la fuga.Esta semana, Aida Merlano volvió a ser noticia. En medio del proceso por corrupción electoral, su defensa denunció que el celular que la excongresista entregó a la Fiscalía, y que contendría información relevante para el caso, estaría incompleto, habría sido manipulado y cambiado. Actualmente, cumple su condena en una guarnición militar en el Batallón Vergara y Velasco, en Malambo, Atlántico.
Casos que conmocionaron al país y hoy tienen respuesta: la caída de una red trasnacional de tráfico de migrantes, la condena a un temible asesino serial de ancianos, la demolición de una obra ilegal en Bogotá y más. Vea el seguimiento completo de Séptimo Día.
Aurelio Cheveroni llegó a la televisión colombiana a finales de los años noventa como uno de los personajes principales del programa infantil Club 10, transmitido por Caracol Televisión. Con su tono irreverente, coqueto y sarcástico, el lobo marcó a varias generaciones de televidentes. Tras permanecer guardado en un baúl durante años, el personaje regresó a la televisión como jurado e invitado especial en formatos como Yo me llamo y Yo me llamo Mini. Sin embargo, la manera tan natural en que se mueve y gesticula hizo que durante décadas nadie se imaginara cómo funciona en realidad.A diferencia de lo que se especuló entre el público, el muñeco no funciona mediante sistemas de robótica, hologramas o inteligencia artificial. La versión original del títere fue confeccionada en un taller en Estados Unidos con fibra de vidrio, látex, espuma y peluche. Inicialmente el personaje era rosado, pero tras el desgaste del material en las grabaciones y la falta de tela de ese mismo tono, la producción debió reemplazarlo por peluche rojo. Para explicar el cambio de apariencia en pantalla, los creativos inventaron una historia en la que el lobo mudaba de piel.Aurelio Cheveroni es un títere de guante. Fernando Rojas, actor de 56 años nacido en el municipio de Belén de los Andaquíes, en el Caquetá, es el encargado de darle voz, carácter y movimiento a la parte superior del cuerpo. Al revelar en Los Informantes cómo funciona el personaje, Fernando Rojas explicó: "Esto no es más que un títere, miren, esto es un guante. Es un guante. Exactamente. Realmente es un títere común y corriente como es Archivaldo, como es la rana René, Alf", dijo.Una patineta y cinco horas acostado: así funciona Aurelio CheveroniEl proceso para dar vida al personaje en el estudio exige una preparación física rigurosa. Fernando Rojas realiza antes de cada jornada un calentamiento inspirado en los monjes budistas, el cual incluye estiramientos, mantras y música japonesa. Esta rutina le permite despejar la mente y enfocarse por completo en la interpretación del lobo.Durante las jornadas de rodaje, que se extienden entre cinco y seis horas continuas, el actor debe permanecer acostado sobre una patineta adaptada especialmente para el trabajo. En esa postura, mantiene ambos brazos levantados durante todo la grabación: una mano manipula la cabeza y la boca del lobo, mientras que la otra opera el brazo del muñeco. De manera simultánea, un asistente de producción se encarga de mover la cola del personaje desde la parte de atrás.Esta postura genera un alto desgaste en la espalda y los brazos del actor. Al finalizar las grabaciones, Rojas termina con calambres, adormecimiento corporal y dolores musculares. El segundo secreto: un traje a medida para tomas de cuerpo enteroAunque la técnica de guante resuelve los planos medios y primeros planos en el estudio, el personaje requería desplazarse, correr y revolcarse en tomas de cuerpo entero. Para lograr que el lobo caminara frente a las cámaras en planos generales, la producción acudió a un segundo actor.Se trata de Ángel Leal, un artista de 40 años y 1,13 metros de estatura que cuenta con dos décadas de trayectoria en el espectáculo. Leal trabajó anteriormente en espectáculos de enanos toreros, montajes teatrales, el programa Sábados Felices y el show de Juanpis González. Para las escenas de acción y riesgo, el equipo confeccionó un disfraz completo de Aurelio Cheveroni diseñado a la medida exacta de su cuerpo y estatura.Para Ángel Leal, vestir el traje del lobo representó cumplir un anhelo de la infancia mientras veía la televisión en su casa. Al recordar sus deseos de niño y su trabajo el proyecto, Ángel Leal afirmó: "Siento que alguna vez lo soñé cuando era muy niño. Yo decía: 'Uy, tan chévere ser como el lobito.' Todos los fines de semana, los sábados en la mañana, uno prendía la televisión y veía la franja infantil Club 10".Aurelio Cheveroni, un icono en la pantalla colombianaLa articulación entre el trabajo de Fernando Rojas y Ángel Leal consolidó la permanencia del personaje durante más de 25 años en producciones audiovisuales. La combinación de técnica titiritera, destreza física y vestuario a medida mantiene vigente el legado del lobo feroz en la televisión.Aurelio Cheveroni no solo conquistó a los niños de su época, sino también a los adultos que hoy lo recuerdan con nostalgia. Su estilo divertido, sarcástico y carismático le ha permitido conectar con distintas generaciones, convirtiéndose en uno de los personajes más queridos de la televisión colombiana.
La Corte Constitucional tomó una decisión que modifica las condiciones bajo las cuales podían utilizarse vehículos de tracción animal destinados a actividades turísticas en Colombia. La Sala Plena declaró inexequible la expresión "turísticas", contenida en el parágrafo del artículo 2 de la Ley 2138 de 2021, norma que establece medidas para la sustitución de este tipo de vehículos en el territorio nacional. La decisión fue adoptada durante el 'XXI Encuentro de la Jurisdicción Constitucional: Una Corte Constitucional para el Mundo' y corresponde a la Sentencia C-310 de 2026, con ponencia del magistrado Héctor Alfonso Carvajal Londoño. Hasta ahora, la legislación contemplaba una excepción para los vehículos de tracción animal destinados a actividades turísticas. Esa disposición permitía que este tipo de transporte quedara por fuera del mandato general de sustitución establecido en la Ley 2138 de 2021. Con el fallo, esa excepción deja de tener vigencia. La Corte consideró que permitir la utilización de animales en estas actividades desconoce el deber constitucional de protección animal.(¿Necesitas actualizarte o tienes dudas sobre las noticias del día? Pregúntale a NATA)¿Qué determinó la Corte sobre el uso de animales en actividades turísticas?De acuerdo con la decisión, la expresión "turísticas" vulneraba el artículo 79 de la Constitución Política, relacionado con el derecho a un ambiente sano y con la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo. La Sala Plena concluyó que la utilización de animales en vehículos destinados a actividades turísticas podía implicar su sometimiento a un sufrimiento que no resulta necesario para el desarrollo de estas actividades.Uno de los puntos centrales del fallo es que la Corte analizó la excepción prevista en la ley frente al deber constitucional de protección de los animales. A partir de ese análisis, determinó que la recreación turística no puede ser considerada un "límite constitucionalmente admisible al deber de protección animal, y la excepción no supera un juicio intermedio de proporcionalidad". Por esta razón, decidió retirar del ordenamiento jurídico la expresión que permitía mantener la excepción para los vehículos de tracción animal utilizados con fines turísticos.La decisión no se limitó al parágrafo del artículo 2 de la Ley 2138 de 2021. Debido a la integración de la unidad normativa, la Corte extendió los