La Corte Suprema de Justicia advirtió a las empresas que deben ser muy cuidadosas en las sanciones que se imponen por los conflictos raciales y la discriminación entre los trabajadores.
Esta situación se presentó luego de que el tribunal estudiara el caso de dos trabajadores que fueron despedidos de una empresa de Medellín luego de un altercado producido por un insulto racial.
Esta situación originó una riña entre los compañeros de trabajo. Uno de ellos le dijo al otro “negro bruto”. El agredido llevó el caso a la justicia laboral y en dos instancias se consideró que la sanción había sido excesiva y ordenó indemnizarlo con 110 millones de pesos.
Publicidad
Según la sala Laboral de la Corte Suprema, no es posible dar el mismo trato al agresor que al agredido.
“No puede darse igual trato a la persona que fue víctima, eso es desigual. Pese a que el contrato de trabajo habla de igualdad entre empleador y trabajador, también se debe considerar el trato entre los trabajadores”, enfatizó Javier Almanza, coordinador del consultorio jurídico laboral de la Universidad del Rosario.
Publicidad
Por su parte, Juan Mosquera, perteneciente a la ONG Cimarrón, recalcó que la empresa volvió a discriminar al empleado al despedirlo.
“La decisión de la empresa fue injusta y desproporcionada. Volvió a cometer el acto de discriminación racial y acoso laboral en contra del trabajador afro. Las empresas deben aplicar su reglamento interno y tener presente que la discriminación racial es acoso. El odio y el hostigamiento por motivos raciales son delitos castigados en el Código Penal”, afirmó Mosquera.
La Corte Suprema de Justicia fue más allá y señaló que el empleador tiene obligaciones en este caso: “Se le exige, ante su posición dominante en la ejecución del contrato, realizar acciones para reparar el agravio”.
Publicidad
El tribunal señalo que, si bien estuvo mal la agresión del trabajador ofendido, es obligación del empleador observar el caso y tomar determinaciones razonables.