El asesinato de María Mercedes Gnecco, el 5 de octubre de 2021 en su casa en la isla de San Andrés, sigue siendo analizado por las autoridades para determinar si José Manuel Gnecco Valencia, su esposo, es el responsable. A lo largo de los años, Séptimo Día ha estado atento a cada nuevo detalle que se revela de este caso que enlutó a la familia Gnecco y cuyo juicio está próximo a terminar.En esta ocasión, se conocen nuevos testimonios revelados por la Fiscalía que comprobarían que José Manuel Gnecco asesinó a su esposa, modificó la escena del crimen y, además, intentó sobornar a alguien para que se culpara por el crimen. El abogado insiste en su inocencia y asegura que la demostrará en el juicio.Nuevo giro en caso GneccoCinco años después del asesinato de María Mercedes Gnecco Serrano, su esposo y primo José Manuel Gnecco Valencia sigue insistiendo en su inocencia. El juicio contra el abogado está próximo a su recta final, en el que los hijos de María Mercedes exigen una condena ejemplar, mientras José Manuel espera ser absuelto. Ambas partes avanzan en la recopilación de pruebas y, recientemente, un testigo de la Fiscalía le dio un giro sorprendente a la historia que ha mantenido por años el hombre.Se trata de las declaraciones de Luis Carlos Freire González, también conocido como ‘Lalo’, quien decidió hablar por primera vez frente a las cámaras de Séptimo Día, asegurando que José Manuel Gnecco le pidió buscar a otra persona para que se culpara del crimen de su esposa. Esa otra persona, a la que le ofreció hasta cinco millones de pesos, fue Gerald David Pereira, un menor de edad capturado en San Andrés por porte ilegal de armas. Los tres coincidieron en la cárcel y allí, según el testimonio, el abogado intentó sobornarlos para que los señalamientos en su contra quedaran sin argumentos.En abril de 2026, la Fiscalía conoció las declaraciones de ‘Lalo’ y las añadió como parte de las pruebas en contra del abogado Gnecco. Luis Carlos Freire González, de 35 años, fue capturado y está privado de la libertad en San Andrés, cárcel en la que coincidió con José Manuel Gnecco en 2023.Según su testimonio, ese año logró interactuar con el abogado gracias a que en la prisión él era el 'ranchero’, es decir, quien cocina y lleva la comida a los reclusos. “Mi primera impresión es que es una persona de carácter fuerte”, señaló en exclusiva a Séptimo Día y agregó que, tras algunos meses de contacto, el abogado empezó a hacerle preguntas y ofertas.“Él me preguntó que si yo conocía a Gerald [David Pereira] y yo le digo que sí, que somos primos lejanos”. Pereira era un joven que había sido capturado en San Andrés en 2021 por porte ilegal de armas, pero como era menor de edad fue llevado a un centro de detención para menores. En 2023, cuando cumplió la mayoría de edad, fue trasladado a la cárcel de San Andrés, donde coincidió con su primo y con el abogado Gnecco.‘Lalo’ reveló que al tener la posibilidad de ir a los diferentes patios de la cárcel, Gnecco le pidió un favor particular. “Él me dice que vaya donde Gerald, ya que lo conozco, y que le ofreciera los cinco millones de pesos para que se reunieran. Con el fin de que Gerald se echara la culpa de dicho homicidio, del homicidio de la esposa de él”. Además, también indicó que Gnecco también le ofreció 10 millones de pesos a él por hacer este favor.Aunque Luis Carlos Freire González aceptó el dinero y habló con su primo, con lo que no contaba el abogado Gnecco es que el joven Gerald David Pereira acudiría a la Fiscalía para revelar los ofrecimientos que estaba recibiendo de su parte.El arma homicida, la gran prueba del caso Gnecco¿Por qué José Manuel Gnecco habría insistido en varias ocasiones, según el testimonio, a Gerald David Pereira que se culpara por el asesinato de María Mercedes Gnecco? Todo tendría que ver con una prueba clave para este caso: el arma homicida. Luego del crimen, las autoridades encontraron el proyectil y la vainilla del mismo en la escena, pero del arma no hubo rastro hasta 2023, cuando los abogados de Gnecco revelaron un dictamen de un perito de la policía en el que se indicaba que el arma había sido incautada en San Andrés un mes después del asesinato a una banda de criminales entre los que se encontraba un menor de edad, Gerald David.Sin embargo, la Fiscalía y los abogados de las víctimas, los hijos de María Mercedes Gnecco, dudaban de esa versión, por lo que hicieron su propia investigación. “Luego de una investigación ardua, se obtuvieron tres dictámenes adicionales del Cuerpo Técnico de Investigación y del Instituto Nacional de Medicina Legal y pudimos comprobar que lo que se plasmaba en ese dictamen no era cierto. El arma que cegó la vida de María Mercedes Gnecco Serrano no es el arma que le fue incautada a estos menores”, aseguró el abogado de las víctimas.La Fiscalía dice que, efectivamente, el arma incautada a los menores coincide con la vainilla del proyectil, la cual fue encontrada al día siguiente del asesinato por el mayordomo de Gnecco en la vivienda, por lo que las autoridades creen que esta fue colocada en la escena después de sus labores. Pero que no coincide con la bala que impactó el cuerpo de la mujer de 53 años.Por su parte, Gerald David Pereira, indicó en la Fiscalía que José Manuel Gnecco "desde los tres meses que llevo aquí, que me capturaron, me empezó a buscar el lado, a sobornarme con dinero. Como tres veces [me buscó], la última vez me ofreció cinco millones de pesos para que diera falsas declaraciones”. El joven insistió también en que él no tiene nada que ver con el asesinato de María Mercedes y que “yo lo único que quiero decir es que Gnecco haga algo con esto y acepte que mató a su mujer, o que diga quiénes son porque él sabe”.Lo que cree ahora la Fiscalía y lo que está intentando probar en el juicio es que José Manuel Gnecco planeó el homicidio de su esposa y, además, que el arma homicida cayera en manos dela banda criminal en la que estaba Gerald David. “Justo esa arma le llega a un menor de edad que ya declaró que este señor Gnecco Valencia lo habría sobornado para que se atribuyera el crimen. Creemos que el plan criminal del señor Gnecco Valencia consistió en sobreponer la vainilla al día siguiente de los hechosy luego entregar el arma de donde provino esa vainilla a la delincuencia organizada. De tal manera que cuando incautaran el arma se pudiera creer que con esa arma se cegó la vida de María Mercedes Gnecco”.Actualmente, Gerad David Pereira está en libertad, pero prefirió que fuera su abogado, Omar Augusto Barraza, quien explicara a Séptimo Día los hechos. “El argumento que utilizó el señor Gnecco para contactar a Gerald y que se atribuyera la responsabilidad del hecho punible es que al momento de los hechos Gerald era menor de edad y trató de hacerlo creer que lo iban a juzgar como menor de edad”.Por su parte, José Manuel Gnecco negó dar una nueva entrevista a Séptimo Día para dar su versión sobre los hechos, pero vía telefónica insistió en su inocencia. Al respecto, Luis Carlos Freire González señaló que “él quiere quedar como el buen abogado, como el buen esposo. Siempre tuvo un plan, porque desde que me manda a ofrecerle dinero a Gerald, ya tenía un plan. Si él no fuera culpable no me habría ofrecido dinero a mí y a Gerald, sé que Gerald también va a decir que yo fui y le ofrecí dinero porque así fue”.