efectos de la decisión al artículo 10 de la misma ley y al parágrafo 1 del artículo 98 de la Ley 769 de 2002.Habrá un periodo de seis meses para aplicar la decisiónAunque la Corte declaró inexequible la expresión "turísticas", los efectos de la decisión no serán inmediatos. La Sala Plena estableció una inexequibilidad diferida durante seis meses, contados a partir de la notificación de la sentencia. Este periodo fue establecido para que puedan comenzar los programas de sustitución previstos en la Ley 2138 de 2021 y para que las entidades territoriales adopten las medidas correspondientes en las zonas donde todavía se utilicen vehículos de tracción animal para actividades relacionadas con el turismo.Durante esos seis meses, las autoridades deberán iniciar los programas de sustitución en el ámbito turístico. La Corte indicó que este proceso también deberá contemplar medidas de reconversión laboral para las personas cuyo sustento depende de estas actividades. La decisión, por tanto, no se limita a retirar la posibilidad de utilizar animales en estos vehículos. También establece que debe ponerse en marcha un proceso dirigido a las personas que desarrollan su actividad económica a partir de este tipo de transporte.VALENTINA GÓMEZ GÓMEZNOTICIAS CARACOL
La Corte Constitucional concluyó el pasado 11 de septiembre que el Ministerio de Relaciones Exteriores (o Cancillería) sí está facultado para exigir la recolección de datos biométricos a las personas que solicitan o renuevan su pasaporte. Según el alto tribunal, este procedimiento no vulnera derechos fundamentales y constituye una medida legítima para garantizar la identificación de los ciudadanos y la seguridad del proceso de expedición del documento.El caso se originó a partir de una acción de tutela presentada por una ciudadana que decidió no continuar con el trámite de renovación de su pasaporte. La demandante consideró innecesario autorizar la captura de sus datos biométricos, argumentando que dicha información ya reposaba en la Registraduría Nacional del Estado Civil. Además, sostuvo que esta exigencia representaba una afectación a su derecho a la intimidad.¿Necesitas actualizarte o tienes dudas sobre las noticias del día? Pregúntale a NATAAl estudiar el caso, la Sala Cuarta de Revisión, integrada por la magistrada Lina Marcela Escobar Martínez y los magistrados Vladimir Fernández Andrade y Juan Carlos Cortés González, determinó que la medida supera el juicio de proporcionalidad exigido por la Constitución. En ese sentido, señaló que la recolección de datos biométricos permite verificar la identidad de quienes solicitan el pasaporte, prevenir posibles casos de suplantación y contribuir a la protección de la seguridad nacional.La Corte también destacó que la toma directa de datos biométricos es una medida idónea para cotejar los rasgos físicos de los solicitantes y verificar su identidad. Según explicó, no existe actualmente un mecanismo menos invasivo que permita alcanzar ese mismo propósito con igual nivel de eficacia y seguridad.Cancillería no puede pedir datos biométricos a RegistraduríaRespecto al argumento de que la Registraduría ya cuenta con esta información, la Sala aclaró que entre esa entidad y la Cancillería no existe un sistema de transferencia o entrega de datos biométricos. Lo que ocurre es un proceso de validación y cotejo de identidad, por lo que la Cancillería requiere realizar la captura de la información dentro de sus propios procedimientos. Por esta razón, el tribunal rechazó la pretensión de que los datos fueran remitidos directamente por la Registraduría.No obstante, la Corte advirtió una situación problemática relacionada con la conservación de estos datos sensibles. Aunque avaló su recolección, observó que la Cancillería los almacena de manera indefinida sin que exista una justificación legal o constitucional suficiente para ello.Corte ordena a Cancillería establecer criterios y plazos cuando pida datos biométricosPor esta razón, y en aplicación del principio de temporalidad que rige el derecho fundamental al habeas data, el alto tribunal exhortó al Ministerio de Relaciones Exteriores para que ajuste sus políticas y procedimientos, estableciendo criterios claros y plazos definidos para la conservación de los datos biométricos utilizados en la expedición y renovación de pasaportes. Asimismo, precisó que, si la entidad considera necesario mantener esa información por tiempo indefinido, deberá sustentar y justificar formalmente esa decisión.
Luego de que la Corte Constitucional de Colombia avalara la mayor parte de la reforma pensional impulsada por el expresidente Gustavo Petro (2022-2026), una decisión que da vía libre a los principales cambios del sistema de jubilación, los colombianos se preguntan en qué régimen quedarían.De hecho, la reforma establece un sistema de cuatro pilares: uno solidario, dirigido a adultos mayores en situación de pobreza; uno semicontributivo, para quienes cotizaron pero no alcanzaron las semanas necesarias para pensionarse; otro contributivo, que concentra la mayor parte de los aportes, y uno de ahorro individual, que mantiene la participación de los fondos privados.Uno de los cambios centrales consiste en que los trabajadores deberán cotizar sus ingresos hasta un determinado umbral en el componente administrado por Colpensiones, el fondo estatal de pensiones, mientras que los recursos que superen ese límite podrán dirigirse al componente de ahorro individual administrado por los privados.La norma también mantiene las edades actuales de jubilación, que en Colombia son de 57 años para las mujeres y 62 para los hombres, y la cotización del 16 % del ingreso.¿Qué es el régimen de transición?Pero, además, está en régimen de transición; es decir, quienes podrán permanecer bajo las condiciones del régimen pensional actual (ley 100 de 1993). Así, las mujeres que cuenten con 750 semanas cotizadas o más, y para el caso de los hombres, 900 o más semanas cotizadas a la entrada en vigencia. Lo que quiere decir que a este grupo de personas no les aplicará la nueva reforma.Porvenir explica, por ejemplo, el caso de Diana Andrade, de 38 años, quien hará parte del régimen de transición, es decir, no le aplicarán las condiciones de la nueva Ley de Reforma pensional, dado que tiene 750 o más semanas cotizadas. En su caso, deberá seguir realizando sus aportes como hasta ahora. Y cuando tenga 45 años deberá solicitar la Doble Asesoría para definir si obtiene su beneficio pensional en un fondo privado o Colpensiones.Otro ejemplo es el de Pedro García, quien con 48 ya tiene 1.050 semanas cotizadas. En su caso, hará parte del régimen de transición debido a que tiene 900 o más semanas cotizadas.¿Hasta cuándo hay plazo de completar las semanas?El expresidente de Colpensiones, Jaime Dussan, explicó que quienes busquen acceder al régimen de transición tienen hasta el 1 de abril de 2027 para completar las semanas requeridas.“La gente que le faltan las semanas para completar las 750, en caso de las mujeres, y las 900, en hombres, las pueden completar antes del primero de abril del 2027, y, por supuesto, que se va a agilizar en este tiempo nuevamente las dobles asesorías de que habla el artículo 76 de la ley, y va a ser provechoso para la gente que pensaba que no tenía la oportunidad de las mil semanas, que no tenía la posibilidad de los beneficios que establece la ley. Hoy los va a tener, y esa es una actividad que tiene que adelantar tanto Colpensiones como los fondos privados de pensiones”, señaló.¿Qué es la doble asesoría?Según Colpensiones, la Doble Asesoría la deben realizar todas las personas que deseen trasladarse y se encuentren en Régimen de Transición: mujeres con 750 o más semanas cotizadas y hombres con 900 o más semanas cotizadas sin importar su edad.Además, las personas que cumplan con estas semanas y tengan 47 años o más (mujeres) o 52 años o más (hombres) podrán beneficiarse de la Oportunidad de Traslado, lo que les permitirá cambiar de régimen pensional (de Colpensiones a Fondos Privados o al revés).Según esa misma entidad, se debe tener en cuenta que las personas que ya cumplieron la edad de pensión (57 años mujeres o 62 años hombres) también pueden beneficiarse de la oportunidad de traslado, y -por ende- deben hacer la Doble Asesoría si quieren trasladarse.NOTICIAS CARACOL
