
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) dio a conocer una nueva actualización para aquellos colombianos que van a declarar renta al año gravable 2024. Así las cosas, aquellas personas que tengan esta obligación y hagan su respectiva declaración mediante el formulario 110 deberán tramitar también el formato 2516 en su versión número 8.
Eso sí, es necesario tener en cuenta que las únicas personas (naturales o jurídicas) que deben diligenciar este formato son aquellas cuyos ingresos brutos hubieran sido iguales o superiores a los 45.000 UVT. Teniendo en cuenta que actualmente la unidad de valor tributario (UVT) es de $49.799, quienes deben diligenciar el formato 2516 en su declaración son aquellos que hayan tenido ingresos brutos superiores o iguales a los $2.117.925.000.
"No estarán obligados a presentar a través de los servicios informáticos electrónicos el reporte de conciliación fiscal, los contribuyentes que en el año gravable objeto de conciliación, hayan obtenido ingresos brutos fiscales inferiores a 45.000 Unidades de Valor Tributario (UVT)", explica la normativa.

Formato 2516 de la Dian: ¿qué es y para qué sirve?
Este formato es un prevalidador y hace parte del procedimiento de conciliación fiscal. Dicho trámite tiene como objetivo principal registrar e identificar las principales diferencias que puedan presentarse en un mismo hecho económico. En otras palabras, el contribuyente debe conciliar las diferencias derivadas de su contabilidad a través de este procedimiento para consolidar información verás ante la entidad de impuestos.
Cómo descargar el formato 2516 de la Dian
- Acceda al portal web oficial de la DIAN .
- Diríjase a la sección "Transaccional" y, en caso de contar con una cuenta inicie sesión.
- Una vez iniciada la sesión, elija la opción "otros servicios", ubicada en la parte superior de la página.
- Seleccione ‘Prevalidadores - Opción Impuestos’.
- Descargue el archivo denominado “Reporte Conciliación Fiscal F2516v8 (Año gravable 2024)” en formato .XIP.
- Proceda a instalar el archivo en su equipo.
- Complete todos los campos con la información contable y fiscal requerida.
¿Quiénes están obligados a declarar renta en mayo de 2025?
Empresas (personas jurídicas)
Las personas jurídicas deben presentar su declaración de renta entre el 12 y el 23 de mayo de 2025, dependiendo del último dígito de su NIT. El segundo pago correspondiente deberá efectuarse entre el 9 y el 22 de julio. Es crucial que las compañías cumplan con estos plazos para evitar sanciones económicas.
Personas naturales
Los contribuyentes personas naturales deberán declarar renta si cumplen con al menos uno de los siguientes requisitos:
- Haber recibido ingresos anuales superiores a 1.400 UVT.
- Tener un patrimonio bruto igual o mayor a 4.500 UVT al 31 de diciembre de 2024.
- Realizar consumos con tarjeta de crédito, consignaciones o inversiones que superen los 1.400 UVT.
Para el año 2025, la Unidad de Valor Tributario (UVT) fue establecida en $49.799, lo que se traduce en los siguientes montos:
- Ingresos anuales superiores a $69.719.000.
- Patrimonio bruto igual o mayor a $224.096.000.
- Consumos, consignaciones o inversiones que superen los $69.719.000.
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dentro del plazo fijado puede resultar en sanciones económicas y multas, las cuales varían dependiendo del tipo de contribuyente y la severidad del incumplimiento. Por esta razón, se recomienda a los contribuyentes prepararse con anticipación y, en caso de dudas, buscar asesoría de un contador o profesional en temas tributarios para evitar contratiempos legales y financieros.
Personas jurídicas: cuáles son los documentos que deben presentar para declarar renta en 2025
- Reporte de Conciliación Fiscal: este informe resume las diferencias existentes entre los valores contables y fiscales, conforme a las normas contables vigentes y al Estatuto Tributario. Su diligenciamiento y envío deben realizarse a través de los servicios informáticos dispuestos por la DIAN.
- Extractos bancarios y de tarjetas de crédito: es necesario presentar los extractos correspondientes al cierre del 31 de diciembre de 2024. Estos documentos permiten a la autoridad tributaria verificar los movimientos financieros de la empresa durante el año fiscal.
- Información sobre créditos bancarios vigentes: se debe suministrar información detallada sobre los préstamos activos, incluyendo montos, tasas de interés y plazos. Estos datos son clave para calcular correctamente las deducciones fiscales y las obligaciones tributarias.
- Documentación de bienes inmuebles: se requiere presentar los documentos actualizados que acrediten la propiedad de bienes raíces, tales como escrituras, certificados de tradición y libertad, así como avalúos catastrales.
- Detalle de ingresos y egresos: es indispensable contar con un informe claro y documentado de los ingresos y gastos registrados por la empresa durante el año gravable, respaldado por evidencia contable y financiera.
- Declaraciones tributarias anteriores: deben presentarse las declaraciones de impuestos de años anteriores para facilitar la verificación de la información y garantizar la coherencia fiscal ante la DIAN.
- Otros documentos según la actividad económica: dependiendo del tipo de actividad que desarrolla la empresa, podrían solicitarse documentos adicionales. Por ello, se aconseja acudir a un contador o asesor tributario que oriente sobre los requisitos específicos a cumplir.
JULIÁN CAMILO SANDOVAL
NOTICIAS CARACOL DIGITAL
JSANDOVAL@CARACOLTV.COM.CO