¿Qué responsabilidades tiene un hijo con un padre que nunca respondió por él? Desafortunadamente, esa es una pregunta que en Colombia ha llegado con varios casos a los estrados judiciales, luego de que padres biológicos que nunca reconocieron ni estuvieron para sus hijos aparecieran cuando estos ya son mayores de edad, exigiéndoles que los mantuvieran. Ese es el caso de Lina Paola Vásquez, quien nunca conoció a su padre y vio sufrir a su madre tratando de sacarla adelante completamente sola.Gracias al esfuerzo de Yolanda Vásquez, su mamá, Lina Paola logró convertirse en la primera profesional de su familia y en una mujer trabajadora que quería retribuirle a su progenitora todo su esfuerzo. Sin embargo, eso se vio truncado cuando el banco le avisó que su sueldo había sido embargado por cuenta de una demanda por alimentos en su contra, la cual interpuso Jesús Carranza, el hombre que embarazó a su mamá y las abandonó a su suerte, quien ahora exige que ella responda por él como su hija a pesar de que nunca la reconoció.“Yo no puedo creer que una persona que yo no conozco me esté demandando por alimentos”, recordó la profesional que está a la espera de que la justicia revise el caso y falle a su favor, reconociendo que el lazo sanguíneo con el hombre que se negó toda su vida a ejercer como su papá no la obliga a apoyarlo económicamente ahora que es mayor.La abandonó siendo una bebéYolanda Vásquez recordó que a los 18 años conoció a Jesús Carranza, de 33, y se “descrestó” con sus promesas de amor. Después de varios meses saliendo y compartiendo, se enteró que estaba embarazada a los 19 años, una situación que causó caos en su casa, de donde sus padres la echaron por “descarada”. Decidió que iba a tener al bebé y empezó a trabajar en un local de venta de loza en el centro de Bogotá, donde además le permitieron quedarse a dormir; mientras tanto, angustiada llamaba al número que Jesús le había dejado de su casa en Santa Lucía para darle la noticia, pero él nunca contestaba.Jesús Carranza apareció de nuevo en su vida cuando ella ya tenía cuatro meses de embarazo, cuando ella le dio la noticia de que estaban esperando un hijo. Lo que no se esperaba es que el hombre, 15 años mayor que ella, le daría una noticia peor. “Me dijo: ‘le voy a decir la verdad, yo soy casado y tengo un hijo de 10 años’”. Ella continuó sola con su embarazo hasta dar a la luz a su hija y en todo este tiempo el papá de la bebé no dio “ni un pañal”.Yolanda señaló con dolor que Jesús vio por única vez a Lina Paola, su hija, cuando esta apenas tenía poco más de un mes de nacida. Por ese entonces, ella le pidió que la acompañara a registrarla, lo que implicaba que Carranza le diera su apellido y la reconociera como su hija. “No apareció, se perdió”, recordó y, desde entonces, se convirtió en una de las millones de madres solteras que hay en el país.La infancia de Lina Paola Vásquez transcurrió en un entorno de escasez y humillaciones a ella y a su madre. “Había días difíciles, que a uno un hijo le diga: ‘mamá, tengo hambre’ y uno sin ni siquiera para un bus, pero yo buscaba la manera de darle de comer a mi hija”. En todos esos años, Jesús Carranza nunca apareció, a pesar de que Yolanda intentó buscarlo hasta por vías legales. “Yo lo demandé cuando Paola tenía seis años, él nunca apareció”, además señaló que los abogados terminaron engañándola y se cansó de ese proceso.Lina logró graduarse de bachillerato y, por su cuenta, empezó a trabajar y a estudiar de noche. Madre e hija empezaron a llevar una vida más tranquila y cómoda, no solo porque se tenían la una a la otra, sino porque a la ecuación se había sumado William, la nueva pareja sentimental de Yolanda, quien vio crecer a su hija y a quien ella llama ‘papá’.El regreso del padre biológicoCuando la vida de Yolanda y Lina Paola Vásquez parecía tranquila, después de haber superado juntas tantas situaciones, una notificación judicial nubló el panorama: Jesús Carranza había demandado por alimentos a Lina Paola y exigía una pensión mensual para su sustento. Esto, amparado en la sentencia 12488 del 2025,en la que la Corte Suprema dice que los hijos tienen obligaciones con sus padres y que, por ende, los adultos mayores pueden reclamar a sus hijos una cuota alimentaria para garantizar su sostenibilidad.Yolanda reconoció que ese día, después de tantos años, volvió a contactar a Jesús Carranza, pero esta vez no para pedirle ayuda, sino “para decirle hasta de qué se iba a morir”, porque la indignación era grande. “Un tipo que nunca le dio nada y viene ahora a que le dé mi hija. Por alimentos, si cuando yo lo demandé a él por alimentos Paola era una bebé, Paola no podía trabajar ni hacer lo que hace ahora. ¿Cómo va a demandar a mi hija?”.La indignación de madre e hija se disparó cuando el bando le notificó a Paola que su sueldo quedaba embargado. “Él me empieza a citar en comisarías, a pedirme plata, a llamarme. Que yo le tenía que dar, porque si no le daba me iba a dejar en la calle, que me iba a hacer sacar de mi trabajo, que me iba a quitar mi casa, mi carro”. Para empeorar todo, en las audiencias se enteraron que Jesús Carranza tiene otros dos hijos que sí reconoció, pero a los que no demandó porque “no quiere tocar” su dinero.Yolanda y Lina Paola han llegado a la conclusión de que la acción de Jesús Carranza está basada en una venganza por las acciones legales que Yolanda levantó contra él cuando Paola era una niña. “Estoy manteniendo a alguien que no conozco y, peor aún, alguien que no tiene la necesidad, sino que lo hace por pura maldad. Tiene una pensión, tiene unos inmuebles, tiene trabajo y tiene una esposa”.Actualmente, el embargo está suspendido, pero la justicia no ha dado una determinación final sobre su caso. De hecho, por este caso y otros similares que han surgido en los tribunales colombianos, recientemente se dio un fallo que determina que ningún hijo biológico, adoptivo o de crianza está obligado a pagarle cuota alimentaria a sus padres si fue víctima de maltrato físico o psicológico. Lina Paola espera que la justicia la deje libre de responsabilidades con un hombre que nunca ejerció como su papá.
En Colombia, la entrega de apartamentos en obra gris ha impulsado a miles de ciudadanos a buscar empresas de remodelación con la esperanza de terminar su hogar ideal. Sin embargo, lo que para muchos comenzó como un proyecto de vida, terminó convirtiéndose en un calvario financiero y hasta emocional revelado en esta investigación de Séptimo Día."Te prometían entregarte el apartamento espectacular”, “Como que te venden la experiencia de que tú te desentiendes y pues te lo van a entregar superbonito", comentaron algunas de las afectadas. Son decenas de familias las que en Bogotá y el Valle del Cauca denuncian que recibieron sus casas en ruinas.¿Falsas promesas de diseño?En Bogotá, varios propietarios señalaron a la empresa Vivvidero (Vivi SAS), representada legalmente por Santiago Zúñiga Ramírez. Los afectados aseguran que, tras entregar millonarias sumas de dinero, las obras nunca avanzaron según lo pactado.Clara Liliana Gómez, quien contrató la remodelación de su apartamento en diciembre de 2025, relató su experiencia: "En el contrato me especificaban que me entregaban el apartamento el 26 de marzo... No me lo entregaron en esa fecha. Los pagos no estaban amarrados al avance de obra”.El patrón de incumplimiento parece repetirse con otros clientes. Juan Felipe Guzmán, quien pagó cerca de 23 millones de pesos, se encontró con una escena desoladora: "Cuando miré el apartamento sin nada, ni un avance, cosa que yo quedé super preocupado y dije ‘no puede ser’". Por su parte, Miguel Solanilla, quien afirma haber pagado el 99% de la obra, denunció la presión para realizar los pagos bajo amenazas de perder beneficios: "No movían un tornillo, pero a la par te decían ‘si usted no paga, le quitamos el descuento’". Al ser consultado, Santiago Zúñiga se limitó a decir: "Se puede estar hablando de más sin conocer el otro lado de la historia". Aunque inicialmente accedió a una entrevista, terminó cancelándola.Incendios y obras que "destruyeron" hogaresLa situación de los clientes de Celico, que está bajo la representación de Brandon Steven Ocampo Acevedo, también es dramática. Cristina Martínez denunció que, tras siete meses de espera, recibió su vivienda en condiciones deplorables: "Él lo que hizo fue comenzar a destruir la casa. Dejaron una colilla de cigarrillo dentro de todos los escombros y la casa se me incendió. Unas ruinas completas lo que ellos habían dejado en mi casa".Otros afectados, como la pareja conformada por Andrés Cristancho y Luz Mery Ruiz, invirtieron todos sus recursos sin ver resultados: "El dinero se perdió, los ahorros porque tanto él como yo sacamos absolutamente todos los recursos, ahorros, préstamos, tarjetas". Según la denuncia colectiva presentada por el abogado Sergio Urrea, las víctimas de esta empresa superan las 20 personas y el monto de la supuesta estafa ascendería a más de 400 millones de pesos.Ante los señalamientos, Brandon Ocampo admitió fallas administrativas: "La empresa colapsó. Nosotros tomamos malas decisiones administrativamente, porque yo no estaba ganando nada... Ellos no logran entender que la empresa quebró". Además, reconoció su falta de experiencia previa: "Yo cero conozco administración, bueno, no sabía nada de temas contables... Eso colapsó fue después".La pesadilla de un sueño en el Valle del CaucaEn Cali y municipios aledaños como Jamundí y Yumbo, la empresa Inmoacabados, representada por Diego Alejandro Muñoz Ibarra, de tan solo 20 años, enfrenta denuncias similares. Enrique Varón, quien ahorró durante 26 años trabajando en Estados Unidos con la esperanza de jubilarse en Colombia, vio su sueño estancarse: "Yo les di 28 millones y el avance de la obra era muy pequeño. Eso sí me llamaban, me recordaban y que si yo no pagaba tenía que pagar una multa".Wilson Rendón, otro afectado en Yumbo, denunció que, tras un año de haber firmado el contrato, sigue pagando arriendo porque su casa es inhabitable: "Hasta la fecha ha pasado un año y un mes... espero, pero nunca como tal cumplen con terminar lo que se contrató".El representante de la empresa, Diego Muñoz, reconoció que tiene "aproximadamente entre 30 a 35 clientes" en espera y admitió no tener el dinero para responderles en este momento. No obstante, negó ser un estafador: "Yo no soy ningún ladrón, ningún estafador... Si fuera una estafa, yo no les estaría dando la cara".Que no le pase: recomendaciones de expertosDe acuerdo con cifras de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), entre enero de 2022 y mayo de 2026 se han registrado 75 denuncias por incumplimiento en remodelaciones de vivienda en el país. Para evitar caer en estas situaciones, expertos sugieren pasos fundamentales antes de entregar cualquier adelanto.Fabiola Ortiz, de la Lonja de Propiedad Raíz en Cali, recomienda: "Verificar que estén debidamente registrados en un directorio de contratistas de gremio, que eso es una garantía".Asimismo, enfatiza la importancia de las pólizas de seguro de cumplimiento, las cuales garantizan que el contratista "va a atender lo que se compromete a hacer en el servicio, que lo va a terminar y que va a ser de una calidad específica".