La Corte Constitucional avaló la mayor parte de la reforma pensional impulsada por el expresidente Gustavo Petro (2022-2026), una decisión que da vía libre a los principales cambios del sistema de jubilación, aunque devolvió nueve puntos del proyecto y pidió crear uno nuevo a la Cámara de Representantes para que sean corregidos por problemas en el trámite legislativo. La decisión fue adoptada por siete votos contra uno y pone fin a más de dos años de incertidumbre sobre el futuro de la Ley 2381 de 2024, que fue sancionada por Petro, pero cuya entrada en vigor quedó suspendida en 2025, después de que el alto tribual detectara vicios en su aprobación en la Cámara."Se ha aprobado la mayor parte de la nueva ley de reforma pensional. De las tres reformas fundamentales de mi gobierno: laboral, pensional y de salud solo queda la de salud. Un nuevo triunfo del gobierno del cambio y del pueblo trabajador", escribió el exmandatario en X.Por su parte, Andrés Velasco, presidente de Asofondos, recalcó que “la Corte Constitucional divide el estudio de los artículos que están exequibles, recordemos que tiene más de 90 artículos, y otros que deben volver al Congreso de la República para ser subsanados”. Agregó que los 30 días hábiles que tiene la Cámara para corregir los puntos de la reforma “serán fundamentales para completar el análisis en el Congreso de la República y la aprobación del sistema pensional que los colombianos tendremos a partir del 1 de abril” de 2027.Entretanto, el presidente de la Cámara, Nicolás Barguil, aseguró en sus redes que “adelantaremos el trámite de subsanación ordenado. Garantizaremos un debate democrático y transparente, con rigor institucional y absoluto respeto por la Constitución”.¿Qué quedó aprobado de la reforma pensional?La reforma establece un sistema de cuatro pilares: uno solidario, dirigido a adultos mayores en situación de pobreza; uno semicontributivo, para quienes cotizaron pero no alcanzaron las semanas necesarias para pensionarse; otro contributivo, que concentra la mayor parte de los aportes, y uno de ahorro individual, que mantiene la participación de los fondos privados.Uno de los cambios centrales consiste en que los trabajadores deberán cotizar sus ingresos hasta un determinado umbral en el componente administrado por Colpensiones, el fondo estatal de pensiones, mientras que los recursos que superen ese límite podrán dirigirse al componente de ahorro individual administrado por los privados. La norma también mantiene las edades actuales de jubilación, que en Colombia son de 57 años para las mujeres y 62 para los hombres, y la cotización del 16 % del ingreso.Sin embargo, el aval de la Corte no significa que el nuevo sistema empiece a operar inmediatamente, porque la fecha de entrada en vigor prevista originalmente, el 1 de julio de 2025, ya pasó, por lo que el tribunal estableció que la reforma comenzará a regir el 1 de abril de 2027, mientras se completa el trámite de los apartes devueltos al Congreso. Además, el Gobierno deberá reglamentar la ley y Colpensiones, los fondos privados y las demás entidades tendrán que adaptar sus sistemas y procedimientos.La decisión también deja pendientes los recursos de los afiliados que utilizaron la llamada "ventana de oportunidad" para trasladarse de régimen, ya que más de 27 billones de pesos (unos 8.440 millones de dólares) están relacionados con esos movimientos y su traslado hacia el fondo público permanece sujeto a procesos ante el Consejo de Estado.Artículos devueltos, columna vertebral de la reforma pensionalEntre los puntos que deberá discutir la Cámara de Representantes están:Artículo 14, que establece las condiciones para la pensión por vejez de los trabajadores colombianos.Artículo 19, donde se habla de las inversiones que pueden hacer los fondos privados de pensiones con los ahorros de los afiliados.Artículo 36, que estableció beneficios en reducción de número de semanas cotizadas para mujeres que tienen hijos.Artículo 92, donde se establecen las condiciones del fondo de ahorro individual que manejará el Banco de la República.NOTICIAS CARACOL*CON INFORMACIÓN DE AGENCIA EFE
Con 7 votos a favor y uno en contra, la Corte Constitucional avaló la mayoría del articulado de la reforma pensional presentada durante el Gobierno de Gustavo Petro, “por medio de la cual se establece el sistema de protección social integral para la vejez, invalidez y muerte de origen común, y se dictan otras disposiciones”.No obstante, devolvió a la Presidencia de la Cámara de Representantes nueve artículos para la “subsanación, en los términos explicados en la parte motiva de esta sentencia” y pidió crear “un artículo nuevo presentado por Jennifer Dalley Pedraza”. Cabe resaltar que quienes deben revisar esos puntos integran un Congreso diferente al que aprobó inicialmente la reforma pensional.Según el Flash Informativo de la Corte Constitucional, los artículos que volverán al Congreso por considerar que no fueron debatidos ampliamente son: inciso 4º del artículo 11, artículo 14, literal K del artículo 19, parágrafo transitorio del artículo 23, artículo 36, inciso 2º del artículo 63, numeral 5º del artículo 84, inciso 1º del artículo 92 y artículo 93. (Lea también: Retroactivo pensional de Colpensiones: ¿quiénes tienen derecho a recibir mesadas atrasadas y cuándo?)¿Qué sigue ahora con la reforma pensional?La Corte indicó que la Cámara de Representantes tendrá un plazo máximo de treinta días hábiles “contados a partir de la notificación de esta sentencia” para surtir la subsanación de los artículos devueltos y, tras ese lapso, deberá rendir informe al alto tribunal “sobre el cumplimiento de la presente sentencia y remita copia de las respectivas actas de Plenaria y demás documentos pertinentes, para que esta corporación se pronuncie sobre la constitucionalidad de las disposiciones que fueron devueltas para su trámite de subsanación”.La Corte Constitucional había encontrado errores en el procedimiento de aprobación de la reforma pensional porque al parecer la Cámara no debatió adecuadamente el texto aprobado por el Senado. La reforma pensional debía entrar en vigor el 1 de julio de 2025, pero con los vicios de trámite solo se permitió la aplicación de dos puntos de la iniciativa: el traslado entre regímenes (de fondos privados a Colpensiones o viceversa), si se cumplen los requisitos de semanas y edad; y que quienes coticen más de 2,3 salarios mínimos, que estén afiliados a Colpensiones y no pertenezcan al régimen de transición, elijan su Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI).NOTICIAS CARACOL
En entrevista con Juan Roberto Vargas, director de Noticias Caracol, los magistrados de la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado hablaron sobre las expectativas que tiene sobre el gobierno de Abelardo de la Espriella y las tensiones que se han registrado con el gobierno saliente de Gustavo Petro.
