

Publicidad
Publicidad
Publicidad
Publicidad
Hasta el próximo 30 de junio, los empleadores tienen plazo para pagar la prima de mitad de año,
según el Ministerio de Trabajo. La prestación se entrega dos veces al año (15 días de sueldo cada 6 meses, una en junio y otra en diciembre)
No obstante, si el empleado no estuvo vinculado a la empresa durante todo el semestre, el valor de la prestación será proporcional a los días laborados. Además, "se garantiza el acceso en condiciones de universalidad al derecho prestacional de pago de prima de servicios para las trabajadoras y trabajadores domésticos", cita la Ley 1788 de 2016.
Se trata de aquellos empleados que realizan tareas como jardinería, aseo, lavado, planchado, cocina, trabajadores de finca y conductores de familia.
De acuerdo con Mintrabajo, la fórmula para calcular la prima de servicios es "el salario base por los días laborados". Si su sueldo es de $1.500.000 y se encuentra vinculado a la empresa desde enero de 2023, su prima de mitad de año es de $750.000 y su prima de diciembre es de $750.000.
Publicidad
Sin embargo, si usted no está vinculado en la empresa desde enero de 2023, el cálculo de la prima debe hacerse teniendo en cuenta el número de jornadas laboradas.
"El auxilio de transporte se debe incluirse en la liquidación de la prima de servicios y el auxilio de cesantías, es decir, forma parte de la base de las prestaciones sociales", aclaró el Ministerio de Justicia.
Publicidad
En caso de que el empleador incumpla la fecha máxima para el pago de la prima de mitad de año, deberá someterse a una sanción moratoria correspondiente a un día de salario por cada día que demore en entregar el beneficio al trabajador. El dinero será entregado al mismo.