A sus 23 años, Catherine Sánchez creyó haber logrado su sueño de ser reina cuando fue invitada a participar en el Reinado Nacional de Belleza de 1993 representado al Amazonas, pese a que había nacido en Caldas, Antioquia. Su paso por este concurso fue polémico y terminó hasta en una fuga de película la noche antes de la coronación. Más de 30 años después, Los Informantes habló con ella sobre lo ocurrido y lo que pasó en su vida luego del escándalo.En el año en que Colombia pasaba por uno de sus momentos más álgidos por la persecución a Pablo Escobar y al narcoterrorismo y la selección Colombia se jugaba las eliminatorias para el Mundial de Fútbol del 94, era furor el Reinado Nacional de la Belleza, al que Catherine Sánchez llegó a participar casada por la iglesia y con dos meses de embarazo, desafiando las estrictas reglas que tenía el concurso. Además, representaba a un departamento al que solo había ido un par de veces: el Amazonas. Sin embargo, uno de los jurados la daba como favorita y la expectativa era total.Catherine Sánchez se casó en 1992 con el piloto David Francisco Quiñonez en una gran ceremonia y tan enamorada que hasta dejó de lado sus estudios de Derecho para trasladarse a Bogotá. En la capital se inscribió a una escuela de modelaje y un día la invitaron a participar en el Reinado Nacional y ahí empezó lo que fue una verdadera travesía para cumplir su sueño de ser reina. Pese a que entró muy fácil al concurso, la noche anterior a la coronación pasó de todo y hasta se tuvo que fugar del hotel en el que se hospedaban todas las participantes.Los secretos salieron a la luzDías antes habían empezado los murmullos sobre su estado civil y los periodistas de la época investigaron hasta encontrar al cura que la había casado; fue él quien lo confirmó todo presionado por las preguntas de los reporteros. Entonces el escándalo estalló y el hotel se llenó de prensa que esperaba por sus declaraciones.“El hermano de la señorita Boyacá, la compañera de la habitación, me dijo ‘yo te ayudo’ y me tocó salir por detrás del Hilton, porque cómo salía normal. Se desdibujó lo que era el Reinado Nacional de Belleza y era Cathy Sánchez en una percusión”, recuerda la protagonista de esta historia casi de película. Salió el hotel como pudo rumbo al aeropuerto de Cartagena para salirle al paso a todos los seguidores y periodistas que la perseguían.Una avioneta la esperaba en el aeropuerto sin apagar sus motores y, según cuenta, “la gente se tiró a la plataforma, los periodistas corrían a coger el avión, que porque supuestamente yo me había ido de viaje a una isla escondida…puff, yo llegué a Bogotá, a Catam”, todo justo un día antes de la coronación en la que Carolina Gómez fue elegida reina.¿Qué ocurrió después del escándalo?Catherine Sánchez pasó de ser la favorita para coronarse como Miss Colombia a estar señalada por haber violado las reglas reales que imponía el concurso en aquellos años. Pasó por depresiones y tristezas profundas y hasta se dijo que los mafiosos de la época habían apostado por ella. Sin embargo, ella le salió al paso al escándalo, tuvo a su hija, luego a su hijo, se separó y hoy tiene cinco nietos y hace comidas para vuelos privados.“Me dedico a empresas de lujo, privadas, he trabajado con grandes artistas como J Balvin, Maluma, Karol G, futbolistas...”, contó.
La administración del alcalde Carlos Fernando Galán radicó ante el Concejo de Bogotá un proyecto de reforma tributaria con el que espera recaudar entre 1,2 y 1,3 billones de pesos para financiar la transformación de la capital hacia un proyecto ambicioso de un modelo de ciudad inteligente, modernizar el sistema de alumbrado público e implementar incentivos para atraer inversión y generar empleo. Se prevé que los cambios se vean en la ciudad en dos años, aproximadamente. Durante una entrevista con Noticias Caracol, la secretaria de Hacienda de Bogotá, Ana María Cadena, explicó que la iniciativa tiene tres ejes principales: la modernización del alumbrado público, un paquete de incentivos tributarios para impulsar la inversión y medidas para simplificar el sistema de impuestos de la ciudad.Alumbrado inteligente: la principal apuestaUno de los componentes centrales del proyecto es la transformación del sistema de alumbrado público de Bogotá.Según la funcionaria, la meta es que en dos años todas las luminarias de la ciudad sean tecnología LED y que se instalen 20.000 nodos de telegestión, lo que permitirá monitorear en tiempo real el funcionamiento de las luces sin depender de recorridos de inspección o reportes ciudadanos. La infraestructura también serviría para incorporar herramientas tecnológicas como:Cámaras de videovigilancia.Sensores para detectar incendios e inundaciones.Medidores de calidad del aire.Sistemas para medir niveles de ruido.Gestión remota del consumo de energía.Cadena explicó que el nuevo sistema permitiría ajustar la intensidad de la iluminación según la hora del día, reduciendo el consumo energético y generando ahorros para la ciudad. Actualmente, Bogotá ya desarrolla un proyecto piloto en el sector de la calle 85 con carrera 15, donde se han instalado postes inteligentes con estas capacidades tecnológicas.¿Cómo se financiará?Para costear el proyecto, el Distrito propone crear un esquema de financiación del alumbrado público similar al que ya existe en otras capitales del país. La secretaria aseguró que el principio será que cada ciudadano aporte de acuerdo con su capacidad económica. La propuesta contempla que:Los estratos 1, 2 y 3 no pagarán el nuevo cobro, aunque sí recibirán los beneficios del proyecto.Los predios de estratos 4, 5 y 6, así como inmuebles con avalúos superiores a $1.000 millones y predios comerciales e industriales, sí realizarán un aporte.Como ejemplo, la funcionaria explicó que un inmueble con un avalúo cercano a $300 millones tendría un cobro aproximado de $120.000 al año, equivalente a unos $10.000 mensuales, valor que se incluiría en la factura del impuesto predial. Además, el Distrito estudia permitir que este pago pueda hacerse en cuatro cuotas sin intereses. De los recursos proyectados, alrededor de $780.000 millones tendrían destinación exclusiva para el sistema de alumbrado inteligente.Incentivos para atraer inversiónLa reforma también incluye un paquete de beneficios tributarios enfocados en impulsar la economía de la ciudad. Entre ellos se plantean reducciones en las tarifas del Impuesto de Industria y Comercio (ICA) para empresas que realicen nuevas inversiones en Bogotá. La Administración estima que estas medidas podrían atraer cerca de $78 billones en inversión privada durante los próximos diez años y contribuir a la creación de más de 215.000 empleos. Los incentivos estarían dirigidos, entre otros, a proyectos relacionados con:Desarrollo del aeropuerto.Infraestructura urbana.Construcción de vivienda.Cambios en el ICA y alivios para morososOtro de los objetivos de la iniciativa es simplificar el sistema tributario distrital. La Secretaría de Hacienda propone reducir el número de tarifas del ICA mediante un redondeo que, en la mayoría de actividades económicas, sería a la baja. Sin embargo, plantea un incremento en tres sectores específicos:El sector financiero (excepto cooperativas y fondos de empleados).La venta de vehículos y motocicletas.La comercialización de bebidas alcohólicas y tabaco.La funcionaria aclaró que los restaurantes y bares no tendrían un aumento en la tarifa del ICA. Asimismo, el proyecto contempla un plan de alivios para los contribuyentes que mantienen deudas con el Distrito. Según la Secretaría, más de un millón de contribuyentes se encuentran actualmente en mora y podrían acceder a descuentos en intereses y sanciones para ponerse al día.También eliminarán algunas cargas tributariasLa propuesta incluye la eliminación de tres cargas tributarias:La retención del ICA para pequeños comercios en pagos realizados con tarjetas débito y crédito.Un impuesto histórico que aún afecta la boletería de los cines.El cobro relacionado con publicidad exterior visual.El proyecto comenzará ahora su trámite en el Concejo de Bogotá, donde deberá surtir el debate y la discusión entre los cabildantes antes de definir si las medidas entran en vigencia a partir del próximo año.
A partir de este 24 de julio, los aranceles de Estados Unidos para varios productos que importa de Colombia pasaron del 10 % al 12,5 %. La decisión afecta sectores como el de las flores, las confecciones, algunas confiterías, algunos chocolates, alimentos procesados, cosméticos y otras manufacturas, detalló la Cámara Colombo Americana (AmCham Colombia).Estados Unidos adoptó la decisión contra economías que, considera, importan importar bienes que se han producido mediante trabajo forzoso. “Es importante aclarar que esto no significa que las exportaciones colombianas sean producidas con trabajo forzoso. El cuestionamiento está dirigido al sistema institucional con el que Colombia controla lo que importa desde terceros países”, explicó la presidenta de AmCham, María Claudia Lacouture.La advertencia que había hecho el Ministerio de ComercioA través de una carta, fechada del 22 de junio de 2026, la cartera se dirigió a la Dian recordando que se había dispuesto “establecer una prohibición expresa de importación de bienes producidos total o parcialmente mediante trabajo forzoso u obligatorio, asignando a la DIAN, en coordinación con el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, la responsabilidad de su implementación y reglamentación”.En la misiva se lee que “el Consejo Gremial Nacional recomendó evaluar con carácter prioritario la adopción de una medida que prohibiera el ingreso de bienes producidos mediante trabajo forzoso, acompañada de criterios objetivos de riesgo, competencias institucionales claramente definidas, mecanismos de investigación, estándares probatorios y garantías de debido proceso”.Añade el texto que “durante las reuniones de coordinación interinstitucional sostenidas sobre este asunto, la DIAN manifestó su disposición y compromiso de liderar la expedición de la reglamentación necesaria para hacer efectiva dicha prohibición, mediante el instrumento normativo correspondiente, en coordinación con las entidades competentes”, por lo que el ministerio “urgió a adelantar las gestiones necesarias para que la reglamentación correspondiente sea expedida a más tardar el próximo 6 de julio de 2026” y para ello “el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo reitera su plena disposición para brindar el acompañamiento técnico y jurídico que resulte necesario para culminar este proceso dentro del plazo señalado”.Lo que dijo la Dian sobre esa normativaDe acuerdo con lo informado por Caracol Radio, desde la entidad informaron que “el encargado de definir la política es MinCIT, no la DIAN”. Añadió que al ministerio se enviaron los insumos sobre el tema y después los comentarios al proyecto de resolución.Aunque parece que el nuevo impuesto del 12,5 % no bajaría, la presidenta de AmCham considera que “Colombia sí tiene un camino para buscar la reducción o eliminación del arancel. Con la llegada del nuevo gobierno, la buena dinámica entre ambos países y la voluntad de encontrar soluciones expresada tanto por el Vicepresidente electo como por el Ministro de Comercio designado existe un optimismo prudente sobre la posibilidad de avanzar rápidamente en la adopción y aplicación de medidas requeridas a partir de resultados verificables, solicitar a Estados Unidos la revisión del arancel”.Estos nuevos aranceles pretenden sustituir el arancel global temporal del 10 % impuesto por Trump, que expiraba este 24 de julio, y representa una nueva fase en la guerra comercial impuesta por Trump desde abril de 2025.NOTICIAS CARACOL