Por primera vez, los presidentes de las tres más importantes cortes de Colombia -Corte Constitucional, Corte Suprema de Justicia y Consejo de Estado-, se sentaron al tiempo para hablar, sin tapujos, sobre la transición de gobierno que se avecina en el país. Los magistrados dialogaron francamente con el director de Noticias Caracol, Juan Roberto Vargas, sobre el estado en el que quedaron las relaciones de la rama judicial con el poder ejecutivo, tras cuatro años del gobierno de Gustavo Petro, y de las expectativas que tienen frente a la administración entrante con Abelardo de la Espriella. (Lea también: ¿Dónde queda el Palacio de San Carlos y cuál es su historia? Sería sede de De la Espriella en Bogotá)Mauricio Lenis, presidente de la Corte Suprema de Justicia, expresó que “esperaría con este nuevo Gobierno que haya un diálogo armónico, institucional, porque es mejor así para la ciudadanía, para que el Estado funcione y para la justicia misma que se haga posible esa colaboración armónica institucional. También que haya un respeto real por las instituciones y la justicia. (…) Esperamos que esa sea la dinámica durante estos cuatro años”.Por su parte, Paola Meneses, presidenta de la Corte Constitucional, reconoció que “siempre hay tensiones entre el Ejecutivo y la Rama Judicial, ese no es un tema de estos momentos, esto ocurre cuando hay que ejercer competencias donde se ejerce un control sobre las atribuciones dadas al Ejecutivo”, refiriéndose a los momentos en que deben declarar la inconstitucionalidad de algún decreto, por lo que subrayó que “respetamos las competencias ajenas con la misma vehemencia con que defendemos las propias”.Alberto Montaña, presidente del Consejo de Estado, agregó frente a lo dicho por su par que “es legítimo que se hagan críticas; sin embargo, una cosa en no estar de acuerdo con una decisión y otra cosa es no cumplir”, explicando que las decisiones “tienen que ser cumplidas” aunque “a veces no les gustan a los gobiernos, pero deben ser acatadas”.¿El Gobierno Petro respetó los límites de los poderes públicos?El magistrado Lenis, “los gobernantes deben comprender que deben gobernar con controles” y “ningún poder público puede ser ejercido sin límites y sin control”, por lo que instó a “los gobernantes a respetar las competencias de los otros poderes públicos”, asegurando que cuando se toma una “decisión frente a una acción de poder público, Ejecutivo o Legislativo, no se debe entender que es un obstáculo a la democracia. Por el contrario, también es para defender otros valores democráticos importantes”. Por otro lado, recordó el “hecho desafortunado” en que se bloqueó la salida de los magistrados cuando estaban eligiendo al fiscal que reemplazaría a Francisco Barbosa. Respecto al Gobierno actual, consideró que “no se facilitó ese diálogo institucional de manera armónica, eso fue tensionante”.La togada Meneses reiteró que siempre hay tensiones con los gobiernos, “pero acá lo importante es que cada uno de los integrantes de las ramas del poder público deben actuar conforme lo señala la Constitución y la ley. De manera que en estos cuatro años lo que ha quedado evidente es que tenemos una institucionalidad sólida y una justicia comprometida con respetar las garantías del Estado Social y democrático de Derecho”.El presidente del Consejo de Estado manifestó que “sería contraevidente decir que hubo unas relaciones armónicas por completo” porque “la rama judicial en general tuvo que hacer manifestaciones públicas llamando a la cordura y al respeto por las decisiones judiciales”. En el caso de su despacho, incluso “hubo una solicitud de audiencia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en la cual le pusimos de presente a la comisión esas reacciones del presidente”, ya que “decir que se está haciendo un golpe de Estado por parte de los jueces, hacer señalamientos que deslegitiman la autoridad judicial, como si nosotros nos debiéramos a un electorado y no a la Constitución y a la ley, en materia de designación, que el Consejo de Estado tome la decisión de anular la designación de alguien y a los pocos días se profiera un decreto cambiando los requisitos para que esa persona siga ahí, en mi opinión no son reacciones normales ni deseables”.¿Qué debe tener una reforma a la justicia?El presidente de la Corte Suprema recordó la propuesta del ministro de Justicia designado, Iván Cancino, “como eliminar algunas de las audiencias para tratar de que sea más celera y como funciona el procedimiento abreviado penal. Esa es una discusión que podemos dar. Pero no se trata de eliminar una audiencia sino de hacer una reforma a todo el procedimiento, porque esa audiencia está conectada con otras etapas y otras prerrogativas del proceso penal, eso implicará una reforma más integral”. Agregó que espera que “la justicia sea más cercana y más oportuna, y que los métodos alternativos de solución de conflictos sean más efectivos”.En el concepto del magistrado Montaña “debemos ser muy prudentes porque son reformas que tienen que ver con nosotros”, pero “también debemos ser participativos en los problemas y en lo estructural” como “la congestión, donde hay que tomar medidas”, refiriéndose a “los jueces individuales, que este año cumplen 20 años de creación, ellos sí se han congestionado más. Entonces nada hacemos si en la alta corte se genera una descongestión y abajo se está congestionando más”, señalando que hay jueces que tienen 5.000 procesos.La presidenta de la Corte Constitucional habló de las tutelas, indicando que reciben a diario, en promedio, 5.650. “Cada mes hay dos magistrados que se seleccionan aleatoriamente para hacer parte de una sala de selección y tenemos que revisar un rango que va aproximadamente entre 80.000 y 100.000 tutelas” al mes para decidir cuáles se van a seleccionar, explicó. Por ello acuden al Consejo Superior de la Judicatura y actualmente hay “226.000 tutelas pendientes por radicar para hacer la selección”, agregó. También se refirió al tema del derecho a la salud, el segundo que más tutelas tiene, el primero es de petición.¿Qué ha significado la JEP?“Significó un consenso nacional en esa búsqueda por lograr la paz”, expresó el magistrado Lenis, quien señaló que “la JEP tiene unos plazos y es prudente esperar que se cumplan esos plazos para que cumpla su misión”, considerando que “la JEP viene actuando, hay unos logros que se pueden mirar, pueden ser intangibles: han identificado cuerpos, se los han entregado a sus familiares; ha facilitado construcción de verdad en medio de las circunstancias del conflicto armado, ha facilitado la reconciliación”, reconociendo que “viene un poco lento”. Agregó: “Cuando se cumplan esos plazos, vamos a mirar si es momento de hacer la prórroga como lo establece la Constitución”.El magistrado Montaña indicó que “para terminarla, para acabarla, para reformarla, se van a necesitar reformas constitucionales, no bastará una reforma legal”, y manifestó que “la justicia transicional no es una política de Gobierno, es una política de Estado”, por lo que “es un compromiso de todos los órganos del poder público y no solamente del Ejecutivo”. (Lea también: JEP le respondió a Abelardo de la Espriella y lo invitó a una reunión para presentar resultados)NOTICIAS CARACOL
La Corte Constitucional ordenó proteger el mural de ‘Las cuchas tienen razón’ para evitar el borrado o sabotaje de esta obra ubicada en la ciudad de Manizales, Caldas. Además, ordenó ofrecer disculpas públicas por parte del concejal de Medellín Andrés Felipe Rodríguez, conocido como Gury, quien promovió actuaciones en contra del mural. Esta decisión, indicó el alto tribunal, busca proteger las expresiones artísticas vinculadas a la memoria histórica de las víctimas del conflicto armado en Colombia.La controversia jurídica llegó a la corte tras el estudio de dos acciones de tutela con pretensiones opuestas. La primera fue interpuesta por un ciudadano que solicitó el retiro del mural alegando que frases como ‘Las cuchas tienen razón’ incitaban al odio, la polarización y afectaban la salud mental de los habitantes de Manizales. La segunda tutela fue presentada por representantes del Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado (MOVICE), la Corporación Reiniciar y el grupo NUGEPAZ. Estos últimos denunciaron que el concejal de Medellín Andrés Felipe Rodríguez (Gury) intervino físicamente la obra y utilizó sus redes sociales para instigar a la ciudadanía a manifestarse en contra de esta expresión artística.Blanca Monroy relata su lucha por la verdad tras el asesinato de su hijo en los falsos positivosCorte dice que murales como el de 'Las cuchas tienen razón' reconstruyen democraciaEn la Sentencia T-202 de 2026, bajo la ponencia del magistrado Héctor Alfonso Carvajal Londoño, la Sala Tercera de Revisión indicó que el arte desempeña un papel fundamental en la justicia transicional. Al respecto, la Corte señaló que “el arte puede constituirse en un medio particularmente potente para la reconstrucción del tejido social y la transmisión de las memorias del conflicto armado”. Según el alto tribunal, estas manifestaciones no son