
En zonas rurales y urbanas de Colombia es aún común ver a loros criados como mascotas. Familias han convivido con estas aves coloridas y les han enseñado a repetir palabras e incluso les consideran como parte fundamental del hogar. Sin embargo, aunque algunos crean que esta es una muestra de afecto por estas aves, actualmente es una infracción ambiental sancionada por ley.
En los últimos años, la legislación colombiana ha venido endureciendo sus controles frente a la tenencia de animales silvestres en el hogar. Por lo que tener a un loro, perico, paloma u otros animales de especie silvestre en calidad de mascota puede acarrear sanciones económicas, el decomiso inmediato del animal e incluso la apertura de procesos judiciales, si el caso así lo amerita. Y aunque la tenencia de loros y otras especies silvestres como mascotas sigue siendo común en hogares colombianos, esta práctica sí es sancionada por ley.
¿Hay multa por tener un loro en casa en Colombia?
En Colombia, el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, establecido mediante la Ley 1801 de 2016, prohíbe la tenencia de animales silvestres en los hogares sin las autorizaciones correspondientes. Entre las especies más afectadas por esta práctica ilegal se encuentran los loros, aves reconocidas por sus colores y su capacidad de imitar sonidos humanos. Aunque históricamente han sido considerados mascotas exóticas, las autoridades ambientales han reiterado que mantenerlos en cautiverio constituye una infracción ambiental.
El artículo 101 de la Ley 1801 contempla diez comportamientos que afectan directamente a la fauna y flora silvestre del país, dentro de los cuales se encuentra la tenencia de animales silvestres en calidad de mascotas. De acuerdo con la normativa, este comportamiento es sancionado con una multa general tipo 3, la cual equivale a $393.440 para el año 2025, además del decomiso obligatorio del ejemplar.
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Esta disposición, según la ley, busca disuadir la tenencia doméstica de animales silvestres, por un componente ambiental fundamental: proteger el equilibrio de los ecosistemas. Según el Ministerio de Justicia y del Derecho, los loros, al igual que otras especies silvestres, desempeñan funciones ecológicas específicas, como la dispersión de semillas y el control de algunas poblaciones de insectos. Retirarlos de su entorno natural les impediría desarrollar estos roles ecológicos y los expondría a condiciones de cautiverio que afectan su salud y bienestar.
¿Qué pasa si autoridades encuentran un loro en su casa?
El Código Nacional de Policía establece medidas correctivas que incluyen sanciones económicas y la incautación del animal. Una vez decomisado, el loro es trasladado a centros de atención animal o a las autoridades ambientales, donde se evalúa su estado físico y se determina si es viable un proceso de rehabilitación para su eventual reintroducción al medio silvestre. Además, la ley contempla otras medidas adicionales para quienes reincidan en esta práctica. Según lo estipulado en el parágrafo quinto del artículo 101, si un ciudadano reincide en el término de un año en comportamientos prohibidos como la tenencia ilegal de fauna silvestre, podrá enfrentarse a una suspensión definitiva de la actividad, cuando esta sea parte de un comercio o actividad económica.
La normativa colombiana afirma que los animales silvestres no son domesticables, independientemente del tiempo que lleven en cautiverio. Esto no solo incluye a loros, también a guacamayas, pericos, tortugas, iguanas, monos, boas constrictoras, entre otras especies. Según las autoridades ambientales, estos animales presentan necesidades fisiológicas y conductuales complejas que no pueden ser satisfechas en ambientes domésticos, lo cual puede derivar en sufrimiento, enfermedades y comportamientos anómalos. Y en caso de que algún ciudadano tenga conocimiento de la tenencia ilegal de un loro u otro animal silvestre, la Policía Nacional ha dispuesto la línea 123 como canal para recibir denuncias.
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Cuando se reporta un caso con esta línea, autoridades deben realizar una verificación presencial, notificar verbalmente al infractor y proceder, si es necesario, a imponer la sanción correspondiente. Según lo indicado por la norma, los ciudadanos tienen derecho a presentar pruebas o ejercer su defensa ante las autoridades competentes, y si no están de acuerdo con la medida, pueden interponer un recurso de apelación ante un inspector de policía.
Además del Código Nacional de Policía, otras normas refuerzan esta política de protección a la fauna silvestre: la Ley 1638 de 2013 prohíbe el uso de especies silvestres para espectáculos públicos como los circos, sin importar si se trata de especies nativas o exóticas. Por su parte, la Ley 1774 de 2016 penaliza el maltrato animal, y establece que cuando un animal es sometido a actos que afectan gravemente su salud o integridad, los responsables pueden enfrentar penas de prisión que oscilan entre 12 y 36 meses, así como multas que alcanzan hasta 50 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
VALENTINA GÓMEZ GÓMEZ
NOTICIAS CARACOL
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