La Administración del presidente de Estados Unidos, Donald Trump, anunció nuevos aranceles de entre el 10 % y el 12,5 % a las importaciones procedentes de 60 países y economías, justificándose en una investigación sobre "esfuerzos insuficientes para combatir el trabajo forzoso", una medida que llega a horas de que expire el actual arancel global temporal del 10 % impuesto por Washington. En el caso de Colombia, el gravamen será del 12,5 %.Los nuevos aranceles, anunciados por la oficina del Representante Comercial de Estados Unidos, Jamieson Greer, pretenden sustituir el arancel global temporal del 10 % impuesto por Trump, que expira este viernes 24 de julio en la mañana, y representa una nueva fase en la guerra comercial impuesta por Trump desde abril de 2025.Trump impuso un arancel temporal en febrero del 10 %, después de que el Tribunal Supremo anulara la mayoría de sus aranceles globales, con el parapeto lega de la llamada sección 301. Los nuevos gravámenes establecen un arancel adicional del 10 % para las importaciones procedentes de 17 economías y del 12,5 % para otras, mientras que para algunos socios comerciales las tasas varían según el producto. "Esta medida se aplica a los 60 principales socios comerciales de Estados Unidos, que representan el 99,4% de las importaciones estadounidenses", explicó el texto.¿Cómo se aplicarán los aranceles en Colombia y América Latina?En América Latina, la medida afecta a México, Guatemala, Honduras y El Salvador, que afrontarán un arancel adicional del 10 %, mientras que Costa Rica, Panamá, República Dominicana y Colombia estarán sujetos a un gravamen del 12,5 %.En el caso específico de este último, señala el documento que, “con base en los hallazgos de la investigación sobre Colombia, considerando los comentarios públicos, los testimonios y el asesoramiento del Comité de la Sección 301, así como el asesoramiento de los comités asesores, y de conformidad con la instrucción específica del Presidente, el Representante Comercial ha determinado imponer aranceles del 12.5 por ciento a los productos de Colombia, excepto en los casos previstos en los Anexos I y II, Parte A, de este Aviso”. Dichas exenciones tienen que ver con productos como el petróleo, el café y algunas frutas. Sin embargo, el arancel del 12,5 % sí se aplicará a las flores. (Lea también: Nueva estrategia de seguridad entre EE. UU. y Colombia: así sería el "Plan Patriota 2.0")En cuando a las 27 economías de la Unión Europea, la Administración Trump les impone un arancel conjunto del 10 %. También figuran entre las economías afectadas India, Japón, Corea del Sur, Taiwán, Suiza, Canadá, Reino Unido, aunque las tasas aplicables varían en algunos casos según el origen y el tipo de producto importado. China, con aranceles superiores y específicos, no aparece en la nueva lista.La medida deriva de investigaciones iniciadas por la oficina de Greer en marzo, bajo la Sección 301 de la legislación comercial estadounidense para determinar si las políticas y prácticas de esos países relacionadas con la prohibición de importar bienes producidos mediante trabajo forzoso perjudican a trabajadores y empresas estadounidenses. Tras las investigaciones y consultas con los Gobiernos afectados, la oficina de Greer determinó que las prácticas identificadas justifican la adopción de medidas comerciales.La política arancelaria de Trump, uno de los ejes de su agenda económica desde su regreso a la Casa Blanca en enero de 2025, ha estado marcada por una disputa legal sobre el alcance de las facultades presidenciales para imponer gravámenes al comercio exterior. Después de que el Tribunal Supremo anulara la mayor parte de sus aranceles globales, la Administración ha recurrido a otras herramientas legales, como la Sección 301, para mantener su estrategia comercial y aplicar nuevos gravámenes a las importaciones.EDITADO POR SANDRA SORIANO SORIANOCOORDINADORA DIGITAL NOTICIAS CARACOL*CON INFORMACIÓN DE AGENCIA EFE
Pilas, propietarios de vehículos matriculados en Bogotá tienen hasta este viernes 24 de julio de 2026 para cumplir con el pago del impuesto vehicular sin generar multas ni intereses por mora. La Secretaría Distrital de Hacienda recordó que esta fecha corresponde al vencimiento del calendario tributario para este impuesto y advirtió que, una vez finalice el plazo, quienes no hayan presentado la declaración y realizado el pago deberán asumir las sanciones e intereses establecidos por la normativa vigente.Según cifras de la entidad, con corte al 16 de julio ya habían cumplido con esta obligación 2,01 millones de propietarios, lo que representa el 83,6% de los cerca de 2,4 millones de vehículos obligados a declarar y pagar este tributo en la capital del país. A pesar de ese avance, todavía hay aproximadamente 395.000 vehículos cuyos propietarios no han realizado el trámite, por lo que la Secretaría hizo un llamado para evitar que estas personas deban asumir costos adicionales después del vencimiento.El recaudo también muestra un avance importante. Hasta la fecha de corte, el Distrito había recibido alrededor de 1,36 billones de pesos por concepto del impuesto sobre vehículos, cifra que equivale a cerca del 80% de la meta fijada para este año, la cual asciende a 1,7 billones de pesos. La secretaria Distrital de Hacienda, Ana María Cadena, señaló que cumplir con esta obligación "evita intereses y sanciones, pero tambíén es una forma concreta de aportar a la ciudad que compartimos. Cada pago responsable fortalece la confianza, financia servicios y nos ayuda a construir una mejor Bogotá para todos".¿Cómo pagar el impuesto vehicular en Bogotá en 2026?La Secretaría Distrital de Hacienda mantiene habilitadas diferentes opciones para que los contribuyentes puedan realizar el trámite de forma virtual o presencial. La alternativa principal es ingresar al portal oficial de la entidad y acceder a la plataforma "Pagos Bogotá", donde es posible consultar la liquidación del impuesto y efectuar el pago de manera electrónica. Quienes prefieran hacerlo desde un dispositivo móvil también pueden utilizar las billeteras digitales DaviPlata y DALE, que se encuentran habilitadas para este trámite. En el caso de quienes deseen acudir presencialmente, el Distrito informó que existen ventanillas extendidas del Banco de Bogotá en tres puntos de atención:Calle 114 con avenida 19.Centro Comercial Plaza de las Américas.SuperCADE CAD.En estos lugares es posible cancelar el impuesto correspondiente a la vigencia 2026 e incluso obligaciones pendientes de años anteriores. Los pagos pueden realizarse en efectivo, con tarjeta débito o mediante tarjetas de crédito Visa y MasterCard. Con este calendario y las herramientas virtuales disponibles, el Distrito busca que los contribuyentes tengan claridad sobre las opciones para consultar, descargar y pagar sus impuestos en 2026, fomentando el cumplimiento oportuno y evitando sanciones derivadas de retrasos en estas obligaciones tributarias.Además, al momento de realizar el pago del impuesto vehicular, los ciudadanos tienen la posibilidad de efectuar un aporte voluntario adicional equivalente al 10% del valor del tributo, recursos se destinan al fortalecimiento de diferentes iniciativas y proyectos para la ciudad. Con corte al 15 de julio, 14.938 contribuyentes habían decidido realizar este aporte adicional durante el proceso de pago del impuesto vehicular. Recuerde que esta contribución es completamente voluntaria y no hace parte de la obligación tributaria.VALENTINA GÓMEZ GÓMEZNOTICIAS CARACOLvgomezgo@caracoltv.com.co
La cuenta regresiva para la declaración de renta de las personas naturales en Colombia comenzará oficialmente el próximo 12 de agosto de 2026. Desde esa fecha, millones de contribuyentes deberán cumplir con una de las obligaciones tributarias más importantes ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), evitando sanciones, intereses y posibles procesos de fiscalización por incumplimientos. De acuerdo con el calendario tributario vigente, los vencimientos se extenderán hasta el 26 de octubre de 2026 y estarán definidos según los dos últimos dígitos de la cédula o del NIT, sin tener en cuenta el dígito de verificación. La declaración que se presentará en 2026 corresponde al año gravable 2025. Esto significa que la Dian revisará la información relacionada con ingresos, patrimonio, consumos, consignaciones bancarias e inversiones reportadas durante ese periodo. Por esa razón, quienes estén obligados a declarar renta deben comenzar a reunir con anticipación certificados bancarios, documentos laborales, soportes de inversiones y certificados de retenciones para evitar contratiempos al momento de presentar la obligación.Cédulas que deben declarar renta desde el 12 de agosto de 2026Según los plazos oficiales, las primeras personas que deberán declarar renta serán aquellas cuyos dos últimos dígitos de identificación estén comprendidos entre 01 y 02. A partir de allí, la Dian irá habilitando vencimientos diarios de acuerdo con la numeración establecida en el calendario tributario:01 y 02: 12 de agosto de 2026. 03 y 04: 13 de agosto de 2026. 05 y 06: 14 de agosto de 2026. 07 y 08: 18 de agosto de 2026. 09 y 10: 19 de agosto de 2026. 11 y 12: 20 de agosto de 2026. 13 y 14: 21 de agosto de 2026. 15 y 16: 24 de agosto de 2026. 17 y 18: 25 de agosto de 2026. 19 y 20: 26 de agosto de 2026. También le compartimos el calendario tributario para septiembre de 2026:27 y 28: 1 de septiembre de 2026. 29 y 30: 2 de septiembre de 2026. 31 y 32: 3 de septiembre de 2026. 33 y 34: 4 de septiembre de 2026. 35 y 36: 7 de septiembre de 2026. 37 y 38: 8 de septiembre de 2026. 39 y 40: 9 de septiembre de 2026. 41 y 42: 10 de septiembre de 2026.43 y 44: 11 de septiembre de 2026. 45 y 46: 14 de septiembre de 2026. 47 y 48: 15 de septiembre de 2026. 49 y 50: 16 de septiembre de 2026. 51 y 52: 17 de septiembre de 2026. 53 y 54: 18 de septiembre de 2026.55 y 56: 21 de septiembre de 2026. 57 y 58: 22 de septiembre de 2026. 59 y 60: 23 de septiembre de 2026.61 y 62: 24 de septiembre de 2026. 63 y 64: 25 de septiembre de 2026. 65 y 66: 28 de septiembre de 2026.Es importante recordar que la fecha asignada corresponde al plazo máximo para cumplir con la obligación. La Dian permite que los contribuyentes presenten la declaración antes de su vencimiento, una alternativa recomendada para evitar congestiones en los servicios digitales durante las semanas de mayor demanda. Otro aspecto clave es que declarar renta no significa necesariamente pagar impuesto. Muchas personas naturales están obligadas a presentar la declaración por superar determinados topes de ingresos, patrimonio, consumos o movimientos financieros, pero al realizar la liquidación pueden obtener un saldo a cero o incluso un saldo a favor. La obligación principal consiste en reportar la información tributaria de manera correcta y dentro de los plazos establecidos por la autoridad fiscal. ÁNGELA URREA PARRANOTICIAS CARACOL