solo estéticas, sino que “operan como dispositivos de reconstrucción democrática” y constituyen un “lenguaje alternativo de producción de verdad que permite visibilizar experiencias históricamente silenciadas”.El fallo resaltó que el muralismo en el espacio público cumple una “función pedagógica y deliberativa” al fomentar conversaciones sociales sobre el pasado violento. En el caso específico de “Las cuchas tienen razón”, la Corte reconoció que la obra es un tributo a la labor de las mujeres buscadoras de personas desaparecidas. Recordó, además, que, según la Ley 2364 de 2024, estas mujeres tienen un “estatus reforzado de protección” y su labor está intrínsecamente ligada a la realización del derecho a la verdad. Por ello, cualquier intervención que pretenda estigmatizarlas debe examinarse bajo un estándar constitucional riguroso, regido por los principios de “dignidad, no revictimización y acción sin daño”.Así deberá disculparse concejal 'Gury' por dañar muralComo consecuencia, el concejal Andrés Felipe Rodríguez deberá realizar una disculpa pública en sus redes sociales, reconociendo “la legitimidad de la frase ‘Las cuchas tienen razón’ y del mural como ejercicio de la libertad de expresión y memoria de las víctimas”. Asimismo, se le prohibió a este servidor público promover o realizar cualquier acción futura que busque sabotear, cubrir o borrar obras artísticas relacionadas con las víctimas o las madres buscadoras, evitando mensajes que puedan revictimizarlas.Para asegurar la integridad de la pieza, la Corte ordenó a la Alcaldía y a la Policía Metropolitana de Manizales la creación de un protocolo de reacción inmediata contra sabotajes por un lapso de seis meses. Finalmente, el tribunal pidió a los servidores públicos, especialmente a los de elección popular, a ser promotores de la reparación simbólica, definida por la Corte como el “conjunto de acciones orientadas a preservar la memoria histórica, reconocer públicamente la dignidad de las víctimas y contribuir a la reconstrucción del tejido social”.Concejal Gury responde a decisión de la CorteEl concejal Andrés Felipe Rodríguez (Gury) publicó un video a través de sus redes sociales respondiendo el fallo de la corte y mencionó que “me parece increíble que un magistrado llegue hasta estas instancias para darles la razón a los que acaban con la propiedad pública y pintan cosas ilógicas en los muros y legisla diciendo que los muros de ‘Las cuchas tienen razón’ es memoria histórica y se olvida que eso lo utilizaron para hacer campaña política.CAMILO ROJAS, PERIODISTA NOTICIAS CARACOLX: RojasCamoCorreo: wcrojasb@caracoltv.com.coInstagram: Milografias
Catalina Giraldo ya no está en este mundo, pero la lucha jurídica para que se regule la muerte digna en Colombia prevalece. El nombre de esta psicóloga de 31 años pasó a ocupar los titulares de las noticias cuando solicitó el suicidio médicamente asistido a su EPS, pero le fue negado; así que decidió emprender una batalla legal que se extendió por 10 meses y llegó hasta la Corte Constitucional, donde permanece el caso para el respectivo estudio. Giraldo le envió un contundente mensaje a los magistrados del alto tribunal antes de su muerte.Noticias Caracol dio a conocer una entrevista póstuma que Catalina concedió horas antes de acceder a la eutanasia, el 9 de julio. Murió acompañada de su mamá, su hermana y su mascota en un centro médico de Bogotá. Pero su fallecimiento no se dio como ella lo esperaba. La importancia del suicidio asistido para ella radicaba en que era un acto de autonomía y de apropiarse de su proceso. Al final, aceptó resignada la eutanasia, aunque se sentía tranquila. El detonante para optar por este camino vino cuando fue hospitalizada en mayo pasado y se sintió restringida.El suicidio asistido fue despenalizado en Colombia en 2022, a través de la Sentencia C-164 de la Corte Constitucional. Sin embargo, los vacíos legales fueron de los que se valió la EPS de Giraldo para negarle el acceso a este derecho. Catalina era la primera paciente en pedir el acceso a este recurso, pero se encontró con que este no había sido debidamente reglamentado. Así las cosas, inició una batalla legal que duró 10 meses. Tutelas y frustraciones estuvieron acompañadas por el insoportable peso de vivir con el que cargaba Catalina. Su salud mental se deterioraba a medida que la demanda iba llegando a nuevas instancias.El duro mensaje de Catalina Giraldo a la Corte ConstitucionalEn sus últimas declaraciones, Catalina Giraldo envió un mensaje directo y contundente a los magistrados de la Corte Constitucional, enfocándose en la necesidad de justicia para quienes enfrentan situaciones similares a la suya. “Esta lucha no termina conmigo; yo voy a fallecer en las próximas horas; pero no fallece con este proceso. Hay personas que lo necesitan de manera urgente y prioritaria, hay personas que sufren y que se suicidan todos los días”, declaró.Giraldo les hizo un llamado a los magistrados a que comprendan que esta es una lucha por la salud mental y la muerte digna. “Muchas personas necesitan una muerte acompañada y segura, y no morir como la mayoría de personas que se suicidan de manera violenta”. Catalina aclaró que para ella sería infame que la alta corte no resuelva el caso de fondo.La pelea continúa: ¿en qué va la tutela de Catalina Giraldo?El capítulo más reciente de esta batalla fue la solicitud formal que hizo la representación de Giraldo a la Corte Constitucional de apartar del caso a la presidenta Paola Meneses, quien fue designada para revisar el expediente de la tutela. DescLAB, firma que acompaña el proceso jurídico, recordó que la magistrada salvó su voto a la hora de decidir sobre la Sentencia C-164 de 2022. “Al salvar su voto (...), la magistrada Meneses rechazó públicamente la Asistencia Médica al Suicidio, se opuso radicalmente a su despenalización y práctica en el sistema de salud”, señaló la organización.María Paula Rodríguez RozoNOTICIAS CARACOL¿Tiene una historia que contar?Escríbanos a mprodrir@caracoltv.com.co
La Corte Constitucional emitió un nuevo fallo en el que aclara cuáles son los reglamentos de propiedad horizontal que rigen para animales de compañía en zonas comunes. La decisión fue adoptada tras resolver una tutela presentada por una residente a quien le impedían usar el ascensor junto a uno de sus perros, pese a que ambos tenían condiciones de salud que hacían necesario ese medio de acceso.La alta corte explicó en la Sentencia T-199 de 2026 que dentro de los reglamentos de propiedad horizontal "no puede prohibirse el tránsito y la permanencia de animales domésticos o mascotas en las zonas comunes", ni establecer autorizaciones previas para que sus propietarios puedan movilizarse con ellos. La decisión quedó consignada por la Sala Octava de Revisión que protegió los derechos fundamentales al libre desarrollo de la personalidad y a la intimidad personal.(Síganos en Google Discover y conéctese con las noticias más importantes de Colombia y el mundo)Fallo de la Corte protege a residentes con mascotas en zonas comunesEl caso surgió luego de que una residente de un conjunto ubicado en Cajicá presentara una acción de tutela contra la administración del lugar. La mujer manifestó que le habían impedido utilizar el ascensor junto con uno de sus perros, pese a que ambos tenían limitaciones físicas que hacían inconveniente el uso de las escaleras. "Teresa presentó una tutela en contra del conjunto residencial donde vive porque la administración le prohibió utilizar el ascensor con Júpiter, uno de sus cuatro perros", indicó la Corte. De acuerdo con el expediente, la accionante padece osteoporosis y una hernia lumbar, mientras que uno de sus cuatro perros fue diagnosticado con displasia de cadera y una enfermedad degenerativa en la columna, por lo que el veterinario recomendó que el animal evitara subir y bajar escaleras para impedir el avance de su condición. Sin embargo, la administración del conjunto informó a los residentes que las mascotas no podían ser transportadas en los ascensores sin autorización. Y aunque durante el trámite judicial la administración otorgó un permiso especial para que la propietaria pudiera usar el ascensor con sus perros, la autorización tenía una vigencia limitada y estaba condicionada a la renovación periódica de certificados médicos y veterinarios, a lo que la Corte estableció que "en ningún caso es admisible prohibir su tránsito o permanencia, ni someter su ejercicio a autorizaciones discrecionales". La Corte explicó que exigir permisos para utilizar un ascensor junto con un animal de compañía constituye una restricción que afecta derechos fundamentales cuando la legislación ya reconoce la posibilidad de que estos animales transiten por las zonas comunes de las propiedades sometidas al régimen de propiedad horizontal. En ese sentido, el alto tribunal recordó que el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana establece que no pueden imponerse prohibiciones sobre el tránsito y permanencia de animales domésticos en las áreas comunes de los conjuntos residenciales."El tema de las mascotas es responsabilidad de sus propietarios. Lo que no se puede prohibir es el tránsito y la permanencia de estos animales en las zonas comunes de la propiedad. Las restricciones tienen que ver con que los propietarios se hagan cargos de las necesidades de sus mascotas y que se hagan cargo de las normas mínimas del acceso a la propiedad horizontal. Los conjuntos deben tener unos límites constitucionales y no prohibir la permanencia de los animales ni su tránsito. Lo importante es garantizar las condiciones de salud de las mascotas y su propietarios respetando sus responsabilidades", explicó Paola Andrea Meneses, presidenta de la Corte Constitucional, en Noticias Caracol.