A pocos días de iniciar agosto se acercan también fechas clave para los contribuyentes que deben cumplir sus obligaciones tributarias. De acuerdo con el calendario Tributario 2026 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), durante ese mes comenzarán los vencimientos para la declaración y pago del impuesto sobre la renta de personas naturales, así como otros compromisos fiscales programados según el último o los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT).El cronograma fija que las primeras fechas de vencimiento para las personas naturales iniciarán el 12 de agosto y se extenderán hasta el 26 de octubre, siguiendo una programación escalonada de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT. Declaración de renta para personas naturalesSegún el calendario de la DIAN, los primeros contribuyentes que deberán presentar la declaración y efectuar el pago del impuesto sobre la renta son aquellos cuyos dos últimos dígitos del NIT se encuentren entre 01 y 02, con vencimiento el 12 de agosto. Posteriormente, las fechas avanzarán de la siguiente manera:12 de agosto: NIT terminados en 01 y 02.13 de agosto: 03 y 04.14 de agosto: 05 y 06.18 de agosto: 07 y 08.19 de agosto: 09 y 10.20 de agosto: 11 y 12.21 de agosto: 13 y 14.24 de agosto: 15 y 16.25 de agosto: 17 y 18.26 de agosto: 19 y 20.27 de agosto: 21 y 22.28 de agosto: 23 y 24.31 de agosto: 25 y 26.Los vencimientos continuarán durante septiembre y octubre para los demás rangos del NIT, conforme a la programación establecida por la autoridad tributaria.Últimos vencimientos de julioAntes del inicio del calendario de obligaciones tributarias de agosto, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) mantiene algunos vencimientos durante los últimos días de julio de 2026.En ese periodo, las personas jurídicas deberán cumplir con el pago de la segunda cuota del impuesto sobre la renta, de acuerdo con el último dígito del NIT. El calendario establece los siguientes plazos:21 de julio: NIT terminados en 7.22 de julio: NIT terminados en 8.23 de julio: NIT terminados en 9.24 de julio: NIT terminados en 0.También vencen otras obligaciones tributarias en agostoAdemás del inicio del calendario para personas naturales, agosto concentra otros plazos para diferentes obligaciones administradas por la DIAN.Entre ellas se encuentra la declaración y pago mensual de la retención en la fuente correspondiente al mes de julio, cuyos vencimientos también comienzan el 12 de agosto y se distribuyen hasta el 26 de agosto, dependiendo del último dígito del NIT. El cronograma establece las siguientes fechas:12 de agosto: NIT terminados en 1.13 de agosto: 2.14 de agosto: 3.18 de agosto: 4.19 de agosto: 5.20 de agosto: 6.21 de agosto: 7.24 de agosto: 8.25 de agosto: 9.26 de agosto: 0.Asimismo, el calendario fija que la actualización correspondiente a la Presencia Económica Significativa (PES) deberá realizarse hasta el 3 de agosto.Las fechas publicadas hacen parte de los plazos oficiales para el cumplimiento de las obligaciones tributarias administradas por la DIAN durante 2026. Por ello, cada contribuyente debe verificar el rango de su NIT para identificar el día exacto en que vence su obligación y cumplir con la presentación de las declaraciones y los pagos dentro del término establecido.HEIDY ALEJANDRA CARREÑO BELTRANNOTICIAS CARACOLHcarrenb@caracoltv.com.co
El consejero delegado del gigante francés del lujo Moët Henness y Louis Vuitton (LVMH), Bernard Arnault, uno de los principales millonarios del país, fue condenado por El Tribunal Administrativo de Apelación de París a pagar a Hacienda 22,5 millones de euros tras haber sido objeto de una inspección fiscal.(Síganos en Google Discover y conéctese con las noticias más importantes de Colombia y el mundo)El sitio web L'Informé, que reveló este sábado la información, señaló que los jueces consideraron demostrado que Arnault había utilizado una serie de estructuras de grupos empresariales superpuestos para disminuir de forma indebida los impuestos que debía haber abonado.En concreto, de acuerdo con el dictamen del pasado jueves, el magnate tendrá que pagar, por una parte, 12,96 millones de euros en cotizaciones por el impuesto sobre la renta y cotizaciones sociales del ejercicio 2010 así como 9,5 millones del llamado impuesto de solidaridad sobre la fortuna entre los años 2012 a 2015. Este último es equivalente al impuesto sobre el patrimonio y fue completamente transformado y reducido por el presidente francés, Emmanuel Macron, tras llegar al Elíseo en 2017.El objetivo declarado de Macron, que con motivo sobre todo de esa reforma fue caricaturizado por muchos como "el presidente de los ricos" era evitar la huida de millonarios de Francia e incitar a que las grandes fortunas inviertan su capital en el país sin miedo a que la inversión se viera disminuísa por un por un impuesto que gravara específicamente el patrimonio financiero.Según L'Informé, la familia Arnault no figuraba directamente en el capital de LVMH porque el control que ejercían de hecho quedaba ocultado por una cascada de sociedades interpuestas, en particular una sociedad de derecho belga, Pilinvest, que utilizaba para justificar un impuesto sobre la renta reducido. De acuerdo con el ránking elaborado por la revista Forbes, Bernad Arnault, de 77 años y con un patrimonio neto de 147.900 millones de dólares (unos 129.250 millones de euros), es una de las diez personas más ricas del planeta.AGENCIA EFEEDITADO POR MATEO MEDINA ESCOBARNOTICIAS CARACOL
En un giro necesario para la planeación financiera de miles de empresas y ciudadanos en el país, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) anunció oficialmente un ajuste en el calendario de vencimientos tributarios para el mes de julio de 2026. Esta decisión responde directamente a la reciente expedición de la Ley 2578 de 2026, mediante la cual el Congreso de la República declaró un nuevo día festivo en el calendario oficial de Colombia, alterando los días hábiles previamente estipulados para el cumplimiento de las obligaciones fiscales.(Síganos en Google Discover y conéctese con las noticias más importantes de Colombia y el mundo)Como es habitual en el ejercicio periodístico económico, es fundamental que los contribuyentes —desde jóvenes emprendedores de 18 años hasta pensionados y empresarios de 70 años— comprendan que estos cambios no son opcionales y que el cumplimiento oportuno es la clave para evitar sanciones e intereses de mora. Según informó la entidad, los nuevos plazos para reportar y pagar se concentrarán entre el 9 y el 24 de julio, dependiendo del último dígito del Número de Identificación Tributaria (NIT).¿Cuáles son las obligaciones impactadas por el nuevo festivo?El ajuste realizado por la DIAN no afecta a todos los impuestos por igual, por lo que es vital identificar cuáles son los trámites que sufrieron modificaciones en sus fechas de corte. Entre las obligaciones principales que deben ajustarse al nuevo cronograma se encuentran: el impuesto nacional al consumo, el pago de la segunda cuota del impuesto sobre la renta para personas jurídicas, la presentación y el pago del anticipo del Régimen Simple de Tributación, el IVA bimestral y la retención en la fuente.La entidad ha enfatizado que este reajuste busca dar un margen de maniobra a los ciudadanos ante la aparición del nuevo festivo, garantizando que el sistema de recepción de declaraciones no colapse y que los contribuyentes cuenten con los días hábiles necesarios para gestionar sus trámites bancarios y contables.Calendario detallado según el último dígito del NITPara facilitar la consulta de nuestros lectores, presentamos a continuación las fechas exactas de vencimiento establecidas por la DIAN tras el ajuste:Si su NIT termina en 1: el vencimiento es el 9 de julio.Si su NIT termina en 2: el vencimiento es el 10 de julio.Si su NIT termina en 3: el vencimiento es el 14 de julio.Si su NIT termina en 4: el vencimiento es el 15 de julio.Si su NIT termina en 5: el vencimiento es el 16 de julio.Si su NIT termina en 6: el vencimiento es el 17 de julio.Si su NIT termina en 7: el vencimiento es el 21 de julio.Si su NIT termina en 8: el vencimiento es el 22 de julio.Si su NIT termina en 9: el vencimiento es el 23 de julio.Si su NIT termina en 0: el vencimiento es el 24 de julio.Plazo especial para impuestos específicosEs de especial interés para el sector comercial e industrial un aviso adicional de la DIAN: ciertos gravámenes tienen una fecha de cierre unificada que no depende del último dígito del NIT. Los responsables de los impuestos a las bebidas azucaradas y alimentos ultraprocesados, así como los contribuyentes del impuesto a la gasolina y ACPM y el impuesto al carbono, deben cumplir con su obligación a más tardar el próximo 15 de julio.Este mismo plazo del 15 de julio aplica para los prestadores de servicios desde el exterior gravados con IVA y para aquellas entidades o personas no residentes que tengan una Presencia Económica Significativa (PES) en el territorio colombiano.La DIAN ha hecho una invitación formal a todos los obligados a tributar para que verifiquen puntualmente sus fechas en el portal oficial, aclarando que todos los demás plazos del calendario tributario que no fueron mencionados en este ajuste permanecen sin modificaciones. Recordamos que la cultura tributaria es un pilar del desarrollo nacional. Ante cualquier duda, se recomienda consultar con su contador de confianza o utilizar los canales de atención de la DIAN para asegurar que el pago de sus impuestos se realice bajo la nueva normativa de la Ley 2578 de 2026.Este texto fue realizado con colaboración de un asistente de IA y editado por un periodista que utilizó las fuentes idóneas y verificó en su totalidad los datos. Cuenta con información y reportería propia de Noticias Caracol.MATEO MEDINA ESCOBARNOTICIAS CARACOL
El 4x1000 es un impuesto en Colombia que se aplica a los movimientos de dinero en el sistema financiero. Se cobra cuando una persona retira dinero, hace transferencias o usa ciertos servicios bancarios. El valor corresponde a cuatro pesos por cada mil pesos movidos. Este cobro no lo define el banco, sino la ley en Colombia.(Síganos en Google Discover y conéctese con las noticias más importantes de Colombia y el mundo)Aunque parezca algo mínimo, el impuesto del 4x1000 se refleja especialmente cuando se realizan pagos entre varias cuentas o transferencias frecuentes de un banco a otro. Muchas personas buscan reducir este costo. Por eso existe la opción de tener una cuenta exenta. Esto no elimina el impuesto en todos los casos, pero sí permite evitarlo dentro de un límite de movimientos al mes.¿Cómo quitar el 4x1000 en Bancolombia?A través de su pagina web oficial, Bancolombia informó que "para hacerlo comunícate con nuestra Sucursal Telefónica, y esta novedad queda aplicada desde la fecha en que realices la solicitud. O acércate a una Sucursal Física con tu documento de identidad original, llena el formato de exención que te entrega uno de nuestros asesores, y los cambios se implementan de 2 a 3 días hábiles, ten presente que para realizar este proceso es necesario ser el único titular de la cuenta".Agregó: "Solo puedes tener una de tus cuentas de ahorros sin cobro del 4x1.000. Si tienes otra libre de este impuesto, incluso en otro banco, o en una compañía de financiamiento o cooperativa, no es posible disponer de una cuenta adicional sin este cobro. Conoce cómo saber si tu cuenta no está marcada para que no se cobre el impuesto 4x1.000 por la App Bancolombia. Si eres pensionado, tienes derecho a acceder a 2 cuentas libres de este impuesto. Una tradicional, y otra en la que recibes tu mesada pensional".¿Qué cambió en el 4x1000 desde el 13 de diciembre de 2024?Desde el 13 de diciembre de 2024 entró en vigencia un cambio clave en el manejo del 4x1000 en Colombia. La modificación viene del artículo 65 de la Ley 2277 de 2022 y cambia la forma en que se aplica la exención del impuesto. Con el cambio, ya no se necesita marcar una sola cuenta. La norma establece que todas las cuentas de una persona pueden quedar exentas, siempre que la suma total de los movimientos mensuales en todas ellas no supere ese mismo tope de 350 UVT. Esto cambia la lógica del impuesto. En lugar de revisar una sola cuenta, ahora el sistema debe revisar el total del dinero que se mueve entre todas las cuentas del mismo titular. Si el total está por debajo del límite, no se cobra el 4x1000 en ninguna. Si lo supera, el impuesto se aplica sobre el exceso.¿Por qué no se han visto los cambios en el impuesto del 4x1000?Aunque la norma empezó a regir el 13 de diciembre de 2024, en la práctica muchos usuarios no han visto el cambio. Según Henry González, periodista experto en finanzas de Noticias Caracol la razón principal es operativa. El nuevo sistema exige que todos los bancos, cooperativas y entidades financieras compartan información para sumar los movimientos de cada persona en tiempo real o de forma periódica. Esto implica crear una base de datos o un sistema que permita saber cuánto dinero mueve una persona en todas sus cuentas, sin importar en qué entidad estén. Sin ese sistema, no es posible aplicar la exención de forma correcta. El problema es que ese sistema no ha estado listo. Varias entidades no han logrado hacer ajustes técnicos necesarios antes de la fecha establecida. También hay dificultades de coordinación. El sistema financiero en Colombia incluye bancos, cooperativas, fondos y billeteras digitales, que deben intercambiar datos. Esto ha generado retrasos porque no todos usan las mismas plataformas ni tienen los mismos acuerdos para compartir información.ÁNGELA URREA PARRANOTICIAS CARACOL
La Secretaría Distrital de Hacienda recordó el llamado a los dueños de vehículos matriculados en Bogotá para que realicen el pago del impuesto vehicular correspondiente a 2026 antes del próximo 15 de mayo, fecha límite para acceder al descuento por pronto pago.De acuerdo con la entidad, este beneficio corresponde a una reducción del 10% sobre el valor del impuesto vehicular y aplica para quienes cumplan con el pago dentro del plazo establecido. Después de esa fecha, los contribuyentes todavía podrán ponerse al día sin descuentos hasta el 24 de julio de 2026."Hoy queremos invitar a quienes tienen matriculado su vehículo en Bogotá a pagar a tiempo y aprovechar el descuento disponible hasta el 15 de mayo. Cuando cumplimos con la ciudad, también ayudamos a que avance en obras, servicios y oportunidades para todos", destacó la secretaría Distrital de Hacienda, Ana María Cadena.(Síganos en Google Discover y conéctese con las noticias más importantes de Colombia y el mundo)Más de 2 millones de vehículos deben pagar impuesto en BogotáSegún cifras entregadas por Hacienda, este año más de 2,4 millones de vehículos deben declarar y pagar el impuesto en Bogotá. Dentro de ese grupo aparecen más de 90 mil automotores híbridos y eléctricos que pueden acceder a beneficios tributarios definidos en el Acuerdo 780 de 2020.Entre los incentivos establecidos para vehículos matriculados entre 2021 y 2030 se encuentran descuentos del 60% para vehículos eléctricos particulares, del 70 % para taxis eléctricos nuevos y del 40 % para vehículos híbridos eléctricos. La entidad aclaró que los vehículos híbridos a gas no están incluidos dentro de estos beneficios.En el caso de las motocicletas, la Secretaría informó que más de 278 mil están obligadas a pagar el impuesto. Sin embargo, recordó que existe otro grupo de más de 223 mil motos que no deben cancelar este tributo, aunque sí tienen que asumir el pago de los derechos de semaforización.Con corte al 5 de mayo, el Distrito reportó un recaudo superior a los 664 mil millones de pesos por concepto de impuesto vehicular, cifra que representa cerca del 38,5 % de la meta fijada para este año, que supera los 1,7 billones de pesos.¿Dónde y cómo se puede pagar?Los contribuyentes pueden realizar el pago de manera virtual a través del portal oficial de la Secretaría Distrital de Hacienda, utilizando el botón “Pagos Bogotá”. Allí tienen la posibilidad de pagar en línea o descargar la factura para efectuar el trámite en entidades financieras autorizadas.Además, la ciudadanía puede acudir a distintos puntos de atención habilitados en la ciudad.Puntos de atención habilitadosUsaquénAvenida carrera 19 #114-65, local 3.Horario: lunes a viernes de 8:00 a.m. a 6:00 p.m. y sábados de 8:00 a.m. a 12:30 p.m.KennedyCarrera 71D #6-94 sur, centro comercial Plaza de las Américas, locales 1132 y 1134.Horario: lunes a viernes de 8:00 a.m. a 6:00 p.m. y sábados de 8:00 a.m. a 12:30 p.m.Centro Administrativo Distrital (CAD)Carrera 30 #25-90, costado occidental.Horario: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. y sábados de 8:00 a.m. a 12:00 p.m.La Secretaría también recordó que este año continúa disponible el Sistema de Pago Alternativo por Cuotas (SPAC), mecanismo que permite diferir el valor del impuesto seleccionado en dos pagos. Quienes quieran acogerse a esta modalidad deberán presentar la declaración inicial antes del 12 de junio a través de la Oficina Virtual de Hacienda. Posteriormente, la primera cuota deberá cancelarse el 3 de julio y la segunda el 4 de septiembre.VALENTINA GÓMEZ GÓMEZNOTICIAS CARACOLvgomezgo@caracoltv.com.co
El auge de los medicamentos para adelgazar ha impulsado también la comercialización de sustancias que todavía se encuentran en fase de investigación. Una de ellas es la 'Retatrutide', un péptido que ha ganado popularidad en redes sociales y plataformas de venta por internet pese a que aún no ha sido autorizado por las agencias regulatorias de salud. La preocupación aumentó luego de que una revista médica británica publicara una revisión de 77 reportes de eventos adversos presuntamente relacionados con el uso de este compuesto. De acuerdo con el análisis, 59 de esos casos fueron clasificados como graves y también se reportó la muerte de un hombre joven por una sospecha de lesión hepática. Aunque el estudio aclara que no se ha demostrado una relación causal directa entre el medicamento y el fallecimiento, los investigadores consideran que los hallazgos evidencian los riesgos asociados con el mercado de productos no autorizados. Especialistas insisten en que el principal problema no es únicamente el uso de un medicamento que todavía está siendo estudiado, sino la facilidad con la que puede conseguirse en canales no autorizados, donde no existe garantía sobre su composición, calidad o condiciones de fabricación.¿Qué son los péptidos y para qué sirven?Los péptidos "son aminoácidos, los cuales componen la cadena de proteínas de forma natural. Se comportan como mensajeros, es decir, que llevan una instrucción, una tarea a una célula para que cumpla una función que puede ser el control del apetito, el control del metabolismo, el control del dolor", afirmó Harold Arévalo, médico del deporte y consultor de salud cardiometabólica en Noticias Caracol. Sin embargo, el experto aclaró que no todos los péptidos disponibles en el mercado cuentan con respaldo científico suficiente o con autorización para su uso en pacientes.Mientras algunos medicamentos de este grupo sí han sido aprobados por las autoridades sanitarias para tratar enfermedades específicas, otros continúan en investigación clínica y no deberían venderse al público. Ese es el caso de la 'Retatrutide', cuya comercialización fuera de los ensayos clínicos es considerada irregular. Aun así, el producto se promociona ampliamente en redes sociales, gimnasios y sitios web que prometen pérdida rápida de peso. Para Arévalo, la diferencia entre un tratamiento aprobado y uno adquirido de manera informal es fundamental."Los péptidos son definitivamente un avance en la medicina moderna y el uso de ellos para patologías como la diabetes, la obesidad, va a cambiar la evolución y la historia, pero definitivamente tienen que estar prescritos médicamente y usar aquellos que están regulados y autorizados por las entidades gubernamentales de cada país. Evitemos comprar péptidos por vías online, por vías de redes sociales y mucho menos cuando no tienen esa evidencia y esa seguridad para su uso", señaló. El especialista recordó que cualquier medicamento puede producir efectos secundarios y que, por esa razón, debe ser formulado y controlado por un profesional de la salud.Invima también emitió una alerta por los péptidosUno de los aspectos que más preocupa a los expertos es la proliferación de un mercado informal que ofrece productos inyectables sin información clara sobre su origen. Al tratarse de sustancias que no cuentan con controles sanitarios, quienes las adquieren desconocen si realmente contienen el principio activo anunciado, si fueron elaboradas bajo condiciones adecuadas o incluso si presentan contaminación durante su fabricación. Sobre este escenario, Arévalo indicó: "Yo creo que este artículo es un llamado de atención para la población general por el uso indiscriminado de péptidos y peor aún en un mercado negro, un mercado gris que se detiene por diferentes medios de comunicación, principalmente redes sociales y venta y compra online. Los péptidos no todos están soportados bajo la ciencia, la academia y las investigaciones".Además, el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) también ha advertido sobre la comercialización ilegal de soluciones inyectables de péptidos que no cuentan con registro sanitario vigente. La entidad recordó que estos productos representan un riesgo para la salud porque no existe garantía sobre su calidad, seguridad o eficacia. Además, recomendó a la ciudadanía abstenerse de adquirir medicamentos ofrecidos por redes sociales, plataformas digitales o establecimientos no autorizados.Este texto fue realizado con colaboración de un asistente de IA y editado por un periodista que utilizó las fuentes idóneas y verificó en su totalidad los datos. Cuenta con información y reportería propia de Noticias Caracol.VALENTINA GÓMEZ GÓMEZNOTICIAS CARACOL
El desarrollo de los sorteos correspondientes a la Lotería de la Cruz Roja y a la Lotería del Huila genera constante expectativa entre miles de apostadores en todo el territorio nacional. En esta cobertura especial de la sección económica se presentan las cifras correspondientes al premio mayor de ambas franquicias de juego de suerte y azar en Colombia, junto con la guía completa sobre los procedimientos legales y fiscales necesarios para hacer efectivo cualquier premio monetario.Resultados Lotería de la Cruz Roja: premio mayorLa Lotería de la Cruz Roja realiza sus sorteos semanales para entregar importantes sumas de dinero a sus compradores, al tiempo que recauda fondos destinados al sostenimiento de la labor humanitaria de la Cruz Roja Colombiana. Los apostadores que adquirieron su billete o fracción para la jornada de hoy pueden verificar la combinación que resultó favorecida en el sorteo oficial.Número ganador de la Lotería de la Cruz RojaA continuación se detalla la combinación oficial reportada por las autoridades de la Lotería de la Cruz Roja para el premio mayor del sorteo:Número ganador: 0353Serie: 112Resultados Lotería del Huila: premio mayorLa Lotería del Huila se posiciona como uno de los juegos tradicionales más relevantes del suroccidente del país, ofreciendo premios millonarios que contribuyen directamente a la financiación de la salud pública en la región y el territorio colombiano. Las autoridades de la entidad llevaron a cabo la extracción de las balotas para determinar al nuevo ganador del premio mayor.Número ganador de la Lotería del HuilaEsta es la combinación oficial correspondiente al premio mayor otorgado en el sorteo más reciente de la Lotería del Huila:Número ganador: 8386Serie: 068¿Cómo reclamar un premio mayor de la Lotería de la Cruz Roja o del Huila?El proceso de cobro de un premio de lotería en Colombia está sujeto a protocolos estrictos de verificación establecidos para garantizar la transparencia del sistema. Los ganadores de incentivos monetarios deben seguir un procedimiento estandarizado según el valor del incentivo obtenido.Requisitos documentales para el cobro de premiosPara iniciar el trámite de validación y desembolso del dinero, el beneficiario debe dirigirse a los puntos de venta autorizados o a la sede administrativa de la respectiva lotería presentando los siguientes elementos obligatorios:Billete o fracción original: El documento físico debe encontrarse en perfectas condiciones de conservación, sin tachaduras, enmendaduras, rasgaduras ni alteración en sus códigos de seguridad.Documento de identidad vigente: Fotocopia legible y presentación de la cédula de ciudadanía original del titular del cobro. En caso de ser ciudadano extranjero residente, se debe presentar la cédula de extranjería.Formulario de Identificación de Ganadores: Formulario diligenciado en el que se declaran los datos personales, la procedencia de los fondos y la información de contacto.Registro Único Tributario (RUT): Copia actualizada del documento emitido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) para trámites cuya cuantía supere los montos exentos fijados por la normativa tributaria.Procedimiento según el monto obtenidoPremios menores o de menor cuantía: Aquellos incentivos cuyo valor sea inferior a las unidades de valor tributario (UVT) fijadas por la ley pueden ser liquidados directamente en las agencias distribuidoras, loteros de confianza o comercializadores autorizados.Premios de gran cuantía o premio mayor: Cuando el valor a entregar corresponde al premio mayor o cifras millonarias, el trámite debe adelantarse formalmente en las oficinas centrales de la Lotería de la Cruz Roja o de la Lotería del Huila, o en las entidades bancarias con las que estas instituciones mantengan convenios vigentes. El pago se efectúa habitualmente mediante cheque de gerencia o transferencia bancaria directa a la cuenta a nombre del ganador.Retenciones de ley e impuestos aplicables a las ganancias por loteríaTodos los premios obtenidos en juegos de suerte y azar en Colombia están supeditados a los descuentos fiscales estipulados en el Estatuto Tributario vigente. La ley colombiana determina la aplicación de tributos específicos sobre las ganancias ocasionales y las retenciones en la fuente.Ganancia ocasionalDe acuerdo con el artículo 317 del Estatuto Tributario, la entrega de premios en dinero generados por loterías, rifas, apuestas y similares se considera una ganancia ocasional. Por esta razón, sobre el valor bruto acumulado del premio se aplica una tarifa fija del 20 % en concepto de impuesto a las ganancias ocasionales. La empresa de lotería actúa como agente retenedor, lo que significa que el valor cobrado por el usuario ya incluye el descuento correspondiente y el dinero es girado directamente a la DIAN.Retención en la fuente y valor neto a recibirAdicionalmente a la ganancia ocasional, las normas tributarias pueden contemplar retenciones sobre el valor bruto si este excede los límites legales expresados en UVT. Como resultado de estas disposiciones legales, el acreedor del premio mayor no recibe la totalidad de la cifra publicitada en el plan de premios, sino el monto neto derivado de aplicar las deducciones obligatorias. Las entidades organizadoras están en la obligación de entregar un certificado de retención donde consta el detalle de los impuestos consignados al Estado.Importancia de jugar de manera legal y supervisión de ColjuegosLa comercialización y operación de las loterías tradicionales en el país se encuentra minuciosamente regulada para proteger el patrimonio de los usuarios y garantizar la transferencia de fondos a los sectores prioritarios de la sociedad.El rol regulador de ColjuegosColjuegos es la empresa industrial y comercial del Estado encargada de administrar, fiscalizar y regular la explotación del monopolio rentístico de los juegos de suerte y azar en Colombia. Esta entidad vela por el cumplimiento de las condiciones técnicas de los sorteos, asegurando que las balotas, máquinas de extracción y plataformas digitales operen bajo estándares internacionales de aleatoriedad e imparcialidad.Destino de los fondos recopilados por la venta de loteríaEl modelo de loterías en Colombia posee un fin social fundamental consagrado en la Constitución y en la Ley 643 de 2001. Un porcentaje sustancial de los ingresos brutos generados por la venta de billetes de la Lotería de la Cruz Roja y de la Lotería del Huila se destina directamente al régimen subsidiado de salud. Dichos recursos financian la atención médica de millones de colombianos en situación de vulnerabilidad, además de respaldar programas de asistencia humanitaria, emergencias sanitarias y equipamiento hospitalario en todo el territorio nacional.Consejos de seguridad para la custodia del billete ganadorEl boleto físico expedido por la Lotería del Huila o por la Lotería de la Cruz Roja constituye el único título valor válido para reclamar un premio. Por este motivo, las autoridades sugieren aplicar las siguientes medidas preventivas desde el momento de la adquisición del ticket:Diligenciar el respaldo del boleto: Escribir con tinta indeleble el nombre completo, el número de cédula y la firma en la parte posterior del billete. Esto impide que una tercera persona intente cobrarlo en caso de pérdida o extravío.Proteger el papel térmico: Guardar el boleto en un lugar fresco y seco, lejos de la luz solar directa, la humedad y el calor excesivo, elementos que pueden degradar la impresión del número o la serie.Respetar el tiempo límite de cobro: Según lo dispuesto en la legislación colombiana, las acciones para reclamar un premio de lotería caducan al cabo de un (1) año, contado a partir de la fecha de realización del sorteo. Transcurrido ese plazo sin que el ganador se haya presentado, los recursos son transferidos formalmente al sector salud.Este texto fue realizado con colaboración de un asistente de IA y editado por un periodista que utilizó las fuentes idóneas y verificó en su totalidad los datos. Cuenta con información y reportería propia de Noticias Caracol.MATEO MEDINA ESCOBARNOTICIAS CARACOL