¿Qué pueden regular los conjuntos residenciales sobre las mascotas?La decisión no significa que los conjuntos residenciales pierdan la facultad de establecer reglas relacionadas con la convivencia entre vecinos y la tenencia responsable de animales. La Corte precisó que la administración sí puede adoptar medidas dirigidas a garantizar el uso adecuado de las zonas comunes, siempre que esas disposiciones sean razonables y estén alineadas con la ley. Entre los aspectos que pueden ser objeto de regulación se encuentran:El uso obligatorio de correa en las áreas comunes.El cumplimiento de las normas de higiene por parte de los propietarios.La recolección de los desechos de los animales.El respeto por las medidas de seguridad previstas para razas que así lo requieran.Las reglas orientadas a evitar afectaciones a la convivencia entre residentes.Lo que no resulta constitucional, según la sentencia, es impedir de manera absoluta el ingreso de animales a zonas comunes, prohibir el uso de ascensores o exigir permisos especiales para ejercer un derecho que la ley reconoce. Además, la Corte reiteró que los animales de compañía ocupan un lugar importante dentro de muchas familias y que la relación que las personas construyen con ellos tiene incidencia en derechos como el libre desarrollo de la personalidad y la intimidad personal y familiar."La Corte, inicialmente, recordó que en la actualidad los animales de compañía o mascotas ocupan un papel relevante en la vida de muchas personas. Este fenómeno ha llevado a que se construyan relaciones entre los animales domésticos y los seres humanos. Para la Sala, ese vínculo tiene una dimensión constitucional, que se relaciona con el ejercicio de derechos como el libre desarrollo de la personalidad, y la intimidad personal y familiar". En consecuencia, ordenó al conjunto residencial:Permitir el uso del ascensor por parte de la accionante junto con sus animales de compañía sin exigir permisos previos.Abstenerse de imponer sanciones relacionadas con el uso del ascensor por transportar mascotas.Dejar de aplicar el artículo del manual de convivencia que restringía el transporte de animales en el ascensor.Actualizar el reglamento interno para ajustarlo a lo establecido en el artículo 117 de la Ley 1801 de 2016.La Corte también aclaró que la decisión no elimina las obligaciones que tienen los propietarios de mascotas respecto al cuidado de los espacios comunes, el cumplimiento de las normas sanitarias y el respeto por los demás residentes. "para garantizar la adecuada convivencia y el respeto de las normas de higiene y seguridad en las zonas comunes". VALENTINA GÓMEZ GÓMEZNOTICIAS CARACOLvgomezgo@caracoltv.com.co
El sorteo del Dorado Tarde vuelve a generar expectativa entre miles de colombianos que diariamente buscan probar suerte en una de las modalidades de juego más tradicionales del país. Esta alternativa, que cuenta con una amplia acogida en distintas regiones del territorio nacional, ya tiene lista su combinación ganadora para la jornada de este jueves 8 de septiembre, permitiendo a los apostadores verificar si su tiquete resultó favorecido en este ciclo.(¿Necesitas actualizarte o tienes dudas sobre las noticias del día? Pregúntale a NATA)¿Qué número cayó en el Dorado Tarde este jueves 8 de octubre?A continuación se detalla la combinación oficial correspondiente al último sorteo realizado en esta jornada:Número ganador: La "Quinta" cifra: El tiquete original debe mantenerse en perfecto estado, ya que es el único documento válido para acreditar la jugada y reclamar cualquier suma de dinero otorgada por las empresas autorizadas.Pasos y requisitos para reclamar un premio del chancePara cobrar el incentivo económico obtenido en el Dorado Tarde, los ganadores deben dirigirse a los puntos de venta autorizados o a la red de distribuidores oficial de la concesión del juego de apuestas en su departamento. Es indispensable cumplir con una serie de exigencias legales para garantizar la transparencia del trámite:Presentar el tiquete original en papel termosensible, el cual no debe registrar tachaduras, enmiendas, raspaduras ni daños que impidan la lectura clara de los datos impresos (número, fecha, serie y código de seguridad).Entregar fotocopia de la cédula de ciudadanía o documento de identidad válido, ampliada al 150 %, firmada por el titular.Formulario de solicitud de pago de premio debidamente diligenciado, el cual es suministrado de forma gratuita en la red de atención.Cuando el valor acumulado del premio supere montos estipulados por la regulación nacional, el cobro puede requerir la presentación de una certificación bancaria para realizar la transferencia de los fondos de manera directa y segura.Retenciones de ley y cobro de ganancias ocasionales en ColombiaEs fundamental que los apostadores conozcan el marco tributario que rige los juegos de suerte y azar en el país. Todo premio obtenido en el Dorado Tarde o cualquier otro juego autorizado está sujeto al Estatuto Tributario vigente.Según la normativa nacional, las sumas otorgadas que sobrepasen las 48 Unidades de Valor Tributario (UVT) están afectas a una retención en la fuente a título de impuesto sobre ganancias ocasionales. La tarifa aplicable para estos incentivos es del 20 %, la cual es descontada de forma directa por la entidad pagadora al momento de efectuar el desembolso. Por esta razón, la cifra neta que recibe el usuario en su cuenta o en efectivo corresponde al valor bruto del premio menos el porcentaje retenido que se traslada a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).Importancia de jugar legal y el papel de ColjuegosEfectuar apuestas únicamente en comercios certificados e integrados a la red legal garantiza que los fondos generados por esta actividad económica se destinen al financiamiento del sistema público de salud en Colombia. La fiscalización de estas operaciones está a cargo de Coljuegos, la empresa industrial y comercial del Estado encargada de administrar y regular el sector de los juegos de suerte y azar.Apostar en el circuito legal no solo protege al ciudadano frente a posibles fraudes o incumplimientos en los pagos, sino que asegura que cada tiquete emitido cumpla con las especificaciones técnicas exigidas por la ley. Los usuarios pueden validar la legalidad de los operadores consultando los canales oficiales de las concesiones locales y las bases de datos de Coljuegos.Este texto fue realizado con colaboración de un asistente de IA y editado por un periodista que utilizó las fuentes idóneas y verificó en su totalidad los datos.NOTICIAS CARACOL
En el fútbol profesional colombiano, sin duda alguna, la contratación que más sonó fue la de James Rodríguez a Atlético Nacional, al tratarse de una figura con gran pasado internacional y con importantes hitos en la selección Colombia. Sin embargo, en el programa 'Jugaba Maestra', de 'Ditu', se analizó a profundidad la necesidad que tenía el 'verdolaga' de contar un jugador con sus cualidades."Yo tengo una pregunta; ¿Nacional sí necesitaba contratar a a James Rodríguez?. Pero si tenían a teniendo a Edwin Cardona, a Elías Cabrera, al propio Rengifo (Juan Manuel), quien es la joya de la corona, entonces eso no lo entiendo una. Ahora Rengifo debe tener la oportunidad de ser titular sí o sí. Ya allá que organicen como les parezca, pero Rengifo desde que es titular en Nacional lo he visto bien, es el jugador que viene mostrando potencial y no es que solamente jugó bien ahora en Selección Colombia", dijo Norberto Peluffo en 'Jugada Maestra'.En ese mismo tema y en el mismo espacio de Ditu, el profesor Nelson Gallego opinó con respecto a ese mismo tema. "Seguramente que Rengifo con James Rodríguez ahí en Nacional va a aprender cosas, como por ejemplo el tema de pegarle a la pelota. Y Nacional debería aprovechar que James no tiene afán, que juegue 25 o 30 minutos, que le entreguen al rival ya liquidado. Puede que el espejo de James sea Rengifo, para que tenga mayor dinámica, que lo ponga a jugar. Pero es claro que Rengifo debe jugar más, con más continuidad se les va a valorizar mucho, porque ya no es solamente jugador de Nacional, sino de Selección Colombia también".Lo cierto es que en el poco tiempo que lleva James en Nacional, ya ha logrado marcar diferencia. En cuatro partidos de la Liga BetPlay II-2026, el jugador marcado con la camiseta 23 registra dos asistencias, un sello que siempre ha tenido en su estilo de juego más allá de la capacidad de anotar gol.
Inicia el segundo trimestre del último tramo del año y la ilusión de los apostadores en Colombia se mantiene intacta. Este jueves 8 de octubre de 2026, miles de ciudadanos en la Región Caribe y en todo el territorio nacional fijan su mirada en el Sinuano Día, uno de los juegos de apuestas permanentes con mayor tradición, credibilidad y volumen de participantes en el país.A continuación, habilitamos la sección oficial de resultados, la cual se actualizará en tiempo real con las combinaciones de la jornada una vez concluya la verificación de las autoridades del juego.Módulo único de consulta: resultados del 8 de octubreCifra ganadora: 6585Quinta cifra: 0¿Cómo operan las apuestas y cuál es la escala de premios?El Sinuano Día basa su dinámica en un sistema mecánico auditado que utiliza cuatro baloteras numéricas independientes (del 0 al 9). La versatilidad del juego permite al usuario elegir la cantidad de dinero a apostar, partiendo de cifras altamente accesibles en los puntos autorizados.El dinero recibido por el ganador depende exclusivamente de la precisión del acierto y del monto apostado libre de impuestos:Pleno de Cuatro Cifras: Al acertar las cuatro balotas en el orden exacto, el apostador recibe una bonificación de 4.500 veces lo invertido.Combinación de Tres Cifras: Quienes le atinan a las tres últimas cifras en orden exacto obtienen un pago de 400 veces el valor de su tiquete.Pared de Dos Cifras: El acierto de los últimos dos dígitos otorga un retorno de 50 veces la suma jugada.Una Cifra: La coincidencia con la última balota entrega 5 veces el dinero apostado.Procedimiento de reclamación y descuentos tributariosAcertar los números ganadores es solo el primer paso. Para hacer efectivo el cobro del dinero de forma transparente y sin inconvenientes, se debe seguir la normativa legal vigente fijada por las autoridades de juegos de suerte y azar:Custodia del comprobante: El tiquete de venta original emitido por la red autorizada es el único documento legal para cobrar. Este debe conservarse en perfecto estado, legibilidad completa en su código de barras y sin signos de alteración o enmendadura.Presentación personal: El ciudadano debe acudir a un centro de atención oficial portando su documento de identidad original (cédula de ciudadanía o cédula de extranjería).Escala de cobro según cuantía: Las ganancias de menor valor se entregan de forma inmediata en los puntos de venta autorizados como SuperGIROS o Record. En cambio, si la suma a reclamar alcanza o supera las 48 UVT (Unidad de Valor Tributario), el trámite debe formalizarse en la oficina central de la entidad distribuidora.Retención legal: Los premios iguales o superiores al tope de 48 UVT están sujetos a una retención en la fuente del 20% por concepto de Ganancias Ocasionales, impuesto legal que destina sus recaudos directamente al sostenimiento del sistema general de salud en Colombia.Transmisión oficial y frecuencia de juegoEl sorteo del Sinuano Día se realiza de forma ininterrumpida de lunes a domingo, incluyendo días festivos, exactamente a las 2:30 p. m. La transmisión oficial para todo el país se emite en directo por el canal regional Telecaribe, garantizando la supervisión de delegados territoriales y del sector salud para la transparencia del proceso.Este texto fue realizado con colaboración de un asistente de IA y editado por un periodista que utilizó las fuentes idóneas y verificó en su totalidad los datos.
El movimiento en los puntos de venta autorizados no da tregua en la segunda mitad de la semana. Este jueves 8 de octubre de 2026, miles de usuarios en distintas regiones de Colombia se acercan a los terminales para probar suerte con La Caribeña Día, uno de los sorteos diurnos de mayor arraigo, continuidad y confianza en el mercado nacional de apuestas permanentes.¿Necesitas actualizarte o tienes dudas sobre las noticias del día? Pregúntale a NATABajo los parámetros establecidos por Coljuegos, el chance opera como una fuente constante de financiamiento público. Un porcentaje de la venta de cada tiquete legalmente expedido se destina directamente al sistema de salud regional, permitiendo que la participación de los apostadores contribuya de forma directa al sostenimiento de la infraestructura hospitalaria del país.Mecánica del Juego, Inversión Mínima y Escala de PremiosEl modelo del chance destaca por su versatilidad, permitiendo a los usuarios definir libremente sus combinaciones y el valor de su jugada:Monto Mínimo de Entrada: Se puede participar desde tan solo $500 pesos colombianos (más el respectivo IVA legal).Directo (4 cifras): Genera una ganancia de $4.500 pesos por cada peso apostado al coincidir exactamente con el orden del sorteo.Directo (3 cifras): Entrega $400 pesos por peso invertido al acertar las tres primeras o las tres últimas cifras en orden exacto.Modalidad Combinado: Premia al apostador si sus cuatro números elegidos coinciden con la combinación ganadora, sin importar el orden de salida de las balotas.Aciertos de 2 y 1 Cifra ("Pata" y "Uña"): Retribuyen $50 pesos y $5 pesos por cada peso apostado, respectivamente.Puntos de Venta, Horarios y TransmisiónEl procedimiento del sorteo se ejecuta a través de cuatro urnas automáticas con balotas del 0 al 9 para conformar el número principal de cuatro cifras, además de una urna adicional destinada a la "quinta balota", utilizada por las redes para habilitar promociones, acumulados y dinámicas de doble chance.Frecuencia y Hora: Se realiza de lunes a sábado a las 2:30 p. m. (con validación de premios en sistema sobre las 4:00 p. m.). Los domingos y días festivos mantiene su emisión vespertina habitual.Señal de Televisión: Se transmite en vivo y en directo por la pantalla del canal regional Telecaribe.Cobertura Comercial: Disponible de manera presencial y digital mediante los puntos de atención de SuperGiros y Sured.Casilla de Resultados OficialesA continuación, la estructura lista para el reporte del sorteo correspondiente a este jueves 8 de octubre:Premio Mayor (4 Cifras)[ _ _ _ _ ]Quinta Balota (Promocional)[ _ ](Información en desarrollo: Las cuatro cifras ganadoras y la balota complementaria se registrarán en este espacio una vez concluya el sorteo de las 2:30 p. m. y la entidad operadora emita el boletín oficial de validación).Disposiciones Legales para el Cobro de PremiosSi la fortuna está de su lado en esta jornada del jueves 8 de octubre, considere los siguientes requerimientos legales establecidos en la Ley 643 de 2001 para reclamar su dinero:Estado del Tiquete: El tiquete impreso es la única prueba válida de la apuesta. Debe estar impecable, sin roturas, tachaduras, enmiendas ni alteraciones.Premios Menores (< 48 UVT / apróx. $2.513.000 COP): Pueden cobrar en efectivo e inmediatamente en cualquier agencia comercial de la red autorizada presentando la cédula de ciudadanía original.Premios Iguales o Superiores a 48 UVT: Exigen el trámite personal en las sedes principales de la comercializadora para diligenciar el formulario de control de lavado de activos (SIPLAFT). A estos montos se les efectúa una retención en la fuente del 20% por impuesto a las ganancias ocasionales.Vencimiento del Plazo: El derecho a cobrar el incentivo caduca al cumplir un (1) año contado a partir de la fecha del sorteo. Si no es reclamado en este tiempo, los recursos pasan definitivamente al sector salud.Este texto fue realizado con colaboración de un asistente de IA y editado por un periodista que utilizó las fuentes idóneas y verificó en su totalidad los datos.
Con casi 14 años de trayectoria en la escena musical y artística, Vein se ha consolidado como una de las propuestas más singulares y multidisciplinarias del metal colombiano. Lejos de ser únicamente un proyecto musical, la banda ha construido un universo expandido que integra thrash, groove e industrial con narrativa gráfica de cómics, estética goth, performance y action painting (pintura en vivo en formato expresionista).¿Necesitas actualizarte o tienes dudas sobre las noticias del día? Pregúntale a NATALa agrupación retorna a la tarima del festival tras su participación en 2017, consolidando un concepto sonoro y visual mucho más maduro que abarca trabajos como 'Chapter One' y su más reciente producción 'Reveal'. Su puesta en escena combina el peso de los riffs con la creación plástica en directo a cargo de su percusionista e ilustrador Iván Chacón, en una propuesta cargada de crítica social, introspección y sátira.Su presentación está programada para este sábado en el Escenario Plaza, previo al bloque de invitados internacionales, acompañados por un equipo de montaje de casi 18 personas que coordinan vestuario, iluminación, cosplay y componentes plásticos. En diálogo con Noticias Catacol, Julián Vargas (guitarra) e Iván Chacón (percusión y action painting), comparten detalles sobre cómo se entrelazan la música y el dibujo en su obra, las reflexiones detrás de su propuesta y las proyecciones internacionales de su universo artístico.Entrevista con Julián Vargas e Iván Chacón (Vein)Julián e Iván, ¿qué representa para Vein regresar al escenario de Rock al Parque en esta edición tan especial?Julián Vargas: Inicialmente sabemos que Rock al Parque es emblemático a nivel distrital y hace parte de la cultura bogotana. Estar en esta edición es muy significativo porque nos introduce en la historia del festival. Regresar después de haber estado en 2017 nos hace sentir muy contentos y orgullosos.Iván Chacón: Considero que hoy tenemos mayor recorrido y madurez. Le hemos ido agregando más elementos al show tanto musical como visualmente: tenemos el desarrollo de los cómics, los videoclips y el nuevo disco, 'Reveal', que tiene un nuevo sonido y un nuevo concepto.¿Cómo se gestó inicialmente esta unión entre los cómics, la pintura y la música pesada en Vein?I. C.: En un principio compartíamos un espacio que era estudio de ensayo y mi taller de arte. Yo entraba a practicar con ellos pintando a mano alzada en carboncillo. Tuvimos una invitación para un show y decidimos unir la parte de audio con la parte visual. Comenzó siendo algo instrumental, luego se sumaron más integrantes y en 2018 formalizamos la parte gráfica con los cómics junto a Mano de Obra Cómics. Así fue creciendo todo el proyecto.Lea también: Narcocracia debutará en Rock al Parque para prender la fiesta: "Se siente como la graduación"Sostener un universo tan complejo en la música independiente no es sencillo. ¿Qué los ha mantenido unidos durante estos casi 14 años?J. V.: En los proyectos artísticos siempre hay altibajos, pero hemos tenido la fortuna de estar unidos. Cuando comenzó a integrarse la parte visual con la musical, se fortaleció tanto la relación sonora como la personal. Adquirimos un compromiso artístico y colectivo que nos permite seguir en la batalla, con la mirada puesta en llevar este proyecto a una escala internacional.Mucha gente llega a ustedes por el metal y descubre las historias ilustradas, o viceversa. ¿Cómo reciben esa respuesta del público?J. V.: Es totalmente acertado. Hay personas que nos dicen que no escuchan mucho metal pero llegaron a la banda a través del cómic, y a la inversa. El cómic es un as bajo la manga que nos permite salir del underground sin volvernos comerciales, ofreciendo una puerta de entrada diferente a nuestra propuesta.Iván Chacón: Además, nos interesa rescatar lo analógico frente a lo digital. Las manchas, las texturas y el proceso de creación en vivo junto a los riffs generan una especie de ritual o fiesta teatral que le da identidad al grupo.El metal siempre ha tenido una postura crítica frente a la realidad. ¿Qué temáticas abordan en sus canciones y cómics?J. V.: El metal tradicionalmente ha metido el dedo en la llaga. En Vein lo abordamos desde la introspección: cómo el individuo es un testigo crítico de la sociedad, la política y la tecnología. Además, en el cómic hay un humor negro y una sátira fina donde cualquier colombiano puede reconocer situaciones cotidianas.Lea también: Solegnium: 20 años de resistencia y la conquista del sonido extremo en Rock al ParqueI. C.: También tocamos el tema de la salud mental y la búsqueda de control en un mundo lleno de bombardeos de información. El arte nos conecta con lo esencial y nos brinda la tranquilidad necesaria para crear.Iván, en tu caso con el action painting, ¿cómo logras que la pintura en vivo fluya con la música sin repetirte?I. C.: Las canciones tienen conceptos universales que me permiten viajar desde diferentes ángulos. En el escenario me fundo con la música en una catarsis; hay mucha improvisación y riesgos. El trazo depende del estado de ánimo del día. Es hermoso cuando dejas que la obra te controle a ti en lugar de intentar controlarla tú a ella.¿Qué se va a encontrar el asistente de Rock al Parque cuando se presente Vein en el Escenario Plaza?J. V.: Va a ver el resultado de un trabajo en equipo muy profesional. Movemos un crew de cerca de 18 personas entre vestuario, maquillaje, luces y producción visual. Quienes asistan van a presenciar esa fusión total entre el montaje escénico, la propuesta plástica y nuestro sonido más potente.Para cerrar, ¿qué viene para la banda después del festival?J. V.: Estamos en preproducción de nuestro próximo material discográfico y proyectando la búsqueda de giras fuera del país. Rock al Parque es una plataforma clave para impulsar esa proyección internacional.I. C.: En el apartado gráfico seguiremos expandiendo la saga de los cómics, explorando proyectos como pilotos de videojuegos y añadiendo elementos de cosplay e influencias de groove e industrial a nuestra música.MARÍA PAULA GONZÁLEZPERIODISTA DIGITALmpgonzal@caracoltv.com.co