La Lotería del Huila realiza este martes 4 de agosto de 2026 una nueva edición de su sorteo semanal, en el que se conoce la combinación favorecida del premio mayor y de las demás categorías contempladas dentro del plan oficial de premios. Como ocurre en cada jornada, la extracción se desarrolla bajo los procedimientos de control establecidos para los juegos de suerte y azar en Colombia y, una vez concluye, la entidad publica los resultados oficiales para que los participantes puedan verificar si su billete coincide con la combinación ganadora.Resultados de la Lotería del Huila del 4 de agosto de 2026Finalizado el sorteo de este martes 4 de agosto de 2026, estos son los resultados oficiales de la jornada:Número ganador: 8386Serie: 068Además del premio mayor, la Lotería del Huila publica posteriormente el listado completo de premios secos, aproximaciones y demás categorías incluidas en su plan oficial de premios. Para determinar si un billete resulta favorecido es indispensable verificar tanto el número como la serie anunciados durante la extracción.¿Cómo funciona la Lotería del Huila?La Lotería del Huila opera mediante la venta de billetes identificados con un número de cuatro cifras y una serie. Los participantes pueden adquirir un billete completo o una fracción autorizada, de acuerdo con la modalidad disponible al momento de la compra.Para obtener el premio mayor es necesario acertar exactamente la combinación de número y serie anunciada durante el sorteo. La entidad también contempla otras categorías de premiación, entre ellas premios secos, aproximaciones y premios especiales, que forman parte de la estructura oficial de incentivos.Los billetes se comercializan a través de distribuidores autorizados y puntos de venta habilitados en diferentes regiones del país.Plan oficial de premiosLa estructura de premiación de la Lotería del Huila está encabezada por un premio mayor de $2.000 millones, acompañado por otras categorías que permiten reconocer diferentes combinaciones favorecidas.Entre ellas se encuentran:Premio mayor.Premios secos de distintas cuantías.Premios especiales.Aproximaciones.Otras modalidades contempladas en el plan oficial de premios.La entidad publica el listado completo de resultados una vez finaliza el proceso de validación correspondiente a cada sorteo.¿Cuándo juega la Lotería del Huila?La Lotería del Huila realiza sus sorteos todos los martes en horario nocturno. Tras concluir la extracción y completar el proceso de verificación, los resultados oficiales son divulgados mediante los canales autorizados de la entidad para facilitar la consulta del número ganador, la serie y las demás categorías de premios.Las autoridades insisten en que la verificación debe hacerse únicamente con la información oficial para evitar errores o confusiones al momento de revisar los resultados.¿Cómo reclamar un premio?Si el billete coincide con alguno de los resultados oficiales, el primer paso consiste en conservar el documento original en perfecto estado. El billete es el único soporte válido para iniciar el proceso de reclamación, por lo que no debe presentar tachaduras, enmendaduras, roturas ni alteraciones.Generalmente, para realizar el cobro será necesario presentar:El billete original.Un documento de identidad vigente.La documentación adicional que pueda solicitar la entidad cuando se trate de premios de mayor cuantía.Los premios de menor valor suelen reclamarse en los puntos de venta autorizados, mientras que los montos superiores deben tramitarse directamente ante la entidad operadora, siguiendo los procedimientos establecidos.Las autoridades recuerdan que existe un plazo legal de un año para reclamar cualquier premio contado desde la fecha del sorteo. Una vez vencido ese término, el derecho al cobro expira.Asimismo, recomiendan proteger el billete de la humedad o el deterioro, evitar compartir fotografías completas del documento en redes sociales o aplicaciones de mensajería y verificar siempre el número y la serie mediante los canales oficiales antes de iniciar cualquier trámite.Este texto fue realizado con colaboración de un asistente de IA y editado por un periodista que utilizó las fuentes idóneas y verificó en su totalidad los datos. Cuenta con información y reportería propia de Noticias Caracol.
El juego de suerte y azar Super Astro Luna entregó los resultados de su última edición en la transmisión oficial nocturna supervisada por las autoridades competentes. La combinación seleccionada por el sistema estuvo integrada por una cifra de cuatro dígitos junto con un signo zodiacal. Los usuarios que adquirieron sus boletos en los puntos autorizados del país pueden verificar sus tiquetes para determinar si sus apuestas coinciden con las cifras extraídas en el sorteo.Resultados Super Astro Luna, último sorteo hoy martes 4 de agosto de 2026Números ganadores: 5478Signo Zodiacal: Libra¿Cómo funciona Super Astro Luna?El sistema de juego de Super Astro Luna se distingue en el sector de las apuestas en Colombia por exigir la selección conjunta de números y símbolos astrales. Para participar en cada jornada, el comprador debe elegir una combinación numérica que abarca desde el número 0000 hasta el 9999, acompañada por uno de los doce signos zodiacales.De acuerdo con lo expresado por la administración de Super Astro, las mecánicas operativas permiten efectuar apuestas desde los 500 pesos como valor mínimo por tiquete hasta un límite máximo de 10.000 pesos por cada jugada realizada. El esquema comercial otorga la facultad de registrar hasta cuatro combinaciones distintas en un mismo formulario impreso. Asimismo, los apostadores pueden optar por marcar una misma cifra de cuatro dígitos con la totalidad de los doce signos zodiacales, estrategia orientada a incrementar las posibilidades de acierto sobre el elemento astral.La ejecución del sorteo de Super Astro Luna se desarrolla de manera continua durante todos los días del año. Sin embargo, la programación varía de acuerdo con el día de la semana estipulado por los administradores del juego:De lunes a viernes, la emisión oficial se transmite a las 10:40 p. m.Los días sábados, el sorteo se lleva a cabo a las 10:42 p. m.Los domingos y días festivos, el horario de la transmisión se fija a las 8:30 p. m.El plan de premios de Super Astro Luna está estructurado en diferentes escalas según la cantidad de números coincidentes y el signo zodiacal obtenido en la balotera. Para obtener el beneficio de mayor cuantía, la apuesta debe coincidir exactamente en el orden de las cuatro cifras junto con el signo seleccionado.Según explicaron voceros de las redes autorizadas de apuestas como SuRed y SuperGiros, la liquidación de los incentivos económicos contempla también pagos proporcionales para quienes acierten las tres últimas cifras en combinación con el signo zodiacal, o únicamente las dos últimas cifras coincidentes con el signo del sorteo. Si los números coinciden pero el signo anotado en el boleto no es el extraído durante la transmisión, la jugada no se considera ganadora bajo los parámetros del reglamento oficial.Las personas que resulten favorecidas tras la verificación del sorteo de Super Astro Luna deben seguir un procedimiento estandarizado para la reclamación del dinero, conforme a las regulaciones vigentes en el territorio nacional.Representantes del sistema de apuestas informaron que el primer requisito obligatorio consiste en la presentación del tiquete original de compra. El documento debe estar en perfectas condiciones físicas, sin tachaduras, borrones ni modificaciones que impidan la lectura de las cifras o del código de barras. Adicionalmente, el tenedor del boleto debe adjuntar una fotocopia de su cédula de ciudadanía ampliada al 150 % y diligenciar el formulario de prevención de lavado de activos (SIPLAFT) disponible en los puntos de venta.Retenciones tributarias y desembolsos de mayor cuantíaEn concordancia con el Estatuto Tributario aplicable a los juegos de suerte y azar en Colombia, los premios del Super Astro Luna están sujetos a descuentos fiscales previos a la entrega del saldo neto:Premios inferiores a 48 UVT: Se reclaman en las salas autorizadas mediante la verificación del documento de identidad y la entrega del boleto físico.Premios iguales o superiores a 48 UVT: Tienen una retención en la fuente del 20 %, la cual es aplicada directamente por la entidad pagadora.Premios superiores a 182 UVT: Requieren un trámite presencial en las sedes de las empresas comercializadoras para la formalización del ganador. El pago de estas sumas elevadas no se realiza en efectivo directo, sino mediante transferencia bancaria o expedición de cheque de gerencia a través de las entidades financieras con las que el operador mantiene convenio, garantizando la trazabilidad de los fondos.Las entidades supervisoras del sector instan a la ciudadanía a comprobar minuciosamente los comprobantes de pago tras la finalización de la transmisión televisada de Super Astro Luna. La confrontación de los datos impresos con las listas publicadas en las plataformas oficiales evita inconvenientes durante la fase de cobro. Las autoridades recordaron que las apuestas efectuadas fuera de los concesionarios legalmente establecidos carecen de validez jurídica y de respaldo para la reclamación de incentivos económicos.Este texto fue realizado con colaboración de un asistente de IA y editado por un periodista que utilizó las fuentes idóneas y verificó en su totalidad los datos.NOTICIAS CARACOL
Este martes siguió la tercera fecha de la Liga Betplay del fútbol colombiano y en el estadio El Campín, de Bogotá, en donde Millonarios superó por un marcador de 2-0 a Deportivo Pasto, gracias a los goles del defensor Andrés Llinás y del delantero Leonardo Castro. Para tener en cuenta que el propio Castro falló penalti, en la primera parte del compromiso jugado ante un buen número de seguidores 'embajadores'.De esa forma, el equipo dirigido por Fabián Bustos completó su segunda victoria seguida, ya que venía de superar a Junior en la ciudad de Barranquilla, en la jornada anterior. Los 'embajadores' quedaron de esa forma con 6 puntos, en una tabla que tiene a Independiente Medellín como líder como 9 unidades. Al final, los seguidores que llegaron a las gradas del escenario capitalino salieron satisfechos, como quiera que Millonarios viene mejorando con el paso de las jornadas en este segundo semestre del balompié de nuestro país. Resultados de la fecha 3 de la Liga Betplay II del fútbol colombianoAtlético Bucaramanga 1- Cúcuta Deportivo 1Llaneros 3- Fortaleza 1Deportes Tolima 2- Independiente Medellín 3Millonarios 2 - Deportivo Pasto 0Miércoles 5 de agostoInternacional de Bogotá vs. Jaguares, 6:15 p.m.Once Caldas vs. América de Cali; 8:30 p.m.AplazadosPereira vs. Santa Fe15 de septiembreCali vs. Águilas Doradas27 de septiembreChicó vs Alianza Valledupar29 de septiembreNacional vs. Junior30 de septiembre Pos.EquipoPJPuntos1Medellín392Llaneros373América264Águilas Doradas265Millonarios366Tolima367Bucaramanga358Once Caldas249Nacional1310Deportivo Cali2311Fortaleza3212Santa Fe2113Alianza2114Pereira2115Cúcuta2116Junior2017Internacional1018Pasto3019Jaguares2020